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Forma, lugar y fechas para cumplir con Hacienda en 2015
                                                                        
RENTA 2014: CÓMO, CUÁNDO Y DÓNDE PRESENTAR LA DECLARACIÓN DE IRPF

 Cecilia Castelló . cinco días.


Se acerca la campaña de la renta 2014, que se presenta en los meses de abril, mayo y junio de 2015. A partir del 7 de abril, las contribuyentes recibirán el borrador de la declaración elaborado por la agencia tributaria y, en su caso, podrán confirmarlo vía electrónica hasta el 30 de junio. El Boletín Oficial del Estado ha publicado el jueves 19 de marzo la orden del Ministerio de Hacienda que clarifica el lugar, forma y el plazo de presentación. Aquí van algunas claves:

 ¿Cuáles son las fechas de presentación?
A partir del 7 de abril:
 la Agencia Tributaria pondrá a disposición de los contribuyentes el borrador o los datos fiscales de la declaración del IRPF a través de la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria

Del 7 abril al 30 de junio:
Los trabajadores que cobren menos de 22.000 euros al año de un solo pagador no están obligados a presentar la declaración de la renta
- Confirmación del borrador por vía electrónica (internet o teléfono), cualquiera que sea su resultado -a ingresar, a devolver o negativo-.
Si el resultado del borrador de declaración arroja una cantidad a ingresar y su pago se domicilia en cuenta, la confirmación será hasta el 25 de junio de 2015- salvo que se opte por domiciliar únicamente el segundo plazo, en cuyo caso la confirmación podrá realizarse hasta el 30 de junio de 2015.
- Presentación de la declaración de IRPF por internet, cualquiera que sea el resultado.

Del 11 de mayo y el 30 de junio de 2015:
-Confirmación del borrador de declaración por cualquier  otra vía, cualquiera que sea su resultado, a ingresar, a devolver o negativo.
- Presentación de la declaración de forma presencial
Igualmente, si el resultado del borrador es a ingresar y su pago se domicilia en cuenta, la confirmación será hasta el 25 de junio de 2015- salvo que se opte por domiciliar únicamente el segundo plazo, en cuyo caso la confirmación podrá realizarse hasta el 30 de junio de 2015.

Del 7 de abril al 30 de junio:
Presentación de las declaraciones del Impuesto sobre el Patrimonio.

¿Quién no está obligado a declarar?
- Quienes obtengan rendimientos íntegros del trabajo con el límite general de 22.000 euros anuales, de un solo pagador.
- Más de un pagador:
Rendimientos íntegros del trabajo con el límite de 11.200 euros anuales cuando
1º la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores superen en su conjunto la cantidad de 1.500 euros anuales.
2º Se perciban pensiones compensatorias del cónyuge
3º  El pagador de los rendimientos del trabajo no esté obligado a retener
4º Se perciban rendimientos íntegros del trabajo sujetos a tipo fijo de retención

¿Cómo obtengo el número de referencia para acceder a mis datos fiscales?
El número de referencia del borrador de declaración o los datos fiscales se puede obtener desde el primer día de campaña, sin necesidad de esperar al envío por correo ordinario. Los contribuyentes deberán comunicar su Número de Identificación Fiscal (NIF), el importe de la casilla 415 de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio 2013, "Base liquidable general sometida a gravamen", y el número del teléfono móvil en el que deseen recibir mediante SMS el número de referencia del borrador o de los datos fiscales.
El borrador se puede obtener con el número de referencia en la web de la Agencia Tributaria, con certificado electrónico o sistemas de clave o por correo ordinario
Si se quiere obtener un borrador de declaración con tributación conjunta deberá hacerse constar también el Número de Identificación Fiscal (NIF) del cónyuge.
Si el contribuyente está suscrito al servicio de alertas a móviles de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, el número de referencia del borrador se recibirá por SMS.
Con ese número los contribuyentes podrán acceder a sus datos fiscales y al borrador y, en su caso, confirmarlo, con o sin modificación.

¿Cómo obtengo el borrador?
- Con el número de referencia en la web de la Agencia Tributaria
- Con certificado electrónico o sistema de firma con clave de acceso en un registro previo en la web https://www.agenciatributaria.gob.es
- Por correo ordinario: la Agencia Tributaria enviará por correo ordinario el borrador de la declaración del IRPF o, en su caso, datos fiscales a aquellos contribuyentes que hubieran solicitado expresamente el envío por correo marcando la casilla en la declaración del ejercicio 2013, siempre que el borrador o los datos fiscales no se hubiesen obtenido con anterioridad por cualquiera de los medios telemáticos.

¿Y si no obtengo el borrador?
La falta de obtención o recepción del borrador de declaración o de los datos fiscales no exonerará al contribuyente de su obligación de declarar. En ese caso, se puede realizar la declaración con ayuda del programa PADRE.

¿Cómo modifico el borrador?
El contribuyente podrá instar la modificación del borrador de declaración cuando considere que se deben añadir datos personales o económicos no incluidos o advierta que contiene datos erróneos o inexactos.
La solicitud de modificación del borrador se podrá hacer:
- A través de la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (https://www.agenciatributaria.gob.es). Será necesario hacer constar el NIF, el NIF del cónyuge en caso de declaración conjunta y el número de referencia del borrador.
- Con el certificado electrónico reconocido.
-  A través del teléfono, mediante llamada al número 901 20 03 45, comunicando el contribuyente su Número de Identificación Fiscal (NIF), el NIF del cónyuge en los supuestos de declaración conjunta formulada por ambos cónyuges, así como el número de referencia del borrador de declaración
- Presencialmente en cualquier Delegación o Administración de la Agencia Tributaria.

¿Qué pasa si pido que se modifique el borrador?
La solicitud de un nuevo borrador determinará la elaboración por parte de la Agencia Tributaria de un nuevo borrador con su correspondiente modelo de confirmación, documento de ingreso o devolución.

