AYER LOS DE LA ROSA Y HOY OLEGUER PUJOL EN LA AUDIENCIA NACIONAL.
Rafael del
Barco Carreras
Barcelona
12-1-2017. Javier de la Rosa junior declara ante el juez De la Mata de
la Audiencia Nacional que ha regularizado las comisiones que cobró por
intermediar ante el Banco de Santander para la compra de sus 1.152 oficinas. Su
hermana Gabriela no declara alegando que su firma se halla en la cuenta
de la sociedad de su hermano sin más intervención. Las noticias no añaden la
megalómana tontería publicada por su padre JAVIER; "yo hice la
operación del Santander".
Hoy declarará OLEGUER
PUJOL que es de suponer corroborará la versión de su amigo De la Rