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  Asociación Ecologista ARCO IRIS
Miembro del Consello Galego de Medio Ambiente y Consello Galego de Voluntariado.
Entidad de Interés Municipal del Ayuntamiento de La Coruña-  Primo de Rivera 8-1º C, Coruña  
31 de OCTUBRE de 2016 

ARCO IRIS pide la protección urgente de la Laguna de Massó, en Cangas.     


     ARCO IRIS se interesó por el estado de la Laguna de Massó mediante un escrito enviado a la concejala de medio ambiente de Cangas el pasado día 8 de octubre. Al no obtener respuesta, se mantuvo con la concejala Tania Castro una conversación telefónica para insistir en la conveniencia de tramitar cuanto antes la petición de Espacio natural de protección municipal.

 La Ley 9/2001, de 21 de agosto, de conservación de la naturaleza, define como espacios naturales protegidos aquellos espacios que contengan elementos o sistemas naturales es de particular valor, interés o singularidad, tanto debido a la acción y evolución de la naturaleza como derivados de la actividad humana, y que hayan sido declarados como tales. Entre las diferentes categorías de espacio natural protegido establecidas destaca una prevista para la protección de valores municipales que posean singularidad natural, los espacios naturales de interés local (ENIL).El artículo 17 de la ley establece que, a petición de un ayuntamiento y tras solicitar los informes preceptivos pertinentes, la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio podrá declarar como ENIL aquellos espacios integrados en su término municipal que por sus singularidades sean merecedores de algún tipo de protección de sus valores naturales. La declaración es competencia de la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio mientras que la responsabilidad de su gestión será municipal. Asimismo, la declaración de un ENIL no lleva su inclusión en la Red gallega de espacios naturales protegidos. La regulación de los espacios naturales de interés local que recoge la Ley 9/2001, de 21 de agosto, de conservación de la naturaleza, fue desarrollada por el Decreto 124/2005, de 6 de mayo, por el que se regula la figura del espacio natural de interés local y la figura del espacio privado de interés natural. El artículo 4 de este decreto recoge la posibilidad que tiene la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de declarar, de manera provisional, un ENIL por un plazo no superior a dos años, debiendo presentar dentro de este plazo el promotor, como requisito imprescindible para la declaración del ENIL, el plan de conservación del espacio.

     El ayuntamiento de Cangas aprobó el pasado año iniciar la petición para que la CMAOT aprobase incluir esta zona como ENIL; sin embargo, la propia concejala admitió que, por falta de medios materiales y humanos, aún no está listo el documento que sería enviado a la Xunta. Por otra parte, hay que recordar las recientes desavenencias en el seno del gobierno municipal de Cangas, que ha originado actuaciones contrapuestas en el entorno de la Laguna de Massó, como un desbroce que fue paralizado y luego autorizado de nuevo. Lo cierto es que este espacio natural único se encuentra en una situación de indefensión intolerable. ARCO IRIS considera, según una interpretación literal de la Ley 9/2001, que no es necesario que el ayuntamiento presente un plan de conservación, ya que la Xunta puede declarar como ENIL de forma provisional un espacio por un plazo de dos años. Por todo ello, ARCO IRIS insta al ayuntamiento de Cangas a solicitar cuanto antes una declaración provisional de la Laguna de Massó y su entorno (10 has.) de Punta Balea como ENIL. Asimismo, deben agilizarse de forma urgente los trámites para completar la documentación del plan de protección de este magnífico espacio natural, único en la zona por su enorme riqueza faunística y botánica.
    
ARCO IRIS                                             33 años al servicio del medio ambiente
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Hechiceros, druidas y parlanchines de opereta

