sponsor

Cambiar tamaño del texto


Sports

Tamaño del texto: 10 12 14 16 18
Recientemente se ha otorgado la posibilidad a las personas cuidadoras no profesionales de personas beneficiarias de la Ley de Dependencia de que suscriban un convenio especial con la Seguridad Social sin necesidad de tener que pagar ellas las cotizaciones, como venía sucediendo desde el año 2013.


De ahora en adelante las cotizaciones sociales de estos convenios, incluidos los que ya estaban en vigor, correrán a cargo de la Administración General del Estado, sin que generen coste alguno a los cuidadores no profesionales.Así, esta circunstancia arroja como principal ventaja la de que los años dedicados por estas personas al cuidado de la persona dependiente pasen a integrarse en su vida laboral, contribuyendo a generar derecho a prestaciones como las de incapacidad permanente o jubilación.Se trata de un convenio especial que se dirige a aquellas personas que están designadas como cuidadoras no profesionales en el Programa Individual de Atención, elaborado por los Servicios Sociales correspondientes al municipio de residencia de la persona solicitante. Para poder suscribir dicho convenio es necesario que la persona cuidadora no esté dada de alta en la Seguridad Social en ningún régimen a tiempo completo ni en el desempleo, y que, además, la persona que reciba los cuidados tenga reconocida la prestación económica de dependencia para dar opción a su cuidador a suscribir el convenio especial.

LA LACRA DEL FEMINISMO MODERNO por FABIAN BARRIO

Fabian C. Barrio, licenciado en psicología gallego y escritor, ha dado la vuelta al mundo en moto entre otras muchas cosas. Un valiente ser humano que expone en el siguiente vídeo la lacra de los movimientos feministas actuales, financiados por una élite que únicamente busca la división y el confrontamiento de la granja humana por […]

Actualización de la guía para el tratamiento del trastorno obsesivo-compulsivo y trastorno dismórfico corporal

El Instituto Nacional de Excelencia para la Salud y los Cuidados (National Institute for Health and Care Excellence, NICE) ha actualizado la guía para el tratamiento del trastorno obsesivo-compulsivo (TOC) y del trastorno dismórfico corporal (2019 surveillance of obsessive-compulsive disorder and body dysmorphic disorder: treatment - NICE guideline CG31), en la medida en que la guía original fue publicada en el año 2005, y era necesario realizar una revisión de su contenido conforme a los últimos estudios realizados.
Tras la valoración de los estudios de calidad publicados y de una encuesta a expertos, los autores concluyen que en líneas generales no se contradice ninguna de las recomendaciones publicadas hasta la fecha, y que la nueva información viene a apoyar algunas de las conclusiones establecidas.
Así, por ejemplo, el apartado 1.5.1.1 de la guía del NICE recomienda que, en el tratamiento inicial de adultos con TOC, se ofrezcan tratamientos psicológicos de baja intensidad (incluida la la exposición con prevención de respuesta) si el grado de funcionalidad del paciente es adecuado, el deterioro es leve y/o el paciente expresa una preferencia por un enfoque de baja intensidad. Los tratamientos de baja intensidad que han obtenido buenos resultados han sido la terapia cognitivo-conductual breve (incluyendo exposición con prevención de respuesta) utilizando materiales estructurados de autoayuda y/o mediante consulta telefónica y la terapia cognitivo-conductual en formato con grupal (incluyendo exposición con prevención de respuesta). A este respecto, la revisión de la guía señala que la terapia cognitivo-conductual aplicada online está obteniendo resultados prometedores en este campo.
Otro de los aspectos comentados por los expertos, tiene que ver con el hecho de considerar la presencia de obsesiones agresivas como evidencia de que un individuo tiene un mayor riesgo de representar un daño para uno mismo o los demás. A este respecto, señalan que el efecto de atribuir de manera inapropiada dicho riesgo puede ser perjudicial para el paciente, en la medida en que refuerza su temor patológico de que es una persona peligrosa, destruye su autoconfianza y potencia su estigmatización, actuando como una barrera para el tratamiento. Asimismo, la encuesta al grupo de expertos ha puesto de manifiesto algunos aspectos aún pendientes en la intervención con estos pacientes, como por ejemplo, la atención del TOC durante el embarazo y el período postnatal, y la atención domiciliaria, que actualmente no están cubiertas por las recomendaciones existentes.
Por otro lado, los expertos han destacado una serie de referencias para su consideración, como la eficacia de la terapia cognitivo-conductual para el TOC pediátrico (Turner et al. 2018; Bennett et al. 2017 y Brown et al. 2015), y la aplicación de la terapia cognitivo-conductual para el TOC comórbido con trastorno del espectro autista (Russell et al. 2013) y la terapia cognitivo-conductual para el trastorno dismórfico corporal (Krebs et al. 2017 y Mataix-Cols et al. 2015), entre otros. Una revisión completa de las aportaciones del grupo de expertos puede consultarse aquí.
Fuente:


LANZAMIENTO CURSO DE TÉCNICO SOCIAL EN PERITAJE.

