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El Supremo da el último paso para llevar a Garzón a juicio tras el verano

Rechaza el recurso de apelación del juez al considerar bien fundada la imputación por prevaricación.

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha despejado el último obstáculo para sentar al juez Baltasar Garzón en el banquillo de los acusados como presunto autor de un delito de prevaricación por querer investigar los crímenes del franquismo. Los cinco magistrados que la integran hicieron público ayer un auto fechado el pasado martes en el que desestiman el último recurso de apelación presentado por Garzón contra el auto de imputación dictado en febrero por el instructor de la causa, Luciano Varela.

Con este auto, según confirmaron a La Voz fuentes de la Sala de lo Penal, termina la fase de instrucción. El paso siguiente será la transformación de la causa en procedimiento abreviado y la apertura de juicio oral por el instructor. Esta decisión, que todos dan por segura, lleva aparejada, una vez en firme, la suspensión provisional y automática de sus funciones como magistrado, trámite que duraría al menos un mes.

El paso siguiente será dar traslado a las partes para que formulen sus respectivas calificaciones provisionales. La celebración del juicio oral, según las aludidas fuentes, tendrá lugar después de las vacaciones judiciales de verano. Es decir, como muy pronto, el próximo mes de septiembre.

El auto de la Sala de lo Penal, del que es ponente el magistrado Adolfo Prego -el mismo que lo fue de la admisión a trámite de la querella de Manos Limpias- empieza situando la cuestión planteada, es decir, la petición de sobreseimiento, en el ámbito procesal. Precisa que «lo que se impugna no es una sentencia condenatoria, sino un auto que deniega la petición de sobreseer la causa en la fase de instrucción sumarial». Añade que en esta fase «no se decide si hay responsabilidad penal, sino si se debe abrir o no el juicio oral».

Una vez delimitado el alcance de la resolución, la sala respalda de forma clara el trabajo del instructor de la causa. «Hacemos constar -afirman los cinco firmantes- que el auto recurrido contiene una muy técnica y bien construida motivación que explicita clara y razonablemente los fundamentos fácticos y jurídicos de la resolución».

Fundamentos

Asimismo, los magistrados aclaran que los fundamentos fácticos del delito continuado de prevaricación que se plantea en la querella «se obtienen en su práctica totalidad de los testimonios documentales de las actuaciones procesales en las que se encuentran las resoluciones que se dicen constitutivas de prevaricación. Los de derecho se integran por una síntesis completa de la doctrina jurisprudencial sobre el tipo de prevaricación judicial».

Las alegaciones formuladas por Garzón en su recurso de apelación, a juicio de la sala, son prematuras en esta fase del proceso porque «se sitúan en el planteamiento argumental propio de un enjuiciamiento por corresponderse con el fundamento de la condena o la absolución por el delito. Lo que aquí se cuestiona -precisan- es otra cosa: es única y exclusivamente si está o no justificada la existencia del proceso y más exactamente si lo está su mantenimiento, o sea, la continuación de su sustanciación, o si por el contrario carece ya de justificación y procede por ello su sobreseimiento». Concluyen que «esta es la cuestión decidida por el instructor al denegar el sobreseimiento y por ello la única que este tribunal ha de resolver en este trámite de apelación. Hemos de decir claramente -añaden- que los argumentos de impugnación que pudieran cuestionar los fundamentos fácticos y jurídicos de una hipotética condena por prevaricación no necesariamente se oponen ni desvirtúan los que bastan para justificar la sustanciación del proceso, que es de lo que aquí se trata».

Todas las resoluciones adoptadas hasta la fecha en esta causa lo han sido en contra de la Fiscalía del Tribunal Supremo, con lo que sentar a un juez en el banquillo solo con el respaldo de las acusaciones populares -Manos Limpias y Falange Española- constituye un hecho sin precedentes en la historia judicial española.

Además de esta querella por el intento de investigar los crímenes del franquismo, el Tribunal Supremo ha admitido otras dos más contra el magistrado Baltasar Garzón que siguen en fase de instrucción: una por el supuesto cobro de unos cursos impartidos en Nueva York, financiados por el Banco de Santander, y otra por haber autorizado escuchas telefónicas en la cárcel a presos del caso Gürtel con sus abogados

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