"Pero cuando el azar hace que el pueblo no confíe en nadie, cosa que sucede a veces, cuando (el pueblo) ha sido engañado o por las circunstancias o por los hombres, se llega necesariamente a la ruina"   Nicolás Maquiavelo, en 'Discurso sobre la primera década de Tito Livio'.
El pensador alemán Boris Groys advierte que las relaciones personales han superado la "sociedad del espectáculo" y, por consiguiente, el escenario cotidiano del día a día está ocupado por la inmensa mayoría de la ciudadanía en un éxtasis de exhibicionismo digital; careciendo por tanto de público para el desarrollo de la función dramática que pueda arrancar un mísero aplauso. 
En este universo mediático, los gurús económicos han superado en años luz al arte dramático y en un escenario abarrotado de actores venden sus mensajes antes de que el escaso público abandone la sala. Un tal Niño Becerra se acerca a la Apocalipsis de San Juan después de predecir el fin del trabajo, el de las  pensiones públicas, el del sistema sanitario público; con el colofón final de la quiebra del Estado y de un corralito. Más interesante son las profecías del iluminado vidente Noah Harare sobre la dominación del mundo por las nuevas tecnologías, los algoritmos, la inteligencia artificial; y vaticinando la pronta inmortalidad del ser humano, algo que Ponce de León ya buscó en el Nuevo Mundo, en un paraíso terrenal denominado 'El Dorado'. 
Por último, en una falaz transparencia económico financiera propia de Michel de Notre-Dame, dos premios Nobel asiduos del papel salmón, Paul Kurgman y Joseph Stiglitz, siguen las revelaciones del Nostradamus al adivinar el fin del euro, la quiebra de los Estados, y para éste ultimo el nuevo 'El Dorado' de una Cataluña independiente. Todo ello, después de que por sus conferencias y artículos mediáticos pasen el cepillo para que sus seguidores superen su asfixiante relación masoquista con la realidad cotidiana. Ya lo dijo el gran Chesterton, cuando se deja de creer en Dios se cree en cualquier cosa. Estos agoreros fueron definidos muy  certeramente por el gran Marc Fumaroli como la clase dominante de la "pizza rápida" o del "fast-food". 
P.D. Mark Wolf, columnista del Financial Times, alertó de la quiebra y desconfianza del sistema democrático y económico de EE UU, simplemente porque la gente de a pie ya no cree en él, algo que el tramoyista secundario Donald Trump ha intuido para subirse el escenario, echando a insultos y a patadas a los figurines mediáticos, con un público enfervorizado aplaudiendo. Desde fuera del teatro, los súbditos atemorizados rogamos para que esta pesadilla dramática no sea una catástrofe mundial el próximo miércoles.    
Manuel Meiriño es abogado  del SUGC. --Movimiento Democrático Guardia Civil-



http://www.economiadigital.es/gles/notices/2016/11/hechiceros-druidas-y-parlanchines-de-opereta-76681.php
RAMÓN ESPINAR GALLEGO

Rafael del Barco Carreras

Barcelona 3-11-2016. Espinar Gallego, socialista ex presidente de la Asamblea de Madrid, ex vicepresidente de Caja Madrid, y padre del genio 'PEQUEÑO ESPINAR' que a los 23 años con una vivienda protegida de apenas 150.000€ gana en unos meses 30.000€. De hecho entre construcción, contratos y escrituras, los 30.000€ se ganan en unas horas. Lo que supone que el pelotazo se lo preparan y reparte con alguien. Nadie regala ese tipo de caramelos. Y si hay un ESPINAR... me decía ayer, al comentar la noticia, los hay varios interpuestos entre la promoción social de viviendas y los necesitados compradores. VPP que por arte de birlibirloque suben un 20%.

Los estertores de la agotada Burbuja Inmobiliaria y las saquedas cajas de ahorro impone roer huesos y sacarle provecho a la necesidad de vivienda. El viejo dogma de si fuera posible succionarían todo el OXÍGENO y lo venderían en botellas... y LEVANTANDO EL PUÑO.

EL MUNDO
"El portavoz de Podemos en el Senado, Ramón Espinar, compró una vivienda protegida en Alcobendas por 146.224 euros sin sorteo público y cuando se encontraba en el paro. Antes de que terminase el año, el responsable de Podemos la vendió por 176.000 euros, con lo que obtuvo unas ganancias de 30.000 euros, según informa la cadena Ser. 
Los hechos se remontan a 2010 cuando Espinar tenía 23 años y estudiaba un Máster en la Universidad Complutense de Madrid. El inmueble adquirido se trataba de una Vivienda de Protección Pública (VPP) construida en terrenos cedidos por el Ayuntamiento de Alcobendas y, por tanto, salió a la venta a un precio inferior al de mercado. Espinar no tuvo que inscribirse en ningún registro municipal y ni siquiera estaba empadronado en la localidad madrileña, según asegura la Ser."