¿Cómo confirmo el borrador?
Cuando el contribuyente considere que el borrador de la declaración refleja su situación tributaria podrá confirmarlo
- Por internet con certificado electrónico.
- Por internet con el NIF del declarante, el NIF del cónyuge (declaraciones conjuntas) y el número de referencia del borrador o de los datos fiscales.
-Presencialmente en cualquier oficina de las entidades de crédito que actúen como colaboradoras
- En los cajeros automáticos, banca electrónica, banca telefónica de los bancos o cajas colaboradoras.

¿Y si no lo confirmo?
El contribuyente deberá determinar la deuda tributaria e ingresar, en su caso, el importe resultante en el Tesoro Público. Para determinar la deuda se puede usar el programa de ayuda de la Agencia tributaria (PADRE) o bien acudir a los servicios de ayuda de la Agencia Tributaria. Se deberá presentar  7 de abril y el 30 de junio si es por internet (25 de junio si se elige pagar mediante domiciliación) o entre el 11 de mayo y el 30 de junio si es presencial (25 junio si se elige pagar mediante domiciliación).

¿Cómo presento la declaración (sin borrador), es decir, la autoliquidación?
A- Presentación electrónica de la autoliquidación cuyo resultado sea una cantidad a ingresar y cuyo pago total (o del primer plazo si se fracciona) se efectúe por medio distinto a la domiciliación bancaria:
1º El contribuyente deberá ponerse en contacto con la entidad colaboradora por vía electrónica o acudiendo a sus sucursales para realizar el pago de la cuota resultante. Una vez realizado el ingreso, la entidad colaboradora proporcionará al contribuyente el recibo-justificante de pago. En dicho recibo-justificante de pago, en todo caso, deberá figurar el Número de Referencia Completo (NRC) asignado por la entidad colaboradora al ingreso realizado. Si se quiere domiciliar el pago, se deberá conectará con la Sede electrónica de la Agencia Tributaria y accederá al trámite de presentación correspondiente a la autoliquidación que desea transmitir.
La autoliquidación se puede presentar de forma electrónica o presencial, en oficinas de la Agencia Tributaria o bancos o cajas colaboradoras
2º Una vez realizado el trámite para obtener el NRC, se deberá conectar con la Sede electrónica de la Agencia Tributaria y acceder a la presentación correspondiente a la autoliquidación que desea transmitir. Si se desea domiciliar el pago, se deberá cumplimentar el formulario correspondiente consignando la orden de domiciliación y se introducirá el IBAN de la cuenta en que se domicilie el pago,
3º Transmitir la autoliquidación con la firma electrónica.
4º Si la autoliquidación es aceptada, la Agencia Tributaria le devolverá en pantalla los datos de la autoliquidación con resultado a ingresar validados con un código
5º El obligado tributario o presentador deberá conservar la autoliquidación aceptada así como el documento de ingreso debidamente validados con el correspondiente código seguro de verificación.

B- Presentación electrónica de autoliquidaciones con resultado a devolver:
1º Conectar con la Sede electrónica de la Agencia Tributaria y accederá al trámite de presentación
2º Transmitir la declaración con la firma electrónica
3º Si la autoliquidación es aceptada, la Agencia Tributaria, devolverá en pantalla los datos de la misma validados

C- Presentación en oficinas:
a) Declaraciones cuyo resultado sea una cantidad a ingresar: presentación e ingreso será realizada en cualquier entidad de depósito en territorio español que actúe como colaboradora en la gestión recaudatoria (Bancos, Cajas de Ahorros o Cooperativas de Crédito).
Las declaraciones efectuadas a través de los servicios de ayuda prestados en las oficinas de la Agencia Tributaria o en las habilitadas a tal efecto por las Comunidades Autónomas podrán presentarla directamente en ese momento para su inmediata transmisión electrónica.
b) Declaraciones cuyo resultado de la autoliquidación es una solicitud de devolución:  presentación de la autoliquidación se realizará en cualquier entidad de depósito sita en territorio español que actúe como colaboradora en la gestión recaudatoria (Bancos, Cajas de Ahorros o Cooperativas de Crédito) donde el obligado tributario desee recibir el importe de la devolución. Asimismo, podrá presentarse también en cualquier Delegación o Administración de la Agencia Tributaria.
c) Declaraciones negativas y declaraciones en las que se renuncie a la devolución en favor del Tesoro Público. Se presentarán bien directamente ante cualquier Delegación o Administración de la Agencia Tributaria o por correo certificado dirigido a la Delegación o Administración de la Agencia Tributaria correspondiente al domicilio fiscal del obligado tributario.
d) Declaraciones de cónyuges no separados legalmente en las que uno de ellos solicite la suspensión del ingreso y el otro manifieste la renuncia al cobro de la devolución. Las declaraciones correspondientes a ambos cónyuges deberán presentarse de forma simultánea y conjuntamente

¿Y si vivo en el extranjero?
Los contribuyentes del IRPF que tengan su residencia habitual en el extranjero y aquellos que se encuentren fuera del territorio nacional durante los plazos establecidos podrán presentar su declaración y, en su caso, realizar el ingreso o solicitar la devolución por vía electrónica.
 En el supuesto de declaraciones a devolver con renuncia a la devolución o negativas, podrán enviarse por correo certificado dirigido a la última Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en cuya demarcación tengan su residencia habitual.

 ¿Cómo se fracciona el pago?
El importe de la deuda tributaria se podrá fraccionar, sin interés ni recargo, en dos partes. LA primera, del 60% de su importe, se  liquidará en el momento de presentar la declaración, y la segunda, del 40%, hasta el 5 de noviembre de 2015, inclusive.
Para disfrutar de este beneficio será necesario que el borrador de la declaración confirmado o la autoliquidación se presenten dentro de los plazos establecidos.

