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Niégate a declarar ante la Policía si eres detenido

Niégate a declarar ante la Policía; al menos mientras no hayas hablado en privado con tu abogado, o en su defecto con uno de oficio. Hace siete años ya publiqué una entrada sobre este tema en el blog, entrada que sigue vigente y que continúa recibiendo numerosas visitas y consultas.

Si has sido detenido, niégate a declarar ante la Policía

#Niégate a declarar ante la Policía
Niégate a declarar ante la Policía. Las cárceles están llenas de imprudentes.
Algunos de los cambios que han entrado en vigor a finales del pasado año 2015 y que son de gran interés son los siguientes:

1.- Derecho del abogado a acceder al atestado y poder así impugnar la legalidad de la detención

Con anterioridad a la reforma, los abogados no tenían acceso al atestado mientras el expediente no estuviese en el juzgado.
¿Qué es el atestado?
Documento en el que se relatan los hechos por los que se acusa al detenido. Lo absurdo es que cuando no se tiene acceso a esto, detenido y abogado pueden desconocer las verdaderas causas de la detención, motivo por el cuál no resulta apropiado declarar. Así y todo, el atestado puede no ser precisamente un documento lo bastante clarificador y estar lleno de generalidades, por lo que yo sigo pensando que lo mejor siempre es: Niégate a declarar ante la Policía y pide que te pongan a disposición judicial. Ya tendrás ocasión de declarar ante el juez.

2.- Tienes derecho a entrevistarte de manera reservada y confidencial con tu abogado

No te dejes presionar ni contestes a nada sin previamente haber hablado con tu abogado.

3.- Resumen de derechos

a) Deben informarte de la causa de la detención. Lamentablemente la tendencia ha sido siempre la de nombrar delitos genéricos, como que se te detiene por blanqueo de capitales, o por estafa, o por asociación ilícita, o por delito fiscal... Pero no dicen de qué estafa se trata ni a quién se supone que has estafado, ni si hay alguna sociedad relacionada, o quién te ha denunciado... O sea, que si has cometido una estafa u otro delito puede que sepas de qué va el asunto, pero si no la has cometido, de poco te servirá este derecho. Con la nueva reforma parece ser que están obligados a informar de ello con un grado de detalle suficiente que permita la defensa. Faltará ver cómo lo aplican. Estoy seguro de que intentarán ser lo menos transparentes posible.
b) Deberán informar del plazo máximo de detención, que si no ha cambiado, seguirán siendo las 72 horas de costumbre.
c) Lectura de derechos:
1.    Guardar silencio, no declarar o contestar solo las preguntas que desee; a no declarar contra sí mismo y a no confesarse culpable.
2.    Designar abogado y a entrevistarse confidencialmente con él, incluso antes de prestar declaración.
3.    Acceder al atestado para poder impugnar la legalidad de la detención.
4.    Que se ponga en conocimiento del familiar o persona que desee, el hecho de la detención y el lugar de custodia. Si fuera extranjera, que se comunique a la Oficina Consular de su país.
5.    Hablar por teléfono con una persona que desee, en presencia de funcionario. Sinceramente no sé si esto forma parte de las novedades porque lo cierto es que hasta ahora no te daban esa opción.
6.    Ser reconocido por el médico forense.
7.    Solicitar asistencia jurídica gratuita, procedimiento para hacerlo y condiciones para obtenerla.
Con cambios o sin cambios, mi consejo sigue siendo el mismo:
Niégate a declarar ante la Policía
¿Por qué soy tan categórico?
Lo primero que has de tener en cuenta si has sido detenido es que si declaras ante la Policía, eso no te exime de declarar ante el juez. O sea, que tendrás que declarar dos veces y los nervios juegan malas pasadas. Puedes entrar en contradicciones innecesarias provocadas por las fuertes presiones policiales. Ojo: entrar en contradicciones no es lo mismo que ser culpable, pero el criterio policial sí es ese.
Si te dicen que tu abogado no ha podido ir o cualquier otra cosa... no te lo creas aunque te lo digan de buen rollo, y menos si lo hacen con amenazas. Solo intentan hacerte hablar sin la presencia de tu abogado. Eso no te aporta nada bueno en ningún caso.
Es posible que te amenacen con retenerte más tiempo si te niegas a declarar. Eso puede ser cierto en algunos casos, pero ten en cuenta que de ninguna manera te pueden retener más de 72 horas, y si te prometen llevarte ante el juez de manera inmediata si declaras, tampoco tienes ningún motivo para creértelo.
Ramón Cerdá

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