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FÉLIX MILLET Y JORDI MONTULL, CASO HACIENDA VS. CASO PALAU DE LA MÚSICA.

Rafael del Barco Carreras

Crecido en un país donde “quien no tiene padrinos no se bautiza”, y que la amigocracia y endogamia conforman y modelan la sociedad (los 400 de Millet), no entiendo muy bien la figura delictiva del “tráfico de influencias”, o su selección y uso. Para un civil, no funcionario o político, cualquier logro se basa en ese tráfico. El “para esto” vete a ver de mi parte a fulano, me sucedió tantas veces que lo entendí una obligación no un delito. Pero la Ley lo define alto y claro:

Definición de tráfico de influencias

Artículo 428 El funcionario público o autoridad que influyere en otro funcionario público o autoridad prevaliéndose del ejercicio de las facultades de su cargo o de cualquier otra situación derivada de su relación personal o jerárquica con éste o con otro funcionario o autoridad para conseguir una resolución que le pueda generar directa o indirectamente un beneficio económico para sí o para un tercero, incurrirá en las penas de prisión de seis meses a un año, multa del tanto al duplo del beneficio perseguido u obtenido, e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de tres a seis años. Si obtuviere el beneficio perseguido se impondrán las penas en su mitad superior. Artículo 429El particular que influyere en un funcionario público o autoridad prevaliéndose de cualquier situación derivada de su relación personal con éste o con otro funcionario público o autoridad para conseguir una resolución que le pueda generar, directa o indirectamente, un beneficio económico para sí o para un tercero, será castigado con las penas de prisión de seis meses a un año, y multa del tanto al duplo del beneficio perseguido u obtenido. Si obtuviere el beneficio perseguido se impondrán las penas en su mitad superior. Artículo 430Los que, ofreciéndose a realizar las conductas descritas en los artículos anteriores, solicitaren de terceros dádivas, presentes o cualquier otra remuneración, o aceptaren ofrecimiento o promesa, serán castigados con la pena de prisión de seis meses a un año. En cualquiera de los supuestos a que se refiere este artículo, la autoridad judicial podrá imponer también la suspensión de las actividades de la sociedad, empresa, organización o despacho y la clausura de sus dependencias abiertas al público por tiempo de seis meses a tres años. Artículo 431En todos los casos previstos en este capítulo y en el anterior, las dádivas, presentes o regalos caerán en decomiso.

Está claro, es un delito de dos, el “traficante” y el “influenciable o influenciado”. Y el delito, o se comete por dinero (soborno y prevaricación) o por lo muy común en un país tan corrupto como el nuestro, el “ hoy por mí mañana por ti” compensando “recalificaciones” y “subvenciones”. También se podría entrar en la “extorsión” o la tarifa fija que los corruptos tienen por concesión, que Pascual Maragall cifró en un bajísimo 3% para las obras públicas. Y si se excluye a alguien, en este caso Fiscalía solo pide prisión por el momento para el “traficante”, algo falla en la supuesta investigación del delito. Quizá se debería acusar directamente a componentes del PSE del Ayuntamiento de Jordi Hereu y de la Generalitat de Josep Montilla (los recalificadores), y como Fiscalía pertenece al PSOE… ¡pues eso!

Sucedió otro tanto en la recalificación del edificio de la Plaza de Cataluña comprado por el Corte Inglés y vendido por Enric Bernat de Chupa Chups, amigo personal de Jordi Pujol, que aparece en el juicio caso Hacienda, pendiente de sentencia. Si se tira de la manta de los talones y pagos bancarios en efectivo (obligación de identificar a quien cobre más de 500.000 pesetas) se hubiera alcanzado de lleno a algunos de los componentes del Gobierno Pujol y del Ayuntamiento de Pascual Maragall, recalificadores. Pues resulta que Fiscalía Anticorrupción argumentando que a los bancos les prescribió la obligación de entregar pruebas, FALSO, cargan el mochuelo el triste asesor fiscal de Jordi Pujol, Sánchez Carreté y su fabricado “amigo” el inspector Álvaro Pernas. Otro símil, la Clínica Teknon, con también Pascual Maragall de Alcalde y Jordi Pujol en la Generalitat. En este caso, además del empeño para su esposa y los millones de Javier de la Rosa, los vecinos denunciantes se encontraron enfrente con las extorsiones del juez Luis Pascual Estevill. Pero de “casos de recalificación” los hay a miles… toda la Costa y el “cinturón rojo” barcelonés. Y a propósito y de los propósitos socialistas y de Pascual Maragall en la alcaldía ver en imágenes más páginas de “Barcelona, ¿a dónde vas?” de Vázquez Montalbán y Eduard Moreno.

