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LA POLÍTICA ANDALUZA Y LOS PRESOS CATALANES

LA POLÍTICA ANDALUZA Y LOS PRESOS CATALANES

Rafael del Barco Carreras

Barcelona 8-1-2019. La Política en Andalucía resta portadas al independentismo catalán. El pacto de gobierno supera la discusión sobre la ley de violencia de género andaluza. Andalucía completa la matraca de Quim Torra agotando su ridículo y peligroso repertorio. El techo de cualquier fanatismo metido en el terrorismo callejero colapsando ciudades y autopistas. Un techo que si se traspasa poco menos se declara una guerra, o se crea una ETA catalana. Injustificable por muchas deficiencias en infraestructuras o insistidas tiranías del Estado Central. Presumo significaría el final del llamado PROCÉS, y hasta de esa República Catalana en Waterloo.

El discurso independentista en un callejón sin salida. Y Andalucía señala la existencia de VOX y la Derecha que de nuevo sin duda aplicaría el 155 en Cataluña. CIUDADANOS en Hacienda y PP en Economía. Imaginar a CS en la consejería de Oriol Junqueras, de donde han salido parte de las pruebas de la 'malversación', digo debe provocar sarpullidos en Lladoners. Es decir no tienen más remedio que 'dialogar' con Pedro Sánchez, o sea ceder en la 'gobernabilidad'.

Otra ironía que la derrota andaluza del PSOE acaba en victoria para Sánchez, que embrida a los rebeldes y les obliga a sus dictados. Y si a Pujol 'gobernabilizar' se le dió bien, o bien a su bolsillo, los actuales profesionales de la independencia mínimo defenderán los mejores sueldos de España a través de las masivas entregas de dinero a cargo del FLA o FFF. Y acaso algún problemático 3% en nuevas infraestructuras. La cabra tira al monte y el dinero negro es indispensable en la tortuosa Cataluña con tres governs; el del Quim, otro en Lladoners, y la República de Puigdemont. 

Muy problemática la situación de los presos por 'malversación y rebelión o sedición'. Que Pedro Sánchez pudiera meter la cuchara en un tema judicializado en teoría a cargo de los jueces no nos cabe duda, pues insisto que la interrelación de los poderes Legislativo, Ejecutivo, y Judicial, le reserva mucho juego. Y así lo creen los propios presos que conocen bien la condescendencia de algunos jueces y sus relaciones con el independentismo en la Audiencia de Barcelona. La propia juez decana se muestra muy propìcia. Unos ascensos en Madrid facilitaría el cambio de criterios.

Intrigante situación donde la mayoría de catalanes algo perderán, aunque sea en dignidad por no sentirse representados en Cataluña. ¡Y los pensionistas piden en Bilbao un mínimo de 1.080 euros! 

ARCO IRIS pide que se aclare quien descontaminará Alcoa.

Las últimas declaraciones del propio Comité de Empresa de Alcoa acerca del elevado importe que supondrá descontaminar la bomba en potencia que supone Alcoa, debería impulsar a la Xunta de Galicia y al propio Ministerio de Industria a realizar un informe acerca de a quién debería corresponder pagar la factura de sanear el espacio que dejará la muntinacional en caso de cierre indefinido. Un caso particular, como muestra lo constituye la actuación de SEPES, (Sociedad estatal de Promoción y Equipamiento de Suelo, en 1989, en el municipio de Curtis, La Coruña), donde la factoría SIDEGASA, había dejado casi 20 ha de suelos contaminados. La restauración ambiental de ese espacio, para su reutilización en un polígono industrial, requirió, entre otras muchas actuaciones, una compleja técnica de impermeabilización y un aporte de un metro de espesor de tierra vegetal, base para elfuturo tratamiento de restauración de base herbácea y arbustiva, (SEPES, 2004). Esa actuación supuso muchos años de trabajos y una cuantiosa inversión. Once años después del cierre de Sidegasa, una pregunta del diputado Merino Mejuto, en el Parlamento de Galicia, dejó de manifiesto que la inoperancia del SEPES para descontaminar la parcela de Sidegasa estaba poniendo en peligro la implantación de nuevas industrias. Cabe recordar que todo el proceso del cierre de Sidegasa fué especialmente convulso y dió lugar a todo tipo de informaciones acerca del destino de la maquinaria de laminado en frío.
        ARCO IRIS agradece en lo que vale a la plantilla que se reconozca ahora que Alcoa era uno de los focos más contaminantes de la comarca, con unas emisiones de monóxido de carbono superiores a 6.500 toneladas en 2017, muy por encima de otros complejos industriales, como Repsol o Megasa.
       El monóxido de carbono emitido por Alcoa, producto de una combustión incompleta fruto de un proceso industrial obsoleto, es un gas inestable mucho más peligroso que el dióxido de carbono y gravemente tóxico para la población. Alcoa ha estado envenenando a los coruñeses demasiados años como para pretender que su permanencia se garantice en las actuales circunstancias. Por todo ello, ARCO IRIS invita a todas las partes implicadas a hacer un sereno ejercicio de reflexión acerca de la viabilidad económica de un nuevo complejo más sostenible dedicado a otra actividad industrial y con un control exhaustivo y permanente de sus emisiones, cosa que ahora no sucede.