¿Domicilio el pago?
La domiciliación bancaria podrá realizarse desde el día 7 de abril hasta el 25 de junio de 2015. La domiciliación, tanto del primero como del segundo plazo, deberá efectuarse en la misma entidad y cuenta en la que se domicilió el primer plazo.
La Agencia Tributaria comunicará la orden de domiciliación bancaria del contribuyente a la entidad colaboradora señalada, la cual procederá, en su caso, el día 30 de junio de 2015 a cargar en cuenta el importe domiciliado.

No obstante, si se opta por domiciliar únicamente el segundo plazo del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, la misma podrá realizarse hasta el 30 de junio de 2015
Todo empresario llevará necesariamente, sin perjuicio de lo establecido en las leyes o disposiciones especiales, un libro de Inventarios y Cuentas Anuales, y un libro Diario (Art. 25 Código de Comercio).

Las Sociedades Mercantiles llevarán también un libro o libros de Actas (Art. 26 Código de Comercio).
Las Sociedades Anónimas deberán llevar además de todos los libros anteriores el libro Registro de Acciones Nominativas (cuando proceda). Las Sociedades de Responsabilidad Limitada, «S.L.», todos los libros anteriormente citados, pero en lugar del libro de Acciones Nominativas llevarán el libro de Registro de Socios (Art. 27 y 28 del Código de Comercio). Sociedades unipersonales libro-Registro de Contratos (Art. 128 L.S.L.).