LA VANGUARDIA

“Una nueva querella de la fiscalía contra Millet salpica a Castells por el Hotel del Palau

El conseller firmó un convenio con Millet y Montull para facilitar la permuta que permitiera la construcción del inmueble sin tramitar los informes jurídicos previos y preceptivos | La querella la podría instruir un juez distinto a Juli Solaz | La Fiscalía pedirá que el juez cite como testigos a Castells, Bragado y Trias


Barcelona. (Agencias).- La Fiscalía ha presentado una querella por tráfico de influencias contra Fèlix Millet por la operación para construir el hotel del Palau de la Música, en la que se iba a embolsar una comisión de 3'6 millones de euros, gracias a un convenio firmado con el conseller de Economia, Antoni Castells.


La querella, a la que ha tenido acceso Efe, señala que Fèlix Millet y su mano derecha Jordi Montull se aprovecharon de sus "relaciones personales" con Castells para conseguir un convenio que facilitara la permuta urbanística necesaria para la construcción del hotel y el compromiso de la Generalitat de recalificar las fincas donde un promotor privado iba a edificarlo, aunque el proyecto quedó detenido al estallar el escándalo por el desvío de fondos”

O sea, no veo claro que pillado con las manos en la masa y confeso ladrón y estafador, no dicten prisión, y ahora por un delito FRUSTRADO en comparación mucho menor, lo encarcelen. Es lógico que pretendiera un hotel de lujo enfrente del durante 30 años su “negocio”, el Palau de la Música, y hasta que visitara a consellers y vicealcaldes. O ni siquiera los visitara, en uno de tantos selectos conciertos subvencionados aparecerían por el Palau de la Música. Recuerdo muchas versiones, con orquestas y sinfónicas completas, del Segadors, el Cant de la Senyera, els ocellets, y la Monserrat Caballé o Josep Carreras (a Alfredo Kraus no le gustaba el ambiente) con a buen seguro solo selectos “invitados” llenando el pequeño aforo.

Y yo cuando no entiendo estas cosas de la JUSTICIA y FISCALÍA, que es siempre en que los poderosos y políticos caen de lleno, deduzco que las varias varas de medir entran en acción, y por lo tanto la GRAN CORRUPCIÓN. Repito, tras cada caso de corrupción político-económica, con muchos millones por el medio, se inicia la JUDICIAL, y en esa premisa se incluyen abogados, policías, fiscales, secretarios o jueces.

Presumo estamos ante otro caso hacia la eternidad, diez o veinte años, ¡Ojalá me equivoque! Quisiera asistir al juicio, y comentar en mi blog, pues entre los testigos o acusados aparecerán nombres ya citados en www.lagrancorrupcion.blogspot.com. A Millet y Montull les dictarán fianza. Digo yo, utilizarán esas “influencias” del silencio, el compadreo, la advertencia, y no alcanzarán mis TRES AÑOS DE PRISIÓN PREVENTIVA, porque a Narcís Serra, Pascual Maragall y sus “socios o asociados” de partido o partida les interesaba “extorsionar” a Javier de la Rosa, y además tenían influencias, Poder y Dinero, infinitamente más que yo.

¿O tendré la suerte que unas elecciones libres y abiertas barra a la chusma política y la Justicia se convierta en “igual para todos”? ¡Soy un empedernido ingenuo y “sumia truitas”!

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