sponsor

Cambiar tamaño del texto


Sports

Tamaño del texto: 10 12 14 16 18

Grabación de una conversación como medio de prueba.


La grabación de una conversación como medio de prueba viene siendo aceptada por los Tribunales al no infringir el derecho al secreto de las comunicaciones.

Grabación de una conversación como medio de prueba¿Sería legal la grabación de una conversación como medio de prueba, si se ha efectuado de manera oculta ? Seguro que la mayoría nos hemos hecho alguna vez esta pregunta, pero llegado el momento de responderla seguro que también nos habrá asaltado la duda de si la grabación de una conversación privada sin que nuestro interlocutor lo sepa, puede infringir el derecho fundamental al secreto de las comunicaciones reconocido en la Constitución Española.
Es cierto que el artículo 18.3 de la Constitución, incluido dentro de la Sección 1ª de los derechos fundamentales y de las libertades públicas,  “garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial”. Pero esta garantía al secreto de las comunicaciones a cuyo amparo puede acudir cualquier ciudadano,  no tiene nada que ver con la grabación de una conversación como medio de prueba para aportarla en un juicio e intentar demostrar unos hechos.
La mayoría de las veces en las que se ha presentado una grabación de una conversación como medio de prueba, sobre todo en vía penal, para demostrar que el acusado cometió el delito por el que se le acusa, la defensa del imputado ha alegado que se ha conseguido dicha prueba de forma ilegal y que por tanto no sea tenida en cuenta la grabación como prueba en contra del inculpado. Posiblemente además, el Abogado defensor alegue en defensa de sus pretensiones que se habrá operado con engaño, y, al utilizar como prueba las manifestaciones de aquel obtenidas de ese modo subrepticio, se vulneraría su derecho al silencio del imputado, con vulneración del derecho a la presunción de inocencia del artículo 24.2 de la Constitución y, evidentemente infracción del citado artículo 18.3 del mismo Texto legal.
Pues bien, al respecto es doctrina consolidada del Tribunal Supremo (valga entre otras la de fecha reciente, 19 de abril de 2013) la que considera que aunque la grabación se haya realizado sin autorización del interlocutor, y por tanto se grabó ocultándoselo y sin ser advertido de ello, tiene validez como medio de prueba.
Las razones que se argumentan de forma general para considerar la grabación de una conversación como medio de prueba válido y eficaz, son a modo de reseña las siguientes:
1ª.-  Dicha grabación no produce ninguna afectación del derecho al secreto del art. 18.3 Constitución Española , ya que no hay interferencia de alguna de las comunicaciones técnicamente habidas del acusado, por parte de un tercero ajeno a las mismas.
2ª.-  La grabación supone el simple registro de una conversación presencial por quien tenía acceso legítimo a lo hablado.
3ª.-  Se trataría de una conversación en la que la persona que la ha grabado ha participado, y que por pertenecer ya al secreto, el mismo podría hablar, difundiéndolo, con idéntica legitimidad jurídica en cualquier otro contexto. (Al respecto, en este sentido, puede verse igualmente la STS de 13 de marzo de 2013).
4ª.-  No cabe entender producida la supuesta vulneración del derecho a no “declarar contra sí mismo” ni “a declarase culpable“, art. 24,2 Constitución , porque este solo juega en las relaciones directas con autoridades como la judicial o la policial, donde la cautela representada por el derecho a guardar silencio busca preservar, frente a la acción de aquellas, la integridad moral de quien está siendo objeto de indagación procesal-penal.

5ª.- Concluye la STS 19 abril 2013, declarando que si lo grabado fueron manifestaciones del posteriormente acusado, en un ámbito extra-procesal, prestadas voluntariamente y sin haber sido forzado ni obligado a prestarla, la grabación será tenida en cuenta como medio de prueba debiendo ser valorada junto con el resto de pruebas por el Tribunal.Por Francisco Sevilla Cáceres
HOJA DE RUTA HACIA LA INDEPENDENCIA DE CATALUÑA.

Rafael del Barco Carreras

Barcelona 27-08-2014. La alarma social provocada por Merkel no resuena igual en Madrid que en Barcelona. A los independentistas "puros" (minoritarios en Cataluña) les tiene sin cuidado la UE. Para ellos la independencia, separarse de los charnegos (españoles) es una cuestión mas allá de cualquier materialismo, sentimental… religiosa insisto. El detalle de con el “euro” o sin es nimio. Oriol Junqueras y sus profesoras repiten a cada imprecisión de Artur Mas que no hay más pacto que la consulta independentista. Y Carme Forcadell corona los discursos de su nuevo sumo sacerdote con lo de  la “declaración unilateral de independencia”. Los catalanes atravesaremos el desierto y ante el mar Rojo se abrirán las aguas y entraremos en Ítaca.

