La anulación de las cláusulas suelo debe
ser retroactiva
by Ramón
Cerdá
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¿Por qué la anulación de las cláusulas suelo debe ser
retroactiva?
Me parece más que evidente porque es de lógica (además de que
creo que jurídicamente es así) que si una cláusula se anula, es como si no
hubiera existido y, por lo tanto, todos los efectos (negativos o positivos) que
haya tenido durante su existencia contractual, deberían ser igualmente
anulados. Pero no es eso lo que fallaron los tribunales, vale que le dieron la
razón a los consumidores, vale que obligaron al banco a la devolución de
ciertas cantidades... ¿Pero por qué no de todo lo cobrado irregularmente? Es
evidente que, según los propios tribunales admiten, ha habido un
enriquecimiento indebido de los bancos... ¿Por qué no exigir que devuelvan la
totalidad de lo cobrado?
Lo que ya comenté yo (y otros muchos), ahora lo dicen desde
Europa... ¿Les harán caso?
Ha sido la Comisión Europea la que ha emitido un informe que
hace trizas la sentencia del Tribunal Supremo que fue quien condenó a varios
bancos a devolver las cláusulas suelo desde mayo de 2013. En Europa entienden
que se debe reintegrar la totalidad desde el inicio del crédito, por lo ya
dicho, porque si una cláusula se anula, se ha de anular desde el principio, no
a partir de una fecha determinada.
Dicen en Bruselas: «... el cese en el
uso de una determinada cláusula declarada nula por abusiva, como consecuencia
de una acción individual ejercitada por un consumidor, no es compatible con una
limitación de los efectos de dicha nulidad, salvo que dicha limitación sea
necesaria para preservar el principio de cosa juzgada»; “«... no es
posible que los tribunales nacionales puedan moderar la devolución de las
cantidades que ya ha pagado el consumidor en aplicación de una cláusula
declarada nula desde el origen por defecto de información y/o transparencia».
Ramón Cerdá