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LOS AGENTES DE POLICÍA TENÍAN ORDEN DE PRACTICAR DETENCIONES

Rubalcaba calla y queda en evidencia ante los desmentidos del juez y la Fiscalía.

Rubalcaba calla y queda en evidencia ante los desmentidos del juez y la Fiscalía

El ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba (EFE).

@A. Mendoza/C. Guindal.- 08/07/2010 (06:00h)

El Ministerio del Interior guardó ayer silencio sobre las confusas circunstancias en que se detuvo el martes durante 12 horas al presidente de la Diputación de Alicante, José Joaquín Ripoll. Pese a que el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) y la Fiscalía contradijeron la versión aportada por la Policía y negaron haber ordenado las detenciones, Alfredo Pérez Rubalcaba no ofreció ayer ninguna explicación. Tampoco replicó al vicesecretario de Comunicación del PP, Esteban González Pons, que le acusó de poner en riesgo el Estado de Derecho y orquestar una operación “política y publicitaria” a favor del Gobierno.

El juez y la Fiscalía desmintieron ayer el comunicado oficial que la Policía había difundido el martes por la noche, tras protagonizar una rocambolesca operación en la que se detuvo a once personas en el marco del caso Brugal. Nadie quiso hacerse responsable de haber dado la orden de practicar las detenciones, ni de la espectacularidad del despliegue, ni de la extraña citación que recibió Ripoll para presentarse este jueves en el juzgado.

No obstante, fuentes del operativo aseguraron a este diario que los agentes de Policía tenían la orden nítida de detener a estas once personas, incluido el conocido empresario Enrique Ortiz. Y así se hizo, aunque no llegaron a ser trasladados a los calabozos. Pero estos arrestos no estuvieron avalados por el juez, ya que, según fuentes cercanas a la investigación, el magistrado encargado del caso no consideró oportuna la detención de ninguna persona en el marco de estas diligencias.

Las contradicciones comenzaron, pues, desde el mismo momento en que alguien dio la orden de proceder a los arrestos. La nota de prensa de Interior señalaba que el dispositivo estaba “dirigido por el Juzgado de Primera Instancia número tres de Orihuela y la Fiscalía contra la Corrupción”. Asimismo, indicaba que a los detenidos “se les imputan los delitos de cohecho, tráfico de influencias, prevaricación, fraude y encubrimiento”, y que debían comparecer ante el juez “en los próximos días”.

Sin embargo, el TSJCV aclaró ayer por dos veces que ni existe imputación judicial, ni cédula de citación alguna expedida por el juez o el secretario, ni resolución alguna que “de forma expresa ni aún tácita” ordenara “la detención de persona alguna”. Aunque el Tribunal recordó que “la Policía puede practicar una detención en cualquier momento si lo considera oportuno en el transcurso de una investigación”.

La Fiscalía sólo pidió que se “acompañara” a Ripoll

Por su parte, la Fiscalía confirmó este punto del comunicado del juez y aseguró que tampoco ordenó practicar detenciones, sino que se “acompañara” a quienes hubiera que tomar declaración.

Y para complicar todavía más el enredo, la Fiscalía rectificó al Tribunal precisando que sí existía una autorización judicial para llevar a cabo los registros y las detenciones. Se trata de un auto fechado el 1 de julio, dictado dentro de las diligencias 851/2007, en el que el titular del Juzgado autoriza los registros, ofreciendo direcciones concretas de domicilios y sedes, y la toma de declaraciones. Para ello, de acuerdo con el Ministerio Público, el auto permitía utilizar “las medidas necesarias” para llevar a cabo estas diligencias. Asimismo, autorizaba el traslado a la comisaría “como sea conveniente”.

Fuentes fiscales señalaron también que, según el Estatuto del Ministerio Fiscal, éste puede ordenar detenciones preventivas, aunque por regla general, únicamente se ejerce esta función cuando la causa aún no está en manos de un juez. Una vez queda judicializada, es éste el que se encarga y ordena todos los pasos a seguir. Un claro ejemplo son los dos últimos grandes casos de corrupción, el caso Gürtel y caso Pretoria.

En cuanto Anticorrupción tuvo los datos suficientes para inculpar a una serie de personas enviaron la causa a un juez, en este caso a Baltasar Garzón, entonces en la Audiencia Nacional. Fue él quien ordenó intervenciones telefónicas, registros y detenciones. En ningún caso lo hizo la Fiscalía. Desde el momento que la causa está en un órgano judicial, el Ministerio Público se convierte en ayudante del instructor.

Silencio en el Ministerio del Interior

Ante el silencio de los responsables políticos de Interior y la avalancha de informaciones que desmentían la versión oficial, un portavoz del Ministerio consultado por este diario insistió ayer en que la nota de prensa de la Policía era “correcta”, aunque matizó que cuando se hablaba de imputación de delitos no se hacía en un sentido técnico judicial o policial, sino como una suerte de atribución de delitos. Lo cierto es que el juez no fue informado hasta ayer por la tarde, casi 24 horas después de que Ripoll hubiera sido arrestado y citado a declarar. Y lo fue sólo de manera “verbal” y “no oficial”.

El Ministerio del Interior vendió la Operación Brugal como el desmantelamiento de una nueva red de empresas que, con el beneplácito del presidente de la Diputación Provincial y varios concejales, se dedicaban de defraudar y a la comisión de diversos delitos. La nota de la Policía era bien clara: “Detenidas once personas en una operación contra la corrupción”.

Pero después de tomarles declaración, la operación se desinfló. Se dejó a los detenidos en libertad y se les entregó una citación policial, que no judicial, para acudir a declarar al Juzgado. Cinco de ellos, incluido Ripoll lo harán este jueves y, el viernes, los otros seis. En esa citación no se les explica en calidad de qué deben presentarse. Es decir, desconocen si van como testigos o como imputados, y si necesitan abogado.

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