LIBROS DE SOCIEDADES SIN REGISTRAR
No se admite su legalización hasta que no esté inscrita la Sociedad, excepto Fundaciones que no sean de Ámbito Estatal, Asociaciones, Cooperativas y demás entidades no obligadas a su inscripción en el Registro Mercantil.
El artículo 18 de la Ley apoyo a los emprendedores y su internalización establece que todos los libros que obligatoriamente deben llevar los empresarios, sean de la clase que sean, y por tanto también los de actas o los de socios o acciones nominativas, deben ser cumplimentados en formato electrónico legalizándose telemáticamente antes de los cuatro meses siguientes al cierre del ejercicio.  Para las sociedades que cierran el ejercicio el 31 de diciembre de cada año, el plazo termina el 30 de abril.
También deben legalizarse anualmente los libros de actas y los de acciones nominativas o el libro registro de socios, que también serán legalizados en formato digital y presentados telemáticamente.
El día 16 de febrero de 2015 se publicó en el BOE Instrucción de 12 de febrero de 2015, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre legalización de libros de los empresarios en aplicación del artículo 18 de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización para unificar criterios y establecer una serie de principios conforme a los cuales debe producirse la legalización de libros obligatorios de todas clases de los empresarios, en el Registro Mercantil. Entre otros se establecen los siguientes criterios:
  • El sistema de legalización de libros de los empresarios en formato electrónico y presentados por vía telemática en el Registro Mercantil competente, establecido en el artículo 18 de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, será de aplicación a los libros obligatorios de todas clases respecto de ejercicios abiertos a partir del día 29 de septiembre de 2013, fecha de entrada en vigor de la ley.
  • Conforme al artículo 18 de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, todos los libros que obligatoriamente debe llevar los empresarios deberán cumplimentarse en soporte electrónico.
  • La presentación de dichos libros para su legalización en el Registro Mercantil competente por razón del domicilio, deberá ser por vía telemática, tras su cumplimentación, dentro de los cuatro meses siguientes al cierre del ejercicio social.
  • No podrán legalizarse para los ejercicios iniciados a partir del 29 de septiembre de 2013, libros encuadernados en blanco para su posterior utilización o libros no encuadernados, también en blanco, y formados por hojas móviles.
  • Respecto de ejercicios iniciados a partir del 29 de septiembre de 2013 tampoco será posible la legalización de libros en soporte papel o en soporte electrónico de cualquier tipo no presentados por vía telemática.
  • Los libros encuadernados en blanco y ya legalizados sólo podrán ser utilizados para contabilidades, contratos y actas de ejercicios abiertos antes de 29 de septiembre de 2013. Una vez finalizado este último ejercicio social, se procederá al cierre de los mismos mediante diligencia que se acreditará, en el primer envío telemático de dichos libros, con la incorporación de un archivo que incluya la certificación del órgano de administración que haga constar dicha circunstancia, todo ello a los efectos del artículo 334.2 del Reglamento del Registro Mercantil y artículo 18.3 de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre. Si en dichos libros se han transcrito con posterioridad al cierre del ejercicio social citado, asientos contables, contratos o actas de un ejercicio posterior, se procederá igualmente al cierre del libro en cuestión, trasladando dicho asientos, contratos o actas, al libro correspondiente que deberá enviarse telemáticamente.
  • Todas las actas de reuniones de los órganos colegiados de las sociedades mercantiles, incluyendo las decisiones adoptadas por el socio único, respecto de los ejercicios sociales comenzados a partir del 29 de septiembre de 2013, deberán reflejarse en soporte electrónico y ser presentados de forma telemática para su legalización dentro de los cuatro meses siguientes al cierre del ejercicio social.
  • En cada ejercicio se deberán legalizar las actas del ejercicio precedente. Dicho libro podrá ser único para las actas de todos los órganos colegiados de la sociedad, o también un libro para cada uno de los órganos colegiados. Será necesario que en cada uno de dichos libros conste la fecha de apertura y cierre del ejercicio.
  • En cualquier momento del ejercicio social se podrán legalizar libros de detalles de actas con actas del ejercicio corriente a efectos probatorios o de cualquier otra naturaleza, y sin perjuicio de que en el libro de actas de todo el ejercicio se incluyan de forma obligatoria estas actas.
  • Los libros registros de socios o de acciones nominativas, ya legalizados en blanco, podrán ser objeto de utilización para los negocios jurídicos sobre participaciones o acciones celebrados con anterioridad al 29 de septiembre de 2013.
  • A partir de dicha fecha se procederá de forma similar a la anteriormente establecida para el libro de actas incluyendo la diligencia de cierre que debe incorporarse a los libros en blanco ya legalizados, a los efectos del artículo 334.2 del Reglamento del Registro Mercantil y 28.3 de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre. En todo caso, una vez inscrita la sociedad en el Registro Mercantil, se deberá legalizar un libro, que será el primero de orden, en el que conste la titularidad inicial de los fundadores. Una vez legalizado este libro inicial sólo será obligatoria la legalización de un nuevo libro en los cuatros meses siguientes a la finalización del ejercicio en el que se haya producido cualquier alteración en la titularidad inicial o sucesiva de las participaciones o acciones o se hubieran constituido gravámenes sobre las mismas.
  • En dichos libros deberá constar la identidad completa de los titulares y la nacionalidad, en su caso, incluyendo igualmente sus domicilios. La omisión de la constancia de la nacionalidad o del domicilio no impedirá la legalización del libro de que se trate, pero en la nota de legalización se dejará constancia de dicha omisión. Las mismas reglas serán de aplicación a los libros de contratos del socio único con la sociedad.
  • Podrán ser objeto de legalización los libros de actas de un ejercicio determinado sin que lo esté el inmediatamente anterior o anteriores.
  • De la misma forma podrán legalizarse libros registros de acciones nominativas o libros registro de socios, aunque resulte del libro presentado a legalización que no ha sido legalizado el libro inicial.
  • A efectos de rectificación de libros de cualquier clase ya legalizados, se deberá incluir en el fichero correspondiente del envío de rectificación, un archivo en el que conste certificación del órgano de administración por el que se dé cuenta del error cometido, en unión del archivo rectificado en el que constarán los datos correctos.
  • En caso de pérdida, sustracción, destrucción física o informática, o robo de los libros de socios o acciones nominativas, se podrá legalizar un libro con el contenido de los libros inutilizados por cualquier causa, siempre que se acredite por denuncia policial o por acta notarial los hechos anteriormente señalados. A estos efectos se incluirá el acta o la denuncia en fichero anexo a la petición de la legalización de los libros.
  • Las sociedades, cualquiera que sea la fecha de su constitución, que no hubieran legalizado su libro de actas, de socios, de acciones nominativas o de contratos de socio único con la sociedad, en el momento posterior a la constitución de la sociedad, bien con arreglo a la legislación anterior o a la que ahora se desarrolla, y así resulte de los archivos del registro, podrán incluir en los primeros libros de dichas clases presentados telemáticamente, todas las actas y vicisitudes de la sociedad desde la fecha de su constitución hasta la fecha de cierre. El valor probatorio de estos libros será apreciado, en su caso, por los Tribunales. A estos efectos podrá incluirse, el acta de la junta general de la sociedad en la cual se ratifiquen las actas no transcritas en su día y cuya legalización ahora se solicita.
  • La información presentada relativa a cada libro dispondrá de un sistema de protección con el objeto de garantizar la no manipulación desde la creación del soporte por la entidad o sujeto presentante y hasta que éste se incorpore al Libro-fichero de legalizaciones en el Registro Mercantil correspondiente. La protección se realizará mediante la utilización de la huella digital correspondiente a cada libro por medio del algoritmo estándar SHA256 (RFC 6234).
  • Las firmas de quienes autorizan la solicitud y la relación de firmas digitales generadas por los libros cuya legalización se solicita deberán reunir los requisitos establecidos en la legislación vigente en materia de firma electrónica reconocida y con la preceptiva intervención de entidad prestadora de servicios de certificación.
  • El Registrador calificará no sólo el contenido de la solicitud según lo que resulte de los ficheros presentados y los asientos de su Registro, sino también que el algoritmo SHA256 generado por los correspondientes ficheros coinciden con el que consta en la relación de libros presentada. El contenido de los ficheros legalizados y de los demás documentos presentados se ajustará a lo establecido en esta Instrucción. De lo contrario, el Registrador suspenderá la legalización de los libros en la forma prevista en el Reglamento del Registro Mercantil.
  • Si no mediaran defectos, el Registrador extenderá una certificación en la que, bajo su firma, identificará al empresario, incluyendo, en su caso, los datos registrales y expresará los libros legalizados, con identificación de su clase y número, la firma digital generada por cada uno de ellos y los datos de la presentación y del asiento practicado en el Libro-fichero de legalizaciones. En su caso, hará constar que la legalización se ha solicitado fuera del plazo legal conforme a lo que establece el artículo 333 del Reglamento del Registro Mercantil. El Registrador hará mención expresa en la certificación que el empresario deberá conservar una copia informática de idéntico contenido y formato de los ficheros correspondiente a los libros presentados a legalizar a efectos probatorios.
  • Las anteriores reglas serán también de aplicación para la legalización de libros de uniones temporales de empresas, comunidades de bienes, asociaciones de cualquier clase, fundaciones u otras personas físicas y jurídicas obligadas a llevar una contabilidad ajustada a las prescripciones del Código de Comercio.

HONORARIOS
Para calcular los honorarios correspondientes a la Legalización se procederá de la siguiente forma:

  1. Identificar cada tipo de Libro que se quiere legalizar, (Diario, Inventario y Cuentas Anuales, Actas, etc.).
  2. Cada tipo de libro sumará una unidad al total de libros a legalizar. Los honorarios de la presentación digital serán de acuerdo con las huellas digitales que se presenten.
  3. Con el número total de libros que se quieren legalizar, se puede comprobar en cuadro que sigue los Honorarios correspondientes.
Honorarios vigentes:
Nº de Libros
Honorarios
I.V.A. 21%
Retención 19%
Total €
1
16,98
3,57
3,23
17,32
2
21,49
4,51
4,08
21,92
3
25,99
5,46
4,94
26,51
4
30,50
6,41
5,80
31,11
5
35,01
7,35
6,65
35,71
6
39,52
8,30
7,51
40,31
7
44,02
9,24
8,36
44,90
8
48,53
10,19
9,22
49,50
9
53,04
11,14
10,08
54,10
10
57,55
12,09
10,93
58,71
11
62,05
13,03
11,79
63,29
12
66,56
13,98
12,65
67,89



--
Publicado por José Carlos: para Asociación Nacional de Tramitadores Administrativos y Profesionales el 3/27/2015 01:53:00 p. m. 