Ante el dinero, elucubrar sobre si el huevo precedió a la gallina, o si padre e hijo y familia andaban a la greña financiero-ideológica, o si en la última cochambrosa etapa del PSOE los ESPINAR intentaron pactos entre Pedro Sánchez y Pablo Iglesias, es buscar el sexo de los ángeles. Los partidos políticos españoles, agencia de colocación, tras el sudado enchufe, señalan el camino de la riqueza, que cual gincana o carrera de obstáculos, acaba con toda JUVENIL MORAL ¡SI LA HUBO! 

El muchacho convertido en un hombre se excusa en su situación financiera entonces, y nos cuenta ante las cámaras que solo ganó 19000€, y que compró un ordenador y se pagó el master. Por lo visto el padre ya millonario... le alimentaría, pues él no trabajaba, pero no completaría su educación. Un padre un tanto atípico que le presta 50.000€ para que se compre una vivienda, que no podrá mantener, antes de terminar su carrera y emanciparse. 

wikipedia
Ramón Espinar Gallego (Úbeda; 3 de abril de 1954) es un político y abogado español. Licenciado en Derecho. Ingresó en el PSOE y la Unión General de Trabajadores en 1973.

"En 1995, con 41 años de edad, comienza a apartarse de las tareas de representación institucional, dedicándose profesionalmente al ejercicio de la abogacía por cuenta propia, que compatibilizó con su pertenencia al Consejo de Administración de Caja Madrid hasta 2010, del que fue Vicepresidente, y la presidencia de la asociación cultural Las Ideas.
Su hijo, Ramón Espinar Merino, es miembro del partido Podemos y diputado de la Asamblea de Madrid desde las elecciones municipales de 2015.2 3

Escándalo de las tarjetas black

Como consejero de Caja Madrid, Ramón Espinar es uno de los involucrados en el escándalo y proceso judicial de las tarjetas black al poseer una de ellas. La Audiencia Nacional les imputan varios delitos.4 Ramón Espinar supuestamente se habría beneficiado ilegalmente de dichas tarjetas, al igual que la mayoría de los consejeros, por un monto total de 178.400 euros, tanto en compras en establecimientos de todo tipo como en retiradas de efectivo en cajeros automáticos.5"


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OKDIARIO‎ - hace 2 horas



La Fiscalía Europea OLAF se interesa por el convenio entre IEO y Intecmar y solicita información a PLADESEMAPESGA

La Comisión de Investigación de Transparencia Pública diluida en el Defensor do Pobo actualmente esta investigando la negativa de la Consellería do Mar a abrir expedeintes y negativa a registrar las peticiones de solicitud de información de la Plataforma en Defensa del sector Marítimo Pesquero de Galicia en este tipo de convenios, donde quien lo otorga es la misma persona que lo recibe...Para que se nos entienda, lo otorga "Rosa Quintana" Conselleira do Mar y lo recibe "Rosa Quintana" Presidenta del INTECMAR, sumándose a sí a otra investigación en curso de la OLAF por cuatro convenios y un consultoría sobre lo mismo de varios millones de euros, entre Rosa Quintana Carballo y el Decano del Colegio de Ingenieros navales "AINE" bajo una Comisión que recibe los fondos públicos bajo convenios ausentes en el registro oficial que nadie conoce y que administra como Presidente de dicha Comisión el Secretario de Rosa Quintana, Carlos Maneiro encargado de disolver los millones de euros enviados con anterioridad..

Los documentos están ahí y son para asustarse, pero asusta más, que la fiscalía de Santiago desprecie las informaciones y se niegue a investigar lo que es de acreditado comportamiento irregular, sobre todo cuando se oculta y se niega la información de derecho público, siendo también investigado por el Defesor do Pobo los convenios del IANE, todo un "modus operandi" de Rosa Quinata que ya presidía SEAGA bajo una piramidal orquesta de empresas y trasiego de fondos públicos de verdadero escándalo, muchos de ellos puesto en duda por el mismo Trubunal de Contas "Fundación Cetal" y Consello Galego de Contas, nadie explica, todos callan...

La fiscalía europea (OLAF) no calla ni encubre, investiga y si hay algo "ZACA", todo un ejemplo para las instituciones españolas acostumbradas a ser meras observadoras de lo que sucede a su alrededor...Para no molestar.

Plazo para inspeccionar el IVA. Se implanta el sentido común.

