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Cantidad que les fue asignada en el ERE de 2008

Conocidos ex profesionales de RTVE demandan a la corporación por impago

Conocidos profesionales de la historia de RTVE como Andrés Aberasturi, Sebastián Álvaro, Quique Guasch o Emiliano de Pedraza, entre otros, han demandado a RTVE por impago de la indemnización que les fue asignada en el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) de 2008.

Según han explicado los letrados que defienden a este grupo de antiguos empleados de RTVE en el Expediente de Regulación de Empleo, se prevén dos tipos de indemnizaciones que se aplican en función de la edad del trabajador.

A los menores de 52 años se les abona de una sola vez una cantidad equivalente a 30 días de salario por cada año de antigüedad, con el límite de 24 mensualidades. A partir de esa edad los trabajadores afectados obligatoriamente percibirán una cantidad mensual hasta que alcancen la edad de jubilación.

Además, en este último caso, en el ERE se establece que durante el periodo que se esté recibiendo esa indemnización por despido de pago mensual la persona afectada no podrá prestar servicios para RTVE ni realizar actividades similares a las que desempeñaba antes en esa cadena.

A finales del pasado 2009 los demandantes recibieron una comunicación de la corporación por el que se les informa de que se les deja de abonar esa indemnización "porque en contra de lo previsto en el ERE están realizando actividades que vienen a incumplir esa prohibición de concurrencia".

Además, y en algunos casos, se les reclama la devolución de las cantidades que han percibido desde su cese en RTVE.

Frente a esta decisión, han presentado demanda de conciliación basada en dos motivos: el primero, que esa prohibición de concurrencia sería, a su juicio, ilegal, ya que para que tuviese validez se debería haber fijado una compensación económica "adecuada y diferenciada", y en este caso solo perciben la indemnización por su despido. Además, esa limitación de no concurrencia, según la normativa vigente, solo podrá tener una duración máxima de dos años.

En segundo lugar, niegan que estén realizando algún tipo de actividad remunerada, y precisan que se trataría "en el mejor de los supuestos" de meras colaboraciones discontinuas y no remuneradas.

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