25 consejos para tener una oficina 100% saludadable

Unipresalud ha elaborado una guía práctica en la que recoge más de una veintena de consejos relacionados con el bienestar del trabajador en la oficina.

Una correcta disposición de nuestro mobiliario de oficina, el correcto uso del teclado y el ratón o una buena iluminación son algunos de los factores imprescindibles para trabajar con comodidad y evitar lesiones derivadas de un mal uso de estos elementos o de realizar posturas incorrectas. La compañía Unipresalud (www.unipresalud.com) ha elaborado una guía que permite al trabajador aumentar su bienestar mientras se encuentra en la oficina:

1. La silla debe ser nuestra mejor aliada: aumenta o disminuye su altura hasta colocar tus brazos y tu cuerpo de forma correcta. Las extremidades deben formar un ángulo de flexión con el codo que debe ser superior a 90º. El asiento de trabajo deberá ser estable, proporcionando al usuario libertad de movimiento y procurándole una postura confortable.
2. Tu respaldo te ayudará a mantener la postura: debe permitir el apoyo de la zona de las lumbares, ser reclinable y con una altura ajustable.
3. Utiliza un apoyabrazos si lo necesitas: no es un elemento obligatorio en los puestos de trabajo, aunque se trata de un elemento imprescindible para aquellas tareas que requieren de una gran precisión de la mano, o bien en aquellos que no requieren de una gran libertad de movimiento. Su longitud debe permitir el apoyo del antebrazo y del canto de la mano.
4. Apoya los pies en el suelo: una vez hayas ajustado la altura de la silla, debes poner los pies en el suelo apoyando las plantas de los pies de forma completa y que las piernas formen un ángulo de 90º. En ese momento, tendrás una postura correcta para empezar tu jornada laboral.
5. Ten espacio suficiente en tu mesa de trabajo: evita en todo caso el almacenamiento de materiales que te impidan trabajar con fluidez y comodidad. Ten en tu escritorio los materiales imprescindibles para desarrollar tus tareas diarias.
6. Busca una zona de alcance cómoda: si tienes los elementos de tu alrededor dispuestos de forma correcta, tus brazos y tu tronco no realizarán movimientos forzados y tu espalda no sufrirá las consecuencias.
7. Utiliza bloques de cajones móviles: esto aumentará tus posibilidades de organización a la vez que podrás disponer de una mayor movilidad a la hora de diseñar tu propio espacio.
8. Máxima limpieza: una mesa limpia y libre de obstáculos te ayudará a mantener una posición correcta y ergonómica.
9. Colores claros: en la medida de lo posible, la mesa debe ser de color claro para evitar los contrastes entre el mobiliario, el equipo de trabajo y nuestro entorno de trabajo. Una harmonía cromática favorece la concentración a la hora de realizar nuestras tareas.
10. Dimensiones suficientes: las dimensiones de la mesa deben ser suficientes para que el usuario pueda colocar con holgura los elementos de trabajo. El espacio debe ser el suficiente para permitir a los trabajadores tener las piernas en una posición cómoda.
11. Utiliza un reposapiés si lo necesitas: no es un elemento obligatorio de los puestos de trabajo, aunque debe utilizarse en función de las características de cada persona. Se recomienda su uso cuando los pies de la persona no lleguen al suelo, siempre y cuando se hayan seguido las directrices de los puntos anteriores.
12. Realiza pausas a lo largo de la jornada laboral y aprovecha para hacer pequeños estiramientos: para evitar posibles lesiones y mejorar los hábitos posturales, podemos realizar diferentes ejercicios durante el día que nos ayuden a mantener una posición correcta en nuestra oficina.
13. El teclado puede ayudarte a trabajar mejor: debe permanecer en una inclinación comprendida entre los 0 y los 25 grados y debe ser independiente del resto del equipo.
14. Usa correctamente el ratón: la mano debe estar lo más relajada posible y debes apoyar la parte de la palma para que los músculos se relajen. La posición ideal es la que forma una línea recta entre tu mano, muñeca y antebrazo.
15. Vigila la posición de tus muñecas: no nos solemos fijar, pero inconscientemente no estamos habituados a ponerlas en la posición correcta. Deben permanecer siempre rectas, en posición neutra, sin doblarlas hacia arriba o abajo.
16. Utiliza un reposamuñecas si es necesario: no es un elemento obligatorio de los puestos de trabajo, pero su uso alivia la tensión en la zona del cuello y de los hombros, lo que reduce la aparición de trastornos musculo esqueléticos.
17. Ilumina tu centro de trabajo de forma correcta: para evitar síntomas como la fatiga visual o el dolor de cabeza, un buen sistema de iluminación puede ser de gran utilidad.
18. Coloca correctamente tu pantalla: debe ser legible desde cualquier ángulo de visión, y deben estar colocas de forma perpendicular a las ventas y en general a todas las fuentes de luz.
19. Mantén una buena temperatura: la temperatura de la oficina siempre suele provocar conflictos entre los trabajadores. Se recomienda mantener unos valores termohigrométricos ubicados entre los 20 y los 24º en invierno, y entre los 23 y los 26º en verano.
20. Aísla del ruido tu puesto de trabajo: cuando sea posible, mantén la distancia entre la presencia del ruido y tu centro de trabajo. Se calcula que los niveles que superan el confort acústico se sitúan entre los 55 y los 65 decibelios.
21. Favorece el trabajo en equipo: a la hora de diseñar un espacio de trabajo, es mejor idear espacios que favorezcan las tareas en grupo frente a los individualizados.
22. Evita los malos olores: el olor influye en tu centro de trabajo.
23. Incorpora las plantas a tu lugar de trabajo: se mejora el ambiente de trabajo y su calidad.
24. Evita encoger el hombro y/o cuello cuando hables por teléfono: suele ser una postura bastante utilizada por los trabajadores, lo que nos puede afectar a nuestro organismo. Ten un papel a mano para apuntar lo que necesites y evitarás lesiones. Se debe estudiar la posibilidad de utilizar auriculares en aquellas tareas en las que se habla por teléfono a la vez que se trabaja y en función del número de horas que se utiliza.
25. Combate con alternancia de tareas la fatiga postural, visual y mental: esta dolencia puede aparecer aunque se sigan todos estos consejos. Para evitarla, alterna el hecho de estar sentado con alguna tarea que puedas realizar de pie o caminando