El Xornal de Rafael Alvaro Millán Calenti (Letrado de Sanidad y profesor de la USC) publica datos judiciales y personales de un Juzgado de Santiago sin autorización de los implicados.

El titular del citado Xornal es la Federación Gallega de Karate quien se desmarca de cualquier actividad en su nombre y afirma desconocer o tener ningún tipo de relación con el citado Xornal de Rafael Alvaro Millán Calenti. letrado de la Consellería de Sanidad - Sergas y profesor asociado de la Universidad de Santiago. El perjudicado por la publicación ha presentado denuncia ante la Agencia Española de Protección de datos por sugerencia de la UE que le invita a dirigirse a la Sra María del Mar España Martí como Director of the Spanish Data Protection Agency y responsable de las denuncias en España.


“CUENTA ÚNICA” Y COMPETENCIA EN LA UE

Más de un 30% de Administradores de comunidades en régimen de propiedad horizontal “aplican el sistema de «cuenta única», consistente en que todas las administradas, entre decenas y varios cientos, operan a través de la cuenta bancaria del profesional, donde tienen lugar ingresos y pagos. Dicha práctica comporta graves perjuicios”.
“Constituyen conductas de explotación abusiva, (i) apropiación del interés devengado por los depósitos; (ii) desviación de esos fondos a comunidades deficitarias, sin conocimiento de los aportantes, asociado al incumplimiento del límite anual por gasto extraordinario; (iii) disposición para uso particular, en compra de carteras de comunidades –retroalimenta la posición dominante–, especulación inmobiliaria o financiera; y (iv) elusión de controles de la gestión.
Las empresas que se sirven de cuenta única, debido a las ilícitas ventajas inherentes, registran un tamaño, volumen de negocio (número de comunidades administradas, magnitud) y expansión muy superiores a las que no lo utilizan, con el resultado de restringir la competencia vía economías de escala, tanto en la entrada al mercado (costes de establecimiento) como a su permanencia, además de generar competencia desleal.
Esta práctica afecta al mercado interior, siendo el nacional parte sustancial del mismo, pero también por la repercusión directa sobre ciudadanos de Estados miembros de la Unión Europea residentes en España, 1.777.989 (36), hogares donde la vivienda en propiedad alcanza el 41,7% (37).”
La denuncia ante Competencia de la Comisión Europea, registrada el 9 noviembre 2018, considera que la cuenta única, prima facie, vulnera la competencia en el mercado interior al infringir los arts. 101 y 102 TFUE.
Éstas son las horas a las que debes comer si quieres adelgazar

·         ELENA SANZ 11 nov. 2018 01:40



¿Qué instrumento de medida deberías tener siempre a mano cuando te propones perder peso? Si lo primero que se te ha venido a la cabeza es la báscula, te equivocas. Hablamos del reloj. Porque decidir a qué hora comes es más importante que andar pesando ingredientes y sumando calorías. Es más, basta cambiar la hora del desayuno y la cena para causar estragos en tus depósitos de grasa corporal.

Para demostrarlo, Jonathan Johnston y sus colegas de la Universidad de Surrey (Reino Unido) diseñaron un estudio piloto con nueve adultos con un peso estable y sin problemas médicos importantes. La única pauta dietética que les dieron fue retrasar su desayuno una hora y media, y adelantar la hora de cenar otros 90 minutos durante más de dos meses. Una medida que en la jerga se conoce como restricción de horarios de alimentación (TRF por sus siglas en inglés). Por lo demás, podían comer lo que quisieran.

