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rexistro de actividades de altos cargos El 63% de los secretarios y directores xerais cobran dietas por otros cargos

Solo 5 de los 44 representantes de la Xunta en consejos de administración declinan ser retribuidos por ello.

Hay quien apenas percibe 58.612 y, en el polo opuesto, quien cobra 101.176. Aunque, como promedio, los secretarios y directores xerais de la Xunta ingresan anualmente un bruto fijo de 64.018 euros: 65.761 en el caso de los primeros y 63.059 en el de los segundos, según se deduce de datos oficiales. Para un tercio de esas personas, sus retribuciones reconocidas se limitan al embolso de los citados sueldos. Los demás, no obstante, reciben a mayores sumas variables por asistir a consejos de diversos organismos en calidad de representantes de la Administración autonómica, por ejemplo, los del Xacobeo, el Igape, Portos de Galicia...

Esto acaba de trascender gracias a que el Gobierno de Alberto Núñez Feijoo, coincidiendo con el inicio del 2010, ha hecho pública una base de datos denominada Rexistro de Actividades de Altos Cargos. De acuerdo con la información ahí contenida, de los 62 secretarios y directores xerais, 18 no ejercen como consejeros ni patronos de entidad alguna, mientras que cinco sí lo hacen pero han renunciado a ser compensados económicamente por ello. Al igual que estos últimos, los restantes (62,9%) también acuden como embajadores de la Xunta a reuniones ejecutivas de empresas, fundaciones, institutos y similares participados total o parcialmente por el sector público, si bien sí obtienen un dinero extra.

Dentro de ese grupo de 39 personas, asimismo, se diferencian cuatro perfiles de alto cargo: el que va a los consejos de un ente y cobra por ello, el que va a los de varios pero solo cobra por uno, el que va a los de dos y cobra por ambos, y el que va a los de bastantes más (hasta 15) pero solo cobra por un par. Claro que la normativa reguladora de este ámbito, la Lei 9/1996, tampoco les deja margen para mucho más. De hecho, en su artículo cuarto establece: «O exercicio das funcións dun cargo dos comprendidos no ámbito de aplicación desta lei será compatible [...] coa representación da Administración autonómica nos consellos de administración de organismos ou empresas con capital público ou de entidades de dereito público. Non se poderá pertencer a máis de dous. No suposto de que concorran razóns que o xustifiquen, e mediante resolución motivada, o Consello da Xunta de Galicia poderá autorizar, con carácter excepcional, a pertenza a un terceiro e sucesivos consellos. Nestes supostos non poderá percibirse cantidade ningunha en concepto de asistencia».

«Infinitamente menores»

¿Y en qué medida permiten estas dietas complementar sus salarios a quienes las ingresan? El nivel de precisión del registro no permite conocerlo. Consultada al respecto, la consellería competente en la materia, la de Facenda, explica a través de un portavoz: «Las compensaciones más habituales por asistencia se pueden situar en 300 euros (190 netos), si bien puede haber casos de menor y mayor cuantía. El número de reuniones al año [por cada organismo] se puede cifrar en una media de cinco». «Con estos parámetros -valora- estas compensaciones son infinitamente menores que las recibidas por cualquier persona por ir a un consejo de empresa privada».

«Los asistentes asumen función de control y una triple responsabilidad: contable, gestora y legal. Les corresponde la responsabilidad última de la gestión social, tal como ha dictaminado en varias sentencias el Tribunal de Cuentas. Hay que recordar que la persona que asiste a estos consejos no se elige de manera arbitraria, sino que es la adecuada en cada caso por conocimientos y cualidades profesionales», precisa motu proprio la misma fuente. Fte. Voz Galicia

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