Borrachera de despropósitos; entrecruzándose horas y minutos, mientras Artur Mas tras las vacaciones se reúne con su Govern y traza una hoja de ruta hacia el 9-N, confirmando que no hay plan B, que se cumplirá lo pactado con sus socios… sus socios, Oriol Junqueras, avisan que no habrá más pactos que los firmados, y que no se puede pactar con quienes incumplen sus pactos. Ni plebiscitarias, ni Tribunal Constitucional, ni menos gobierno de concentración. Votar el 9-11, y después para conducirnos a la excelsa y "dolça Catalunya" se dignará formar parte del Govern.

En la hoja de ruta Artur Mas no considera necesario insistir en la comparecencia de Jordi Pujol en el Parlament. Podría calentársele la lengua, para más distracción y protagonismo propio, e informarnos que los fondos en Liechtenstein del padre de Artur o Arturo (hasta el año 2000), pertenecían al Clan, o sea suyos. Y si añadiera el porcentaje cobrado por las extorsiones de Piqué Vidal y Pascual Estevill, espectáculo completo. Tampoco se entiende demasiado su confesión amparándose en la ficción de la herencia paterna. Mi abuela a su edad recordaba a la perfección el pasado sin importarle demasiado si sus memorias molestaban a buena parte de la familia. Siempre creí que las citaba para fastidiar a esa parte contentando a otra. Estos días achuchado por los más selectos abogados barceloneses, descendientes de aquellos que le libraron de Banca Catalana, quizá haya alcanzado su “nivel de incompetencia”. Abogados que con buen criterio le aconsejan no acudir al Parlament. No es lo mismo robar que acertar en la defensa, máxime si se trata de salvar a la familia directa por encima de la familia política. La próxima verdad o mentira de un mentiroso patológico y confeso delincuente es imprevisible.

Una hoja de ruta que también olvida:

ABC: “El juez Pablo Ruz interrogará por el desvío de 32 millones a Pujol Ferrusola

 

J.F.M / J.C / MADRID. El hijo de Jordi Pujol está citado para declarar el 15 de septiembre por el movimiento de fondos en distintos paraísos fiscales”


El juez Ruz, enredando la madeja, y en idénticas circunstancias que en el caso Bárcenas, bien pudiera dictar auto de prisión. De hecho lo debería dictar por riesgo de fuga y destrucción de pruebas. Una prisión, que si al decir de esos puros independentistas el Caso Pujol no altera el proceso, pudiera alterar los mecanismos internos de Artur Mas… y variar esa hoja de ruta.  

Un periodista del PSOE desvela que Zapatero y Pepiño Blanco se corrompieron por un dúplex en Las Rozas


Zapatero y Pepiño Blanco fueron vecinos en Las Rozas
Zapatero y Pepiño Blanco fueron vecinos en Las Rozas
"El flamante nuevo secretario general del PSOE (Pedro Sánchez) votado por los militantes y a pocas horas de ser convalidado por el congreso de la formación tendrá que lidiar con las hipotecas políticas y las hipotecas inmobiliarias. Porque afirma que su equipo será el de la renovación. Pero una cosa es la dirección formal y otra las personas con ascendiente, poderes fácticos del partido, que se siguen moviendo con fluidez entre bambalinas". Quien así se expresa es el periodista Luis Santos, ex responsable de prensa del Grupo Socialista del Congreso. Y su denuncia es clara, tajante y contundente sobre Rodríguez Zapatero y su mano derecha, Pepiño Blanco, pues afirma que los dos se corrompieron: "La política y la práctica personal de ambos podrían irritar todavía más si se profundizase en sus contradicciones personales, ya que tanto Blanco como Zapatero cuando ganan el 35 congreso del PSOE  en el año 2000, dispondrán de sendos duplex en Las Rozas, que les proporcionan entornos del partido en condiciones económicas y luego crediticias de los Bancos, que para sí quisieran el resto de los ciudadanos y que les permitió construir un patrimonio"Leer más de esta entrada

Fashion