|
Reserva de nivelación para empresas de
reducida dimensión.
|
Una de las novedades del Impuesto de
Sociedades para el 2015 es la reserva de nivelación para empresas de reducida
dimensión. Ya anticipo que me parece una grandísima tontería, pero igual puede
ser interesante para alguien acogerse al sistema. Intentaré explicarlo de una
manera sencilla:
¿La reserva de nivelación es una reducción del Impuesto de
sociedades?
Sí... y no. Por eso digo yo que me
parece un sistema bastante tonto. De lo que se trata es de que a partir de la
declaración del Impuesto de Sociedades de 2015 (el que se presenta en 2016), se
puede reducir un 10% la base imponible positiva con un límite anual de un
millón de euros.
Reserva de nivelación o tontería
supina
Evidentemente al reducir un 10% la
base imponible, el importe a pagar se reduce proporcionalmente. Hasta ahí
parece algo interesante, pero no nos equivoquemos, no es una reducción de
impuestos... solo es un aplazamiento. De hecho la reducción no es definitiva y
la empresa deberá devolverla:
1. Si en los cinco
años siguientes la empresa está en pérdidas, deberá computar la reducción como
una mayor base imponible y compensarla con las bases negativas que se vayan
obteniendo.
2. Si no hay pérdidas
en ese plazo se tendrá que integrar el exceso en la base imponible del período
en el que finalice el plazo de los cinco años.
¿Para qué sirve la reserva de nivelación?
Lo cierto es que está pensada para
anticipar la compensación de bases imponibles negativas (ojo: hasta el 10% de
los beneficios obtenidos), pero algunos expertos recomiendan (yo desde luego no
lo recomiendo) aplicarla incluso si no está previsto tener pérdidas porque
supone un ahorro financiero.
Lo que yo pienso de la reserva de
nivelación
Es algo así como una merienda de
negros. Un nido de problemas futuros y de posibles sanciones ocultas por
divergencias de interpretación con Hacienda. ¿A cambio de qué? De nada. Si
hablamos del ahorro financiero, hay que tener en cuenta que se refieren al
hecho de que una parte del Impuesto de Sociedades de cinco años se va aplazando
sin intereses ni recargos, cierto, pero a los cinco años habrá que pagar lo que
corresponda de ese año, más los atrasos de los cinco años anteriores... ¿Nos
vendrá bien hacerlo entonces? ¿Y si, tras cinco años, se nos despista?
Creo que esto de la reserva de
nivelación lo han puesto de relleno como una gran mejora del Impuesto de
Sociedades y al final queda en nada. Que cada cuál haga lo que quiera o lo que
le aconseje su asesor de confianza, pero desde luego yo no lo voy a aplicar.
Ramón Cerdá