CENAR TEMPRANO

"La mayoría de los estudios acerca de los efectos de la TRF están limitados a períodos cortos, o a cambios espontáneos en la ingesta, como los que se llevan a cabo durante el Ramadán -el mes de ayuno de los musulmanes-", explican los investigadores en la revista Journal of Nutrictional Science. "Nuestro estudio se alarga durante 10 semanas, para averiguar si reducir la ventana de ingesta de comida provoca cambios fisiológicos de peso a largo plazo", añaden.
Y la respuesta es un sí rotundo. En comparación con sujetos control que comieron lo mismo sin limitaciones horarias, los individuos sometidos a TRF perdieron peso, redujeron grasa y rebajaron el consumo calórico. Con un efecto secundario importante: le paraban los pies a la obesidad, la diabetes y otros problemas metabólicos derivados del exceso de grasa corporal. La noticia no supone una gran sorpresa. Mucho antes de que apareciera la disciplina conocida como crononutrición, el refranero español advertía: Más vale un No-cena, que cien Avi-cenas, y también Cena temprano y vivirás sano. Sólo que hasta ahora no se había cuantificado cuánto exactamente convenía adelantar la última comida del día en humanos.
Sobre los efectos de restringir la ingesta de alimentos a ciertas horas al día también hay algunos estudios interesantes en ratones. Sin ir más lejos, otro experimento reciente realizado desde el Instituto de Estudios Biológicos Salk revela que, consumiendo una dieta rica en grasas pero sólo en una ventana de 10 horas diarias (y ayunando las 14 restantes), los roedores no sólo evitan la obesidad y cuidan la línea. Además, su hígado se mantenía más saludable, sorteaban la diabetes, mantenían a raya el colesterol y los niveles de inflamación en su cuerpo caían drásticamente.
Para colmo, en otros ensayos previos, los mismos investigadores ya habían comprobado que reduciendo a nueve horas el tiempo de ingesta de alimentos, la masa muscular resultaba ser más magra, y aumentaban su resistencia al ejercicio aeróbico, duplicando su capacidad de correr. Por el contrario, la misma dieta sin restricciones horarias deterioraba la salud de los animales y llenaba sus peludos cuerpos de lorzas.
Los investigadores del Instituto Salk manejaban ventanas de 14:10 (14 horas de ayuno, 10 horas de ingesta) y 15:9. Pero los científicos barajan otras combinaciones. Por ejemplo, una dieta 16:8 (16 horas de ayuno y 8 para comer libremente, similar a la del mes del Ramadán) reduce los problemas cardiovasculares y la tensión arterial en ambos sexos, así como la incidencia de cáncer de mama en las féminas. Con menos cáncer y menos cardiopatías, la esperanza de vida se alarga.

REPARACIÓN DE TEJIDOS

Desde el punto de vista científico tiene bastante sentido. Comer interfiere en la regulación del reloj circadiano y en la expresión de muchos genes. Sin momentos de ayuno estricto, no permitimos que el metabolismo se regule correctamente. Entre otras cosas porque comiendo a todas horas no se activa el complejo enzimático AMPK, encargado de regular el balance energético y el consumo de calorías, así como de poner en marcha la reparación de tejidos. Lo que es más, el AMPK mantiene la salud cardíaca y le pone la zancadilla al cáncer, dificultando el avance de los tumores. Razones de más para dejarlo trabajar.
Ante semejantes evidencias, ¿podemos decir que la dieta TRF ha llegado para quedarse? No está tan claro. Cuando Jonathan Johnston y sus compañeros les preguntaron a los participantes si serían capaces de mantener la dieta de las 10 semanas de por vida, la mayoría respondió que por su parte no había ningún problema, pero que resultaba absolutamente "incompatible con la vida familiar y social".

"Deberíamos intentar diseñar otro plan más flexible que todo el mundo pudiese adoptar", reflexiona Johnston. Eso, o cambiar las pautas alimentarias de una sociedad entera.

