La jueza imputa por segunda vez al coronel José Herrera
Declaró por un presunto delito de infidelidad de custodia de documentos
Las imputaciones dentro de la operación Carioca todavía se siguen produciendo. Ayer prestó declaración ante la jueza instructora Pilar de Lara Cifuentes el coronel José Herrera García Lora, cuyo último cargo fue el de jefe del centro de coordinación regional de Canarias. Este mando de la Guardia Civil ejerció durante varios años como responsable de la comandancia lucense.
Herrera, que acudió acompañado de un letrado de Madrid, estuvo en las dependencias judiciales alrededor de unas tres horas, según diversas fuentes. El coronel fue citado en calidad de imputado por un presunto delito de infidelidad de custodia de documentos. No trascendieron aspectos relacionados con las cuestiones por las que fue interrogado.
El coronel es la segunda vez que declara como imputado en la operación Carioca. Lo hizo el pasado a principios de agosto del año pasado. Por aquel entonces, la jueza le llamó por entender que pudo haber incurrido en una infracción penal consistente en no perseguir hechos delictivos.
En el transcurso de su primera declaración fue preguntado si tenía constancia de alguna irregularidad que pudiera estar cometiendo el cabo Armando Lorenzo (detenido en el marco de la operación y encarcelado durante varios meses) y respondió negativamente y apostilló que otros mandos de la comandancia nada le comunicaron al respecto. Consideraba que éstos tenían la obligación de abrir unas diligencias o un parte disciplinario en caso de tener constancia de alguna irregularidad.
Otra de las cuestiones claves en su declaración fueron las preguntas que le plantearon en torno a un escrito elaborado por dos agentes que revelaban las presuntas actuaciones irregulares por parte del cabo Armando Lorenzo. Explicó que el capitán responsable de la policía judicial en aquel momento debió haberle dado curso e instruir las correspondientes diligencias al considerar que los hechos podrían tener algún tipo de relevancia penal. En su opinión incluso debería haber sido comunicado a la fiscalía y también a la Dirección General de la Guardia Civil.
José Herrera negó tener constancia de las presuntas irregularidades cometidas por Armando Lorenzo, si bien manifestó que estando destinado en Canarias le informaron de una reunión celebrada en la comandancia entre distintos mandos de inferior rango que él.
En la zona que reside José Blanco hay hasta siete colegios públicos bilingües
El ministro ni siquiera solicitó una plaza.
- Vídeo: Blanco: "Yo llevo a mis hijos a colegios privados"
Audio: Federico en 60'': Los hijos de Blanco
La consejera de Educación y Empleo de la Comunidad de Madrid, Lucía Figar, ha replicado este miércoles al portavoz del Gobierno central y ministro de Fomento, José Blanco, que en Las Rozas, lugar donde vive el político, el 70 por ciento de los colegios públicos son bilingües, por lo que le ha pedido que no mienta al respecto.
Estas declaraciones llegan después de que Blanco haya dicho esta mañana, en una entrevista con Espejo Público, recogida por Europa Press, que él ha tomado la decisión de llevar a sus hijos a un colegio privado porque el colegio público que a él le correspondía no tenía formación en inglés. "Defendemos la libertad de elección de todas las familias, también del señor Blanco, pero que no mienta. En Las Rozas hay siete colegios públicos bilingües, dos institutos bilingües y un colegios concertado bilingüe donde se estudia en Español y en Inglés", ha señalado Figar al respecto.
En concreto, el 70 por ciento de los colegios públicos en Las Rozas son bilingües, pues son siete de diez: el Colegio San José, El Cantizal, La Encina, Los Jarales, Los olivos, el Mario Vargas Llosa y el San Miguel. En el caso de los IES, hay dos bilingües, el Carmen Conde y El Burgo de Las Rozas, lo que supone el 50 por ciento de la oferta pues hay cuatro centros, recuerdan desde la Consejería de Educación, que destacan también que está el colegio concertado Gredos San Diego, que también es bilingüe.
ESPAÑA DRENA A CATALUÑA, ARTUR MAS EN EL PARLAMENT.
ESPAÑA DRENA A CATALUÑA, ARTUR MAS EN EL PARLAMENT.
El Alto Tribunal entiende que debe aplicarse a estos profesionales la limitación introducida el año pasado vía Real Decreto. La Sala Tercera sigue la tendencia de recortes que inició con los abogados.
El Supremo acaba de asestar un duro golpe a los procuradores cuyos honorarios podrán rebajarse en tasación de costas si su cuantía se demuestra “exorbitante”. En un auto pionero, el Alto Tribunal abre la puerta a limitar los derechos económicos de estos profesionales –fijados por arancel– si se demuestra que su importe resulta “una carga manifiestamente desproporcionada” para el condenado en costas.
La resolución se enmarca en una tendencia surgida en el último año en el que el Alto Tribunal está revisando a la baja los honorarios de los abogados. Ahora, les toca a los procuradores.
En el caso concreto analizado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, se ha rebajado la retribución del procurador de 106.769, 27 euros a 12.500 euros. También, la minuta del abogado se ha visto reducida de 243.576 euros a 25.000 euros.
La resolución, en este caso, favorece a la Administración que sólo deberá afrontar un coste de 37.500 euros en lugar de los 350.345,27 euros fijados inicialmente para resarcir a la empresa vencedora del litigio de los gastos de abogado y procurador originados en un pleito en el que estaba en discusión una multa de más de 50 millones de euros, finalmente anulada.
La Abogacía del Estado impugnó la tasación de costas practicada por el secretario judicial alegando que tanto los honorarios del letrado como los derechos del procurador eran excesivos. Exigía, por tanto, que los emolumentos del abogado no superaran los 8.000 euros, mientras que los del procurador no debían llegar a 300 euros.
Aunque el Supremo rechaza las cantidades propuestas inicialmente por la Abogacía del Estado, sí reconoce que tiene razón en cuanto a que lo minutado por ambos profesionales resulta desproporcionado.
Por este motivo, la Sala cree que “no hay razones válidas para que los derechos arancelarios de los procuradores queden eximidos de esta limitación”.
Frente a esta opinión, se alza el Consejo General de Procuradores cuyo dictamen fue requerido por el Supremo para resolver este asunto. Para la institución que preside Juan Carlos Estévez, el arancel es una norma de cumplimiento obligado que determina las retribuciones de los procuradores. Además, rechaza que la comparación entre el trabajo del procurador y el del letrado sea un criterio válido para poder introducir esa proporcionalidad.
El Supremo, sin embargo, echa por tierra todos estos argumentos y reduce el importe a retribuir al procurador a 12.500 euros, cifra equivalente a la mitad de los honorarios que finalmente cobrará el abogado.
Para el Alto Tribunal, resulta evidente que el Real Decreto–Ley 5/2010 “trata de evitar que la retribución de los procuradores en todos los procesos –no sólo en los concursales– sea manifiestamente desproporcionada”. Lo que implica, a su vez, que no cabe prescindir de la comparación con los honorarios devengados por el letrado. La consecuencia es que la aplicación del arancel entre procurador y cliente no tiene por qué ser trasladada de forma automática a la condena en costas.
Sin embargo, advierte de que su trabajo profesional venía facilitado por el hecho de existir una sentencia previa sobre una sanción impuesta a la misma empresa por hechos análogos. Es decir, que, de no ser por esa circunstancia, “el esfuerzo argumental del letrado” para defender la corrección jurídica de la sentencia de instancia hubiera sido mayor. Por este motivo, el auto afirma que la cifra de los honorarios deben quedarse en 25.000 euros, en vez de los 243.576 euros, reduciéndola a 25.000 euros.