Durante mucho tiempo, en el cómputo de la prescripción para calcular los tiempos de comprobación del IVA imperó la lógica y la normalidad. Todo estaba clarísimo y nadie necesitaba complicarse la vida en interpretaciones torticeras de la norma, pero ya sabemos que si algo le gusta a Hacienda, es retorcer las cosas, y a veces, con la ayuda de los tribunales, lo consigue en perjuicio de todos nosotros, los que le damos de comer. Es evidente que si, por poner un ejemplo, el primer trimestre de IVA de 2016 tenía de plazo para presentarlo hasta el veinte de abril, el plazo para inspeccionar el IVA de ese periodo debería de empezar a contar a partir de ese día, y como actualmente la prescripción está en cuatro años, la posibilidad de Hacienda de comprobar debería de finalizar en abril de 2020. No parece tan complicado, ¿verdad?

Nueva modificación en el plazo para inspeccionar el IVA

#Plazo para inspeccionar el IVA
Plazo para inspeccionar el IVA. ¡Volvemos a la normalidad siete años después!
El criterio que se está aplicando en la actualidad es que el plazo de prescripción empieza a contar cuando se presenta el resumen anual del IVA y no el trimestre en cuestión. Eso sería admisible si estuviéramos hablando de una verdadera liquidación, pero el resumen anual no es más que un impreso de carácter informativo que no afecta a lo ya tributado. Pero claro, eso le permite a Hacienda alargar unos meses la prescripción y para conseguirlo no les importa tergiversar la realidad.
Puede que Hacienda nos robe, pero también nos roba la gente que, teniendo ingresos, y además garantizados, se pone a cobrar el subsidio que sale de nuestras cotizaciones. 244 páginas Tapa Dura Sin portes Solo 12 euros
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Las aguas vuelven a su cauce
Ha sido el Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) el que en una sentencia del pasado mes de septiembre de 2016 ha vuelto a decir que el plazo para inspeccionar el IVA no está ligado a la declaración anual. Esto se carga de un plumazo el criterio que el Supremo estableció en 2009. Ahora faltará ver si no comienza la polémica de ver quién la tiene más larga y si Hacienda no se pondrá gallito enarbolando «todavía» el criterio (ya caduco) del Supremo.
Lo cierto es que con independencia de que es un sinsentido el criterio del Supremo de 2009, ahora existe otro motivo para cargárselo. Recordemos que el Supremo argumentaba que en el resumen anual se tenían que incluir las autoliquidaciones de todo el ejercicio (y eso, de alguna manera, reactivaba —según ellos— el cómputo de prescripción). Pero ahora eso no es necesario, de manera que el TEAC ha tenido un argumento añadido para hacer valer de nuevo el sentido común.
Estamos de enhorabuena los contribuyentes gracias a esta sentencia.

Ramón Cerdá

Calendario, a partir del día 2 de octubre de 2016, de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos en el ámbito de la Administración General del Estado.

13/10/2016
Aprobado, en el BOE de 1 de octubre de 2016, el calendario de días inhábiles correspondiente al período comprendido entre el 2 de octubre y el 31 de diciembre de 2016, para la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, a efectos de cómputos de plazos.
Tras la entrada en vigor, con efectos de 2 de octubre de 2016, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, donde se establece la declaración de los sábados como día inhábil a efectos del cómputo de plazos, a partir del 2 de octubre de 2016, serán días inhábiles, en el ámbito de la Administración General del Estado, a efectos de cómputos de plazos:
·         a) En todo el territorio nacional: los sábados, los domingos y los días declarados como fiestas de ámbito nacional no sustituibles, o sobre las que la totalidad de las Comunidades Autónomas no ha ejercido la facultad de sustitución.
·         b) En el ámbito territorial de las Comunidades Autónomas: aquellos días determinados por cada Comunidad Autónoma como festivos.
·         c) En los ámbitos territoriales de las Entidades que integran la Administración Local: los días que establezcan las respectivas Comunidades Autónomas en sus correspondientes calendarios de días inhábiles.
Los días inhábiles a que se refieren los puntos a) y b) de este apartado se recogen, especificado por meses y por Comunidades Autónomas, de la siguiente forma:

https://docparty.sudespacho.net/documentacion/plantillas_imagenes/inhabiles_2016.png

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