Una reforma de los autónomos sin pena ni gloria. Nuestra clase política no se entera, un análisis del derecho comparado se enterarían de cómo circulan las cosas, estos padres de la patria como no responden de nada siguen igual, sumiendo a España en el caos mientras se llenan los bolsillos.
La Cámara Alta ha aprobado por unanimidad
la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo este
miércoles, que entrará en vigor al día siguiente de publicarse en el Boletín
Oficial del Estado (BOE), pese a que no lo harán todas las medidas, ya que
algunas no estarán disponibles hasta el 1 de enero de 2018. El Pleno ha
dado el visto bueno a la ley con 239 votos a favor, ninguno en contra ni
abstenciones y sin introducir ninguna de las 68 enmiendas presentadas, por lo
que la normativa queda aprobada de manera definitiva sin necesidad de volver al
Congreso de los Diputados.
Entre las medidas que entrarán en vigor a
principios de año están la de ampliar la tarifa plana de 50 euros a un
año para nuevos autónomos, el aumento de las bonificaciones de la
tarifa plana hasta los 24 meses (los seis meses siguientes a los doce
de la tarifa de 50 euros, se bonifica al 50% y los últimos seis al 30%) o
la reducción de los recargos por retraso en los pagos a la Seguridad
social a la mitad.
También tendrán que esperar a principios de
año para la reducción de un 30% de los gastos en suministros, para obtener la
deducción de 26,67 euros diarios en el IRPF por gasto en comida o para pagar
únicamente desde el día efectivo que se dan de alta o de baja en el Régimen
Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
Se amplía la tarifa plana de 50 euros y se
fijan desgravaciones por gastos de manutención.
Desde la oposición, la mayoría de los
representantes políticos en el Senado han asegurado que este es "un
avance pero escaso", porque "no analiza los problemas de
fondo". También han criticado que no se haya aceptado ninguna enmienda
que mejorase el texto.
La iniciativa, que fue aprobada por el
Congreso pasado 29 de junio y llevada a la Cámara por Ciudadanos, amplía
las bonificaciones en el abono de las cuotas, extendiendo hasta un año la
tarifa plana de 50 euros --o una reducción del 80% de una cuota superior-- para
nuevas altas o reincorporaciones con un espacio mínimo de dos años, aumenta las
deducciones y la flexibilidad a la hora de darse de alta y baja en el régimen
de trabajo por cuenta propia.
Así, los autónomos podrán cambiar de base
cuatro veces al año en lugar de las dos actuales y las bajas y altas en el RETA
se podrían realizar hasta tres veces al año, siendo efectivas en el día
realizado. De esta forma, únicamente se pagará la cuota de los días en
los que el autónomo esté dado de alta y no el mes completo.
Bajas y descuentos por maternidad
Varias de las medidas incluidas en la ley
suponen un aumento de la protección social de los autónomos,
extendiendo las bonificaciones del 100% de la base de cotización para los
autónomos durante las bajas de maternidad, paternidad, adopción, acogida y
riesgo durante el embarazo o lactancia, sin necesidad de que tenga que ser
sustituido por otro trabajador. Asimismo, esta bonificación será
compatible con las bonificaciones aplicables a los contratos con personas
desempleadas que sustituyan a trabajadores autónomos durante estos períodos de
descanso.
Para las mujeres que hayan cesado su
actividad y vuelvan tras la baja de maternidad, adopción, guarda,
acogida o tutela, la tarifa de cotización será de 50 euros al mes durante
el primer año o una bonificación del 80% sobre la cuota por contingencias
comunes en los supuestos de que tengan otras bases de cotización. Asimismo, la
edad del menor cuyo cuidado da derecho a bonificaciones se eleva de 7 a 12
años.
Por otro lado, se amplia la cobertura de las
contingencias profesionales para los accidentes 'in itinere' y la participación
de los trabajadores autónomos en programas de formación e información respecto
a la prevención de riesgos laborales.
Además, también permite la compatibilización
del trabajo y el cobro del 100% de la pensión siempre que el autónomo tenga
contratado, como mínimo, a otro trabajador por cuenta ajena.
Deducciones en gastos de suministro y
manutención
La ley también establece deducciones
para losgastos de suministros de agua, luz, electricidad y telefonía cuando
el autónomo trabaja desde su casa, concretamente del 30%.
Asimismo, también se establecen deducciones
para la manutención de hasta 26,67 euros diarios cuando estos pagos se
realicen de forma electrónica en establecimientos de hostelería y restauración,
48,08 euros diarios en el caso de que sea en el extranjero.
Más bonificaciones, pero a costa de los
presupuestos
En el acuerdo también incluye la ampliación
del período por el cual los descuentos de la tarifa plana corren a cargo de los
Presupuestos Generales del Estado. Si el Estado asumía seis meses de la tarifa
plana, ahora pasa a asumir el coste de todo un año de esta tarifa
reducida de 50 euros.
A propuesta del PNV, los grupos acordaron que
en el plazo máximo de cuatro años todas las exenciones y reducciones se
conviertan en bonificaciones y, por tanto, políticas activas de empleo,
pudiendo ser gestionadas por las comunidades autónomas que tienen competencia
en las mismas, entre ellas el País Vasco.
Las medidas, que suponen un coste adicional
para las arcas públicas, están a expensas de que se desbloqueen los
Presupuestos de 2018
Además, en el caso de que un antiguo autónomo
vuelva a darse de alta podrá acogerse a estas reducciones a la cotización a los
dos años --anteriormente estaba fijado en cinco años--, aunque para los que ya
hayan disfrutado de bonificaciones se fija un período de tres años.
Asimismo, también se clarifica la
obligatoriedad de darse de alta para aquellos trabajadores con ingresos bajos y
que no superen en el cómputo anual el Salario Mínimo Interprofesional,
así como la puesta en marcha de una cotización especial para autónomos a tiempo
parcial, así como la jubilación parcial. Todas estas cuestiones deberán
definirse en la Subcomisión para el Estudio del RETA.
Contratación de familiares y discapacidad
Por otro lado, se refuerza la figura del
familiar colaborador, se amplían las bonificaciones en las cuotas a la
Seguridad Social por la contratación de familiares por parte
de los trabajadores autónomos y se reduce el grado de discapacidad de
los hijos de un trabajador autónomo mayor de 30 años para el acceso de ayudas,
con incentivos para que éstos puedan ser contratados como trabajadores por
cuenta ajena.
Por último, también se flexibilizan las altas
y las bajas, con posibilidad de hasta tres altas y bajas en el régimen cada año
y se agiliza el sistema de reintegro de parte de la cotización ingresada de más
en caso de cese de actividad antes de finalizar el mes.
También la base mínima de cotización para los
autónomos que cuenten con diez o más trabajadores contratados será fijada
específicamente cada año en la ley de Presupuestos Generales del Estado, en vez
de estar vinculada a la base de cotización de los trabajadores del Régimen
General.
Entidad
Integral E.I.A. Consultoría-Asesoría