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Delitos contra la autoridad según el Nuevo Código Penal.


Siempre me ha resultado curioso cómo una misma cosa puede ser delito o no en función de contra quién se haga. Emplear cierto tipo de violencia verbal o intimidar gravemente (sea eso lo que sea porque los límites no están nada claros) se considerarán delitos contra la autoridad, claro está, siempre y cuando vayan dirigidos a alguien que tenga este atributo. No puedo dejar de preguntarme por qué no existe el mismo tratamiento cuando el perjudicado no es considerado una autoridad. ¿Es un ciudadano menos sensible a las intimidaciones que un señor policía?

¿Se amplían los delitos contra la autoridad?

#Delitos contra la autoridad
Delitos contra la autoridad según el nuevo código penal
En realidad no es que se amplíen los delitos per se, sino más bien crece el criterio de clasificación de autoridad. Hasta ahora se consideraba delito si el perjudicado era policía o autoridad, teniendo en cuenta que el concepto de autoridad estaba muy limitado. Con el nuevo código penal, se considerará autoridad a los jueces, magistrados, fiscales, diputados, miembros del Gobierno, bomberos, miembros de personal sanitario o equipos de socorro cuando intervengan en un «siniestro, calamidad pública o situación de emergencia», y personal de seguridad privada debidamente identificados cuando se desarrollen actividades en cooperación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Penas de uno a cuatro años de cárcel más multa
¿Quiere usted tener la consideración de autoridad a efectos de estar protegido por el nuevo código penal? Es muy sencillo, solo tendrá que acudir en auxilio de los agentes de la autoridad o de los equipos de asistencia y rescate. Automáticamente usted será un sujeto protegido más.
Cabe recordar que todas estas modificaciones se realizan de manera que todo se considerará más grave si ocurre en el seno de una manifestación o reunión numerosa, o sea, a lo que vamos... una medida de represión muy clara. ¿Nos reunimos para discutirlo?, mejor no, no vaya a ser que nos detengan.
Ramón Cerdá

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