2019-04-03 Redacción Centro Formación  Ver más. Aula Virtual EIA Formación Ver más Bitácora EIA Formación


Neuronall.net junto con BookingSalud y Centro de Formación EIA lanza el curso Técnico Social en Peritaje Legal Forense. Un curso con acreditación oficial y carnet profesional, que abre un nuevo mercado y posibilita a profesionales de todas las áreas poder trabajar para juzgados y tribunales de toda España. Toda la información disponible en https://bsfan.club/forense


Pulsar enlace Bitácora EIA Formación
A TODOS LOS ASOCIADOS DE ANTAP

Ntra. Ref. 0002 ANTAP. Teléfono contacto 986266151
Fecha: 2019-04-01
ASUNTO: Ampliación del Convenio con la entidad EIA Consultoría para que lleve las nóminas de los clientes de nuestros asociados.

Pulsar enlace.

Dentro de la habitual actuación de nuestra entidad que trabaja en beneficio de nuestros profesionales asociados damos cuenta de que ANTAP ha ampliado el convenio con EIA Consultoría Asesoría, despacho que pone su servicio laboral a disposición de nuestros asociados con el objetivo de hacer la vida más fácil a nuestros asociados y liberarlos del pesado coste que supone confeccionar las nóminas, contratos y el departamento laboral.

Dicha oferta para los asociados de ANTAP, supone hacerlo a precios especiales para los asociados de nuestra entidad y permitir que nuestros asociados se dediquen a otros departamentos que hoy en su conjunto necesitan de más dedicación debido a las nuevas obligaciones que la administración impone cada día.

Cualquier duda contacten con nosotros y le ayudaremos a que el convenio firmado suponga una mejora sustancial en sus empresas y en sus actividades. Tl 986266151


Mejore sus servicios y aumente su excelencia.


Pulsar enlace.
Reforma del Código Penal en materia de Seguridad Vial ¡toma nota!

Los principales cambios de la reforma  
Los principales cambios legales, que no afectan sólo a los atropellos de ciclistas, sino que son de aplicación en cualquier accidente de tráfico, son los siguientes:
  • Nuevo delito: abandono del lugar del accidente: Se crea el nuevo delito de “abandono del lugar del accidente”, con penas de 2 a 4 años de prisión en caso de que el accidente sea resultado de una imprudencia. En caso de que el siniestro fuera fortuito, de 3 a 6 meses de cárcel. Hasta ahora solo existía el delito de omisión del deber de socorro pero solo se apreciaba si la víctima estaba viva y no había otra persona que pudiera auxiliarla. La paradoja es que una fuga con fallecidos no era delito pero con lesionados sí podía serlo. Este fue el caso del camionero que arrolló al marido de Anna González. Huyó y no se le pudo imputar la omisión del deber de socorro.
  • La imprudencia grave, automática: Si se comete un delito contra la seguridad vial causando fallecidos o heridos ésta conducta pasará automáticamente a ser considerada imprudencia grave. Las penas serán de entre 1 y 4 años de cárcel en caso de muerte y hasta 1 año en caso de lesiones. Hasta ahora el juez lo valoraba caso a caso y en muchas ocasiones este tipo de conductas no las consideraba imprudencia grave. Algunos de los delitos contra la seguridad vial más importantes son la conducción con drogas, alcohol a partir de 0,6 mg/l de aire espirado, exceso de velocidad de más de 60 km/h en ciudad y 80 km/h en carretera y conducir sin permiso.
  • Hasta 6 y 9 años de cárcel: Hasta ahora, a la imprudencia grave con resultado de muerte solo se le podía aplicar la pena máxima de cuatro años, fuera cual fuera el número de fallecidos. Ahora el juez “podrá” agravar la pena en un grado (hasta 6 años de prisión) si se causan como mínimo dos fallecidos o un fallecido y un lesionado muy grave (lesiones invalidantes). El juez podrá agravar la pena en dos grados (hasta 9 años de prisión) si los fallecidos son “muchos”. La norma no concreta cuántos serían esos “muchos”. Deberá apreciarlo el juez caso a caso.
  • Los siniestros menores vuelven a ser delito: Si se comete una infracción grave de la ley de Tráfico (adelantamiento prohibido, saltarse un semáforo o un stop, conducir manipulando el móvil, no guardar la distancia de 1,5 cuando se pasa a un ciclista, etc) con resultado de lesiones o muerte se considerará imprudencia menos grave. La pena es pequeña, de 3 a 6 meses de multa, pero eso es lo menos trascendente. Lo importante es que estos siniestros, la gran mayoría de los que se producen, vuelven a ser considerados delito y, por tanto, las víctimas pueden gozar de la protección que les otorga la legislación penal (abogado de oficio, la actuación de la fiscalía y los peritajes judiciales). Estas conductas eran consideradas falta dentro del Código Penal antes de la reforma llevada cabo por el PP en el 2015. La modificación legislativa eliminó las faltas derivando estos casos a la legislación civil, donde la víctima está desprotegida ante las aseguradoras.


ENTREVISTA DE LA COMISIÓN LEGAL FORENSE Y DE MEDIACIÓN CON LA DIPUTADA DEL PP TERESA ANGULO.

En el día de ayer miércoles se llevó a cabo en el Congreso de los Diputados reunión entre el Coordinador de la Comisión Legal Forense y de Mediación del Colegio Profesional de Logopedas de Galicia José Piñeiro, y el Grupo Parlamentario del PP, encabezado por la diputada Doña Teresa Angulo.

Leer más.
Entrevista del Colegio de Logopedas de Galicia con el PP.

Fashion