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Publicado un nuevo libro de casos Biopsicosociales para las profesiones del campo legal y forense.

 













La educación es el arma más poderosa que puedes utilizar para cambiar el mundo. Nelson Mandela.

Un nuevo libro que como los anteriores se sitúa en el paradigma de la innovación y de lacreatividad, adaptado al nuevo siglo.

Ya está en las librerías el nuevo libro de nuestro compañero y presidente del Movimiento Democrático de la Guardia Civil UMD historia –SUGC--,José Piñeiro, Docente, por vocación. Este nuevo libro forma parte de otros libros o volúmenes de la Biblioteca de Capacitación Profesional –BCP—ya publicados en su día dedicados a la formación permanente y continua dentro de los campos profesionales de diversos ámbitos. Ver enlace  Centro de Formación EIAFORMACIÓN

El nuevo volumen nos trae un resumen del campo Legal, Forense y pericial y nos aporta un nutrido número de casos prácticos diversos para que los profesionales que quieran dedicarse al mundo pericial, legal y forense puedan ilustrarse tomando ejemplo de los casos que el libro presenta y el formato que puede servir de base para que cada uno lo utilice para ir modelándolos en su práctica profesional a su estilo. Todo ello está basado en la experiencia y en la práctica diaria del autor ante los tribunales de justicia y ante la administración.

Cada libro del docente José Piñeiro, nos aportan un plus de mejora, de creatividad, y como nos dice el autor: Debemos repensar nuestro hacer profesional adentrarnos en los nuevos campos del conocimiento y hacer lo que otros no han hecho, pasar del pensamiento vulgar al pensamiento científico y de la creatividad, hablar de progreso y del cambio y no de las modas estáticas que nos sitúan en nuestra formas de confort, eso quiere decir que hay que perder el miedo, y dejar de hacer por imitación o aprendizaje vicario lo que se suponen hacen todos, que es lo mejor y lo que se debe hacer.

Es imprescindible aportar al campo legal o jurídico y en todos los ámbitos el método científico, se dice que los peritos son los ojos de los jueces, unos asesores especiales que aportan al campo legal y a sus profesionales, métodos para que de la ley pasemos a la justicia, en una palabra del discurso grandilocuente en los foros a la ciencia real.

El nuevo siglo, que es el de la mente y el de la Inteligencia Artificial, hace que sea obligatorio aprender a aprender y a desaprender a lo largo y ancho de toda la vida, hay que poner en alza el método científico y los medios electrónicos, ya no se puede ver para atrás, no hay otra solución, es pasar de la calidad a la excelencia y a lo que se denomina problemas cero, que es lo que pide nuestra sociedad, nuestros pacientes y nuestro clientes..

Es muy difícil hacerse entender o comunicar para que nos entiendan, nos dice, pero es imprescindible seguir haciéndolo porque los cambios son vertiginosos, lo que hoy sirve mañana no vale, cada día aparecen nuevas profesiones y nuevos profesionales, lo que hacen que otras pierdan su valor o necesidad y que nos obligue a la formación continua y permanente y sobre todo prepararse para las profesiones que todavía no existen pero que ya son una realidad que no quieren ver.

El libro se edita bajo el título: Casos Prácticos BioPsicoSociales, lo distribuye la editorial Mascato, pudiendo hacer los pedidos al correo josecarlosperiodista@gmail.com y al teléfono 986266151. Se inicia con una breve y simple descripción de los conceptos legales relacionados con los peritos, con los dictámenes periciales y se da una breve explicación de los conceptos, para terminar centrándose en los casos prácticos. Ver enlace, Oferta formativa Centro de Formación EIAFORMACIÓN

Para terminar Ya, El mundo y las profesiones están en cambio permanente, es imprescindible adaptarse  a las nuevas  realidades y  en la formación permanente y continua, ver con otros prismáticos y mirar con otros ojos, adentrarse en otras paradigmas y  realidades; el que no lo haga llegará tarde a todo. España y los profesionales tienen que darse cuenta que haciendo lo mismo que se viene haciendo nos hace perder todas los retos que nos presenta el nuevo mundo, y que la muerte será por agotamiento y por asfixia del propio mercado, que es soberano y elige a los mejores, aquellos que saben hacer se llamen como se llamen.

La profesión de Mediación Sí existe y está regulada. Una apuesta por el presente. Una figura invisible e indispensable.





Los mediadores y mediadoras ofrecen la confianza de ser expertos  en la resolución de los conflictos. 

Sólo si no ha sido posible la mediación, el litigio puede ser  una solución.
La persona mediadora actúa como tercero imparcial, aplicando técnicas de análisis de conflictos y de facilitación de la comunicación, es decir, establece puentes de comunicación entre los implicados. La mediación pretende incidir en la mejora de la convivencia y la cultura del diálogo y la paz.

La mediación es un derecho de los ciudadanos y ciudadanas de este país, deben saber que tienen derecho a exigirlo.

La mediación es el presente, las partes resuelven sus conflictos siendo los soberanos y autónomos en el mismo. Participan y deciden, antes de ir a un juzgado para que otros resuelvan por ellos.

Los profesionales de la mediación se rigen por una ley específica y tienen una formación específica supervisada por el Ministerio de Justicia. Tienen que estar inscritos en el Registro del Ministerio de Justicia de España y cumplir con unos requisitos legales regulados por ley.

El Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea adoptaron la Directiva sobre ciertos aspectos de la mediación en asuntos civiles y mercantiles que entró en vigor el 13 de junio de 2008 y que se compone de 14 artículos.

La  mediación no debe considerarse como una alternativa peor que el proceso judicial, por lo que los Estados miembros deben asegurar que las partes en un acuerdo escrito resultante de la mediación puedan hacer que su contenido tenga fuerza ejecutiva.

Los ciudadanos escogen a su mediador o mediadora, por lo que a lo largo del proceso de mediación puede cambiarlo, esto no es posible con los jueces a lo largo de un juicio.

Los acuerdos de mediación firmados por las partes tienen eficacia jurídica. Los acuerdos de mediación elevados a público ante notario, pueden ser ejecutados en los juzgados.

En la  mediación las partes, si así lo desean, pueden contar con otros profesionales o asesores de su confianza. Como norma procesal básica antes de dar iniciar un juicio, las partes deben intentar en un centro de mediación resolver libre y voluntariamente sus conflictos.

España tiene una larga tradición de mecanismos alternos de solución de controversias.

En materia de Responsabilidad de Menores, desde los años 90. Mediación penal:  Experiencias de determinados órganos judiciales y que han tenido el apoyo del Consejo General del Poder Judicial. Mediación familiar: experiencias en determinados juzgados y que asimismo han contado con el apoyo de los órganos directivos Judiciales. En cuanto a las Leyes promulgadas por las Comunidades Autónomas destacan: Valencia 2001, Cataluña 2001, País Vasco 2008, Madrid 2007, Andalucía 2009.Galicia, Desde 1983, se había creado todo un sistema de equipos psicosociales en los juzgados de familia como asesores de los jueces. Posteriormente, en el año 2001 se aprobó en Cataluña la Ley de Mediación Familiar que contempla la posibilidad de mediación voluntaria para evitar que se inicien procedimientos familiares en los juzgados de familia o finalizar los ya iniciados. Mediación en el ámbito del Derecho privado (Cataluña 2009). En fecha 12 de noviembre del año 2008, el pleno del consejo general del poder judicial, aprobó el plan de modernización de justicia con tendencia a incluir e impulsar la mediación civil y penal.

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