El comisario Villarejo va a tirar de la manta en el juicio contra Fran Nicolás

Aprovechará su declaración para dejar en evidencia las tesis de Marcelino Martín Blas, jefe de Asuntos Internos
Según fuentes del entorno más próximo de José Villarejo, este comisario de policía adscrito a la Dirección Adjunta Operativa (DGO) no se va a callar nada sobre las actuaciones de su enemigo Marcelino Martín Blas, jefe de Asuntos Internos. Ambos están enfrentados y Villarejo aprovechará su comparecencia como testigo en el caso de Fran Nicolás para atacar a su rival.  

Fran Nicolás, durante una entrevista en Telecinco.Fran Nicolás, durante una entrevista en Telecinco.

“Voy de denunciante, no de testigo”. Ésta es la frase que, según fuentes próximas al comisario José Villarejo, repite cada vez que se le pregunta por su comparecencia, en principio el próximo 17 de abril, en el juicio contra Francisco Nicolás Gómez, más conocido como el Fran Nicolás.
La frase es toda una declaración de intenciones sobre lo que este polémico comisario va a decir en el juicio. La defensa del joven Nicolás pidió al juez Arturo Zamarriego su declaración como testigo para refutar parte del informe realizado por Asuntos Internos, cuyo responsable es Marcelino Martín Blas, que sirvió de base para iniciar el proceso judicial contra él.
Según fuentes de su entorno, José Villarejo va a ir a por todas contra su enemigo, el comisario Martín Blas. En primer lugar, tiene previsto declarar que jamás estuvo en la terraza del Hotel Meliá Castilla junto al empresario Javier de la Rosa y el joven encausado, tal y como se afirma en el informe de Asuntos Internos.
“Ya lo ha negado Fran Nicolás en su declaración en ese juicio. Pero es que también lo va a negar el comisario Villarejo porque nunca estuvo allí. Nunca ha visto al pequeño Nicolás”, asegura el entorno del policía encubierto.
En el informe de Asuntos Internos se mantiene que Villarejo estuvo en esa cita e incluso se aportan unas fotografías del comisario que luego resultó ser un jubilado de 81 años que nada tenía que ver con este asunto.
El joven Fran Nicolás ya manifestó en su día que los policías de asuntos internos le presionaron instándole a que “debía exagerar en lo posible” su relación con el comisario Villarejo como contrapartida para ayudarle a tapar sus asuntos.

Reunión con el CNI

Pero la cuestión judicial más peligrosa de todas es la grabación y posterior filtración de la reunión entre dos agentes del CNI y dos policías de Asuntos Internos en la que se hablaba de las “andanzas” del joven Fran Nicolás y de cómo eliminar pruebas que afectaran a instituciones del Estado.
Según el entorno de Villarejo, el comisario relacionará a Martín Blas con esa grabación y le señalará como autor de la misma. Grabar a agentes del CNI está considerado muy grave por el centro de inteligencia, mientras que difundir una reunión de espías está considerado un delito por revelación de secretos.
Después de que el juez aceptara la declaración del comisario Villarejo en el juicio, y como publicó este confidencial ayer, Fran Nicolás ha decidido que no va a emprender acciones legales contra el comisario de Asuntos Internos, Martín Blas.
Atrás quedan sus intentos para que Manos Limpias presentara esa querella, a lo que el sindicato se negó.

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Las sociedades encubiertas de la Policía.


Siempre se ha sabido, o se ha intuido, que al igual que existen policías encubiertos, también hay negocios encubiertos y sociedades que se utilizan para conseguir información o simplemente para mejorar esas tapaderas. Sociedades, no obstante, que tienen actividad real (o no) y que llegan a acumular patrimonios de cierta importancia. De quién es al final ese patrimonio puede tener muchas interpretaciones, ¿es del policía que lo maneja para su actividad encubierta? ¿Es de las personas que utiliza como testaferros para que su nombre no esté en la sociedad? ¿O sería directamente del Gobierno si es que alguna vez se ha enterado de que existen? En cualquier caso, las sociedades encubiertas de la Policía existen y ahora parece haberse destapado el asunto por lo que ha dicho el propio comisario Villarejo.
Disponibilidad inmediata 902 195 024
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Cuando uno empieza a tirar del hilo y ve que este mismo comisario aparece «vinculado» al pequeño Nicolás, cabe preguntarse hasta qué punto el joven fantasea o realmente está metido en todo un entramado de espionaje.

Las sociedades encubiertas de la Policía acumulan patrimonios importantes

#las sociedades encubiertas de la policía
Las sociedades encubiertas de la Policía. Temor en Interior de que sean descubiertas.
El patrimonio del comisario, según ha trascendido, asciende a más de 16 millones de euros (casi 2.700 millones de pesetas pa'que se entienda mejor), todo manejado a través de una estructura empresarial en la que aparece su mujer y su abogado. Según he leído, en la actualidad hay otros sesenta policías en situación parecida, cuando hace apenas tres años solo eran catorce.
¿Qué pasaría si se descubrieran cuáles son las sociedades encubiertas de la Policía, la Guardia Civil y el CNI? Es algo que sin duda tendría consecuencias y por lo visto hay nervios en en Ministerio de Interior por si esa información sensible llegara a los medio de manera detallada.
Lo que más me pica la curiosidad en estos momentos es cómo terminará el asunto del pequeño Nicolás que tan frívolamente nos ha sido presentado. Estoy convencido de que tiene unas ramificaciones mucho más allá de la tontería de que se hiciera fotos con unos y otros.
Ramón Cerdá



TODOS LOS DIPUTADOS DEL PP Y PSOE, deberían de tener un libro de cabecera publicado en 1748
Ayer en una sede teatral, casi tomándole al asalto, como dice Pablo Iglesias, porque a los políticos de todos los colores, tan lejos del pueblo, hay que asaltarles, se lo recordaba al candidato del PSOE a la alcaldía de Leganés Santiago Llorente,  aunque éste joven era adolescente cuando el PSOE, asesinó metafóricamente a Montesquieu.
Ahora se intenta encausar a los corruptos, pero la falta de recursos humanos y materiales, que el bipartidismo no quiso crear a nuestra judicatura, hace que las causas tengan tal demora que se alivia la posible pena para gozo del posible penado.

El pacto por la justicia del bipartidismo aniquiló la independencia judicial y sin independencia no hay justicia, y sin justicia independiente no hay democracia.
JOSMAN.

"Una de las obras más críticas de la Ilustración es “El espíritu de las leyes”, en francés “De l’esprit des lois”. Fue redactada por Montesquieu y publicada en 1748. En ella, el autor francés estudia las relaciones de las leyes políticas con la constitución de los estados, las costumbres, la religión, el comercio, el clima y los tipos de suelo de cada nación. Fue un libro que tuvo 22 ediciones en tan solo dos años y suscitó violentas críticas, tanto por parte de los jesuitas, como por parte de los jansenistas. La Sorbona lo prohibió y la Iglesia Católica lo incluyó en el Índice de Libros Prohibidos".
‘El espíritu de las leyes’ de Montesquieu




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Publicado por Blogger para JOSMAN (JOSé MANuel García García) el 3/19/2015 12:15:00 p. m.

Diez trucos para alargar la autonomía de la batería del ordenador portátil.

El ordenador portátil debería cumplir por encima del resto de cualidades técnicas con una de naturaleza bastante básica: una duración de la batería que garantice la verdadera autonomía de esta herramienta de trabajo para muchos. Aunque muchos fabricantes aseguran en el momento de la venta un número de horas de vida, en la práctica, un uso desmedido o poco recomendado de algunos programas y complementos disminuyen en gran medida su carga real. 

Autonomía real de la batería del ordenador portátil. Autonomía real de la batería del ordenador portátil.

De tres a cinco horas suele ser el ratio en el que se mueve la autonomía habitual de los ordenadores portátiles. Aunque las largas jornadas laborales fuera de casa suelen exigir que terminemos conectándolo a la corriente, en la mayoría de las ocasiones suele ser antes de lo que se suponía.
Rara vez es culpa de los fabricantes. Salvo la comercialización de algún terminal con algún fallo de fábrica, normalmente la paulatina reducción de la batería de los portátiles, según explican varios informáticos a La Buena Vida, suele derivarse de un mal uso de la energía del pc y de no cumplir con algunas recomendaciones del fabricante.
La primera de ellas, casi constante en todos los modelos del mercado, es el consejo de, antes de cargar el dispositivo por primera vez, descargarlo por completo. A continuación, conectarlo a la corriente eléctrica para cargar la batería del todo.
En posteriores usos, otra de las recomendaciones del fabricante es evitar, en la medida de lo posible, volver a descargarlo del todo.
Sin embargo, seguir estos consejos no garantiza la perdurabilidad de la batería como el primer día.
Existen factores que dependen del software, el hardware y la navegación que, sin saberlo el usuario, consumen energía por encima de la media.
Para conseguir ampliar lo máximo posible la autonomía de tu ordenador portátil, los expertos consultados recomiendan seguir los siguientes consejos:

-- Cuanto menos brillo en la pantalla, mejor. Las pantallas es recomendable programarlas con el menor brillo posible. Este brillo, del mismo modo que ocurre en los teléfonos móviles, implica un consumo muy elevado de energía, más aún si se trata de una pantalla de última generación LCD retroiluminadas.
-- No utilizar ratón USB. Aunque suelen ser los más elegidos por los usuarios por su ergonomía y comodidad, estos accesorios conllevan un consumo importante de batería. Los expertos recomiendan utilizar, en la medida de lo posible, los cursores táctiles incluídos en el teclado del ordenador. Lo mismo ocurre con teclados o cualquiero otro periférico conectado a los puertos USB Aunque estén apagados, consumen.
-- Desconectar el wifi cuando no se utilice. Las conexiones inalámbricas a redes wifi o Bluetooth son grandes fuentes de agotamiento de la batería. Tener desactivadas todas las opciones de conectividad posible es fundamental si queremos alargar la autonomía de nuestro ordenador.
-- Mejor utilizar fondos monotonos que fotografías. Las fotografías utilizadas como fondo de escritorio consumen más energía que los fondos colores monótonos y apagados. Las fotografías, caracterizadas por su gran variedad de tonalidades y colores vivos, son por esta razón consideradas gráficos complejos. Por esta razón es más conveniente sustituirlos por fondos simples y de colores preferiblemente apagados.
– Hibernar el portátil antes que apagarlo. Hibernando el ordenador se consume menos batería que apagándolo y volviéndolo a encender. Este truco es muy recomendable para momentos en que vamos a descansar durante unos minutos o a la hora de la comida.
-- Garantizar una correcta ventilación. La ventilación del ordenador es fundamental. Para ello, la superficie en la que lo ubiquemos para trabajar debe ser lo más recoemndable posible. Cuánto menos sea capaz el dispositivo de ejecutar una correcta ventilación, mayor será el calentamiento y menos durará la batería.
-- Pocas pestañas abiertas en el navegador. Cuántas más pestañas haya abiertas en el navegador, más “esfuerzo energético deberá realizar para mantenerlas actualizadas. También es recomendable desactivar en las opciones del navegador la aparición de pop-ups o ventanas emergentes.
-- Evitar tener abiertos programas que no estamos utilizando. Normalmente, se tienen instalados en el ordenador programas que se inician automáticamente con el encendido del pc. Aunque quedan en un segundo plano, es mejor apagarlos.
-- Evitar programas complejos para trabajar. Es preferible, a la hora de editar textos, con programas como TXT, antes que con otros más complejos como Word u Open Office, uno de los que más consumen al trabajar sobre la plataforma Java. PDF también es mejor evitarlo, así como el resto de programas desarrollados por Adobe.
-- Ni editores de imágenes ni de vídeos. Las imágenes y los vídeos, como se explicaba con anterioridad, son considerados gráficos complejos y, por lo tanto, grandes consumidores de energía. Programas como Photoshop o Indesign provocan un gran descenso de la autonomía del portátil. 

La diabetes a un paso de ser curada

Según científicos de Harvard  la diabetes podría tratarse dentro de unos años y tendría cura. Células pancreáticas cultivadas en un laboratorio se podrán utilizar en el tratamiento de esta enfermedad. Este gran avance de la medicina hará que este nuevo tratamiento, haga que los enfermos no tengan que inyectarse insulina. La terapia implica el trasplante […]

ANDORRA INTERVIENE EL BPA, EL BANCO QUE REGULARIZÓ A LOS PUJOL.

ANDORRA INTERVIENE EL BPA, EL BANCO QUE REGULARIZÓ A LOS PUJOL.
¿CUÁNTO PAGABAN LOS PUJOL?


Rafael del Barco Carreras

Barcelona 15-3-2015. Andorra ejemplo de efectividad. Toda Gran Corrupción tiene su particular agenda donde se anotan los porcentajes de cada uno de sus clientes. Diré más, cada partícipe tiene en su agenda su porcentaje, estableciéndose sobre la marcha el auto control de la mordida. Desde el primer "conseguidor" hasta el "tesorero del partido" se auto controlan. Al igual si se pervierte la banca, y se cobra por blanquear o bancarizar. A tanto por saldo y transferencia o cheque.   

La segunda noche en el calabozo del consejero delegado del BPA, Jean Pau Miquel Prats, da sus primeros frutos. En la agenda de otro imputado, Rafael Pallardó, se encuentran porcentajes. Al igual con el recaudador Millet, o de los papeles de Bárcenas se deduce la mordida por las cantidades y siglas. Nadie escapa a la Corrupción institucionalizada.

Es lo que tiene que una Democracia actúe de inmediato y detenga a los corruptos. Las pruebas no se destruyen y los ordenadores se muestran intactos. En España quiebra por fraude el 50% del "mejor sistema financiero del mundo" y nadie pisa un calabozo. Por ende las agendas no aparecen. En el caso de los Pujol no solo no aparecen agendas sino que desaparecen saldos. Apenas Jordi junior sale del juzgado viaja ordenando transferencias.

Esa agenda andorrana y su traducción, porque las agendas como los ordenadores se encriptan, podría guardar los últimos cinco años de parte de la Gran Corrupción catalana, pues al igual que no se concedían obras públicas o recalificaciones y deslocalizaciones sin su correspondiente mordida, un banquero corrupto tampoco se mueve sin su comisión. Y si el BPA en 2010 acogió a los Pujol expulsados del ANDBANC, tal como ellos mismos confiesan ante la Comisión Pujol, pagaron irremediablemente.

Esta semana la TV3 independentista nos deleita como siempre con sus mejoras estrellas, pero un tanto nerviosos, deshilvanados, peleándose por una frase de más o de menos, o si uno u otro no son lo suficientemente independentistas. Ignoro que pesa más en su nerviosismo, que las encuestas no les funcionen, o que lo de Andorra puede estallar en todo su esplendor antes del 27S, y el pringue salpique a diestro y siniestro. Repito, los Pujol no actuaban solos durante los últimos 35 años. Y es de advertir que el encubrimiento o silencio también es delito.

La intervención en los telediarios de este fin de semana de David Fernández de la CUP, presidente de la Comisión Pujol, mostrándose escéptico y pidiendo que se "concrete" esa hoja de ruta, y de Oriol Junqueras afirmando contundente que su partido está "absolutamente limpio de corrupción", merece concretarse.

David Fernández, diría el único independentista que aun reteniéndose ante Artur Mas en la Comisión Pujol, y cortando al PP y Ciutadans, en general no se muerte la lengua, demostrado en particular fustigando a Narcís Serra, muestra este fin de semana que no se fía de sus compañeros en ese tan turbulento viaje a Ítaca.


Y en cuanto a Oriol Junqueras y la Gran Corrupción de la que dice que su partido está "absolutamente limpio",  debería recordar el Tripartito y su Catalunya Caixa, a Carod Rovira, los cargos a cambio de silencio, la aguada Oposición de la que es jefe… los quebrados municipios, o la simple anécdota del consellé de Interior Jordi Ausàs de ERC, condenado por contrabando de tabaco desde Andorra, y etc…  



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