Los jueces admiten la pérdida de apoyo social: "Nos quieren cortar el cuello a todos"

·         MARISA RECUERO Madrid 11-11-2018


El presidente del CGPJ y del Supremo, Carlos Lesmes, en un acto en el Tribunal Militar Central. Ángel Díaz EFE
«El Poder Judicial está sufriendo una crisis que está demostrando la fragilidad del sistema». Claro, conciso y directo. He aquí las palabras de Raimundo Prado Bernabéu, magistrado y portavoz de la Asociación de Jueces y Magistrados Francisco de Vitoria (AJFV), la segunda más numerosa entre las cuatro asociaciones que existen en el colectivo jurisdiccional, con 865 afiliados.

En pleno debate sobre quiénes serán los 12 magistrados y ocho juristas que se sienten en el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) durante los próximos cinco años, y quién será el presidente de este órgano de los jueces, los profesionales de la Justicia española manifiestan su preocupación por el «descrédito» que «la torpeza» del presidente de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, Luis María Díez-Picazo, cometió con la reciente sentencia relativa a los impuestos de las hipotecas.
«Me entristece que la sociedad nos quiera cortar el cuello a todos porque la Sala Tercera del Supremo haya montado este circo. Es injusto». Celso Rodríguez Padrón, magistrado de la Audiencia Provincial de Madrid y portavoz de la Asociación Profesional de la Magistratura (APM) -la más numerosa, con más de 1.300 afiliados-, no se muerde la lengua al asegurar que los jueces españoles se sienten «injustamente considerados por la sociedad».
«No puede extrapolarse el resultado de un asunto concreto a la credibilidad que merece la carrera judicial en su conjunto», prosigue, sin pasar por alto que los tribunales españoles resolvieron más de seis millones de casos en 2017. «No se puede caer en una descalificación global de la Justicia», advierte este magistrado, que es de los que defiende que «no hay ninguna injerencia espúrea» en el Poder Judicial y que «en España, la Justicia no tiene ningún problema de independencia». «Es una realidad y pongo la mano en el fuego», sentencia, pese a que reconoce, no obstante, que existe «desconfianza por parte de la sociedad por el menoscabo que causa la independencia judicial» debido a la manera en que se designa a los vocales del CGPJ y al presidente.
Para el portavoz de la asociación mayoritaria de jueces y magistrados, «la credibilidad del sistema judicial se resiente», pero no por casos como la sentencia de las hipotecas o la independencia, sino por «la lentitud de la respuesta al ciudadano». «La Justicia española es tardía» y «hay descontento por parte de la sociedad hacia nosotros».

Sin embargo, hay magistrados que sí consideran que «existe un descaro político» en la elección de los vocales del órgano de los jueces y que éstos no acceden por pertener a una asociación, sino por amistad. «Ahí entra el que es amigo del político. Y eso es vergonzoso», reconoce Raimundo Prado, a menos de un día de que concluya el plazo para presentar a los candidatos.
Este magistrado, que desempeña su trabajo en el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, tiene claro que en España hay dos grupos de jueces. «Los que cumplimos con nuestro trabajo, tenemos nuestra vida, somos gente normal en todos los sentidos, pero nos dedicamos a un trabajo difícil» y «un sector que está compuesto por muy pocos jueces y que la gente confunde con lo que es la Justicia». Es este grupo el que «hace que la sociedad crea que somos de un partido o de otro», señala el portavoz de la AJFV.
En esta misma línea se pronuncia Ignacio González, magistrado del Juzgado de lo Penal número 20 de Madrid y portavoz de Juezas y Jueces para la Democracia (JJpD), la tercera asociación más numerosa, con entorno a 500 afiliados. «Hay una Justicia para ricos y otra para el resto de los ciudadanos», manifiesta con rotundidad.
Este magistrado también es de los que piensa que la Justicia está desacreditada, pero por casos como el ocurrido en el Alto Tribunal con la sentencia de las hipotecas. «La mala gestión que se ha hecho sobre este asunto hace que planee en la sociedad la sospecha de que los poderes económicos influyen en las decisiones del Supremo y por tanto en la Justicia». Para González, la desconfianza de los ciudadanos hacia el Poder Judicial crece «a pasos agigantados» y «el sistema de elección de los vocales del CGPJ no es la panacea a los problemas que presenta la Justicia».
«Hay jueces, con cargos importantes y de diferentes asociaciones y tendencias ideológicas, que opinan lo mismo que yo. Estamos preocupados», reconoce el portavoz de JJpD, que no pasa por alto que los profesionales judiciales se enfrentan a un escenario en el que «junto al descrédito de la clase política está el de los jueces». «Tenemos la función de controlar los abusos del poder y garantizar los derechos de los ciudadanos», defiende.
«Llevo 31 años de carrera y he venido notando un maltrato institucional continuo». He aquí la opinión de Concepción Rodríguez González del Real, juez de menores de Madrid y presidenta del Foro Judicial Independiente (FJI), la asociación más joven, con 16 años de vida. «En España ya no hay separación de poderes», advierte con resignación, pero reivindicando con urgencia deslindar el Poder Judicial del Ejecutivo y el Legislativo.

«El órgano de gobierno de los jueces es elegido por el Poder Legislativo. Siempre ha sido así, pero no se da una respuesta adecuada porque todas las respuestas son una vuelta de tuerca a la independencia judicial», reprocha esta magistrada, que es consciente de que «hay un reparto entre los dos grandes partidos y ninguno lo quiere soltar». «Esto es un asalto al Poder Judicial, a controlarlo. Y todo porque en España no hay una mentalidad democrática en la que los mecanismos de control deben funcionar y ser independientes», defiende.
La presidenta y portavoz del FJI califica de «anómala» la gestión que el Supremo hizo del caso de las hipotecas y es contundente al reconocer que le parece «absolutamente vergonzoso lo que ha pasado en el Tribunal Supremo». «Esto te demuestra que el sistema no funciona y hay que modificarlo». Sin embargo, es consciente de que cuando el PP o el PSOE «se ven en el poder y ven que pueden controlar el Poder Judicial, no quieren modificar la ley porque les da mucho poder».
«Cuanto peor esté el Poder Judicial, mejor para ellos; cuanto más intervenido esté, mejor para ellos», denuncia la magistrada Rodríguez, alertando de que el sistema tiene «un problema estructural» y «el PP y el PSOE están atrincherados en que no quieren modificar el sistema de elección» de los vocales del CGPJ
«Se han dado una serie de factores que están demostrando que el sistema judicial no funciona. Tiene unos fallos internos que se han querido ocultar», en palabras del portavoz de la AJFV.
Dicho esto, los catedráticos universitarios también coinciden con los profesionales judiciales. Es el caso de Julio Banacloche, catedrático de Derecho Procesal en la Universidad Complutense de Madrid. «Tendemos a magnificar las cosas», advierte en relación a las consecuencias negativas que ha supuesto la sentencia de las hipotecas para el Poder Judicial. «La Justicia es mucho más que un problema concreto», precisa, dejando claro que «a quien hay que pedir responsabilidad no es a los jueces, sino al legislador», ya que «los tribunales se limitan a resolver un conflicto interpretando la norma». «Hay intereses ocultos para desprestigiar al Poder Judicial y, en particular, al Supremo», concluye este profesor.

La guinda la pone Enrique Gimbernat, catedrático de Derecho Penal en la Complutense. «No se puede cuestionar la credibilidad del Poder Judicial por una falta de habilidad por parte del presidente de la Sala Tercera. El Poder Judicial son millones de sentencias todos los años, bien hechas y bien motivadas». «El nivel de la magistratura española es muy bueno», reivindica, para aplaudir que «son muchos jueces y muy competentes».

La expulsión del Ejército del teniente Segura se dictó en violación de los tratados de la UE

El teniente Luis Gonzalo Segura, en la Redacción de 'Público'.
En Europa es una personalidad respetada y admirada por su valor al sacrificar su carrera profesional para denunciar la corrupción de sus superiores, pero en España ha sido expulsado del Ejército por su osadía y condenado literalmente a pasar hambre –sin empleo ni seguro de paro– como represalia por haber alzado la voz contra la injusticia.
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Pero su expulsión de las Fuerzas Armadas viola los tratados de la Unión Europea, la doctrina jurídica del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y hasta la propia Constitución Española, como expone claramente el último recurso de casación que este martes va a debatir y votar la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo.
Un recurso que además viene acompañado por el reenvío prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), ya que la causa es claro objeto de la legislación comunitaria, en el que España puede sufrir un nuevo revolcón jurídico –con la vergüenza añadida de que se comete un acto injusto para acallar a un denunciante de corrupción– si el Supremo no revoca la sentencia 116/2017 que expulsó a Segura. Porque, para mayor irregularidad, ese veredicto comete un error garrafal que lo invalida de plano: condena al teniente del Ejército de Tierra por una infracción a un Reglamento Disciplinario que ni tan siquiera es el que le corresponde, con evidente vulneración del artículo 24 de la Constitución:
El Fallo de la Sentencia 116/2017 condena al teniente Segura –textualmente, en su página 29– por "hacer manifestaciones contrarias a la disciplina (…) realizadas a
través de los medios de comunicación social (...) prevista en el artículo 8 de la
Ley Orgánica 12/2007 de 22 de Octubre, de Régimen disciplinario de la
Guardia Civil (LORDGC)". Es decir, Luis Gonzalo Segura ha sido expulsado del Ejército en base a una ley que sólo rige en la Guardia Civil, instituto armado al que jamás ha pertenecido.

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El fallo contra Segura se fundamenta en sus declaraciones, que han resultado ser ciertas, y algunas incluso han sido confirmadas por las sentencias de tribunales militares
Tamaño defecto de forma ya basta para invalidar ese fallo, pero además la sentencia se fundamenta en una interpretación viciada del Artículo 20.1 de la Constitución. Porque cita diversas entrevistas concedidas por el teniente Segura a medios de comunicación para justificar la sanción disciplinaria, pero resulta que sus afirmaciones resultan ser ciertas, como expone el recurso:
"En cada una de ellas, manifestaciones diferentes, que constan en la Sentencia, pero de cuya lectura del texto redactado por el propio tribunal, ninguna ha sido achacada de errónea, injuriosa o mendaz, dando por ciertas y exactas las afirmaciones de D. Luis Segura. El castigo, la sanción disciplinaria, lo es porque se manifiesta, en plaza pública, lo que es cierto, dado que muchas de las afirmaciones están, además, confirmadas por sentencias de los propios tribunales militares. Todas ellas han sido además publicadas en el reciente libro del recurrente, sin que haya habido tacha alguna de falsedad o libelo, es más a denuncia de la Fiscalía por orden de la Ministra de Justicia, ésta ha sido archivada".
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La Fiscalía recurrió una y otra vez sin éxito contra el criterio de los jueces de que sus declaraciones descalificando a la cúpula de la Guardia Civil "hayan de entenderse en el contexto de la denuncia social, y por ello enmarcada en los derechos constitucionales de libertad de expresión e información". El último recurso de reforma del Ministerio Fiscal fue desestimado el pasado 18 de abril:
Auto en el que el juez desestima el último recurso de la Fiscalía contra el teniente Segura, sentenciando que sus manifestaciones están amparadas por la libertad de expresión.
El Tribunal Militar, en su condena, sugiere que las órdenes dadas a un militar pueden usarse para proteger al delincuente, obligando al silencio de quien conoce el delito
Pero el tribunal militar pretende que la disciplina interna del Ejército no sólo está por encima de un derecho fundamental establecido en la Constitución, sino que su sentencia incluso sugiere que las órdenes jerárquicas dictadas a un militar en activo pueden ser utilizadas para proteger al delincuente, obligando al silencio de quien conoce el delito.
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No cabe duda de que eso choca frontalmente con toda la doctrina jurídica de la Unión Europea, que España está obligada a cumplir, recogida en innumerables sentencias. Por ejemplo, ya en junio de 1976 –mientras en España aún no se había restablecido la democracia–, la sentencia número 100 del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) estableció: "Por supuesto la libertad de expresión garantizada en el art. 10 [de la Convención Europea de Derechos Humanos] es aplicable a los militares". Mucho más recientemente, el 19 de diciembre de 1994, el TEDH sentenció:
"La libertad de expresión tiene el mismo valor para los militares que para los otros individuos y la crítica, la proposición de reformas en el ejército y la incitación a utilizar los medios legales de reivindicación, no originan ningún peligro a la disciplina militar".
Por tanto, la sentencia 166/2017 que expulsa del Ejército al teniente Segura viola la jurisprudencia europea basada en los tratados de la UE, ya que lo condena por varias "infracciones disciplinarias" que supuestamente violaron "la disciplina en sentido estricto y el respeto debido a las instituciones y autoridades". Es por ello que el juez Jacobo Borja de Quiroga expuso en su voto particular oponiéndose a la sentencia:
"De todas formas, además, las manifestaciones que la sentencia considera que afecta a la disciplina, en realidad, conforme a lo que la propia sentencia expone, no atacarían a la disciplina sino al respeto a las instituciones y autoridades. Así, por ejemplo se dice: «lo que en ningún caso cabe es la utilización de expresiones objetivamente insultantes e indiscriminadamente descalificadoras de la Institución y de los mandos». Lo mismo ocurre en las demás manifestaciones que señala la sentencia. Pero usar expresiones descalificadoras no es realizar «manifestaciones contrarias a la disciplina»; o, al menos, no lo es necesariamente".
Segura fue expulsado del Ejército no por cometer infracciones disciplinarias sino por usar expresiones descalificadoras de la cúpula militar
En resumen, Luis Gonzalo Segura fue expulsado del Ejército no por cometer infracciones disciplinarias sino por usar expresiones descalificadoras de la cúpula militar; una sentencia, pues, que viola el derecho a la libertad de expresión establecido en la propia Constitución española, así como los tratados de la UE que España está obligada a respetar.
Es por ello que el abogado de Segura ha presentado un reenvío prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), algo a lo que están obligados los tribunales de última instancia de todos los países de la Unión. Obligación que se ha visto reforzada últimamente en una serie de sentencias de ese tribunal, en las que dispone, entre otras cosas:
"La obligación de los Estados miembros de cumplir las disposiciones del Tratado
FUE [de Funcionamiento de la UE] incumbe a todas las autoridades de dichos Estados, incluidas, en el marco de sus competencia, las autoridades judiciales".

Y subraya que en casos como el que afecta al teniente Segura es obligatorio someter esa cuestión al Tribunal de Justicia de la UE:
"Cuando contra la decisión de un órgano jurisdiccional nacional no exista ningún recurso judicial, el órgano jurisdiccional tendrá la obligación, en caso de que se plantee ante él una cuestión de interpretación del Tratado FUE, de someter la cuestión al Tribunal de Justicia, con arreglo al artículo 267 TFUE, párrafo tercero tercero (sentencia de 15 de marzo de 2017, Aquino, C-3/16, EU:C:2017:209, apartado 42)".
Por todo ello, la defensa del teniente Segura ha presentado hoy mismo un escrito ante la Sala Quinta del Tribunal Supremo, reiterando el que presentó hace ya casi un año, en el que solicita que se formulen dos cuestiones prejudiciales ante el Tribunal de Justicia de la UE: la primera relativa sobre todo lo ya expuesto y la segunda porque "el TJUE también ha aclarado en una sentencia recientísima que su
competencia incluye garantizar la independencia e imparcialidad de los tribunales nacionales entre cuyas funciones se halla la aplicación del Derecho de la Unión Europea".

Falta de imparcialidad e independencia del juez militar

Esa última sentencia del TJUE dispone que, en todos los casos:
"El órgano [jurisdiccional] en cuestión ejerza sus funciones con plena autonomía, sin estar sometido a ningún vínculo jerárquico o de subordinación respecto a terceros y sin recibir órdenes ni instrucciones de ningún tipo, cualquiera que sea su procedencia, de tal modo que quede protegido de injerencias o presiones externas que puedan hacer peligrar la independencia de sus miembros a la hora de juzgar o que puedan influir en sus decisiones".
Una condición imprescindible a la hora de hacer justicia que en absoluto se cumple para el caso del teniente Segura: un alertador que denuncia la corrupción en el estamento militar en su conjunto, y que es sentenciado por una jurisdicción configurada como la Jurisdicción Militar española, ya que en el Tribunal Militar Central figura un general de brigada del Ejército de Tierra –Francisco Alguacil Buiría– designado directamente por la entonces ministra de Defensa, Dolores de Cospedal.
Está clara la falta de independencia e imparcialidad de un juez militar que condena al teniente Segura, denunciante de corrupción y funcionario público. Y lo que está en juego ahora es si la libertad de expresión ampara su actuación como tal denunciante o si existe alguna limitación a su derecho a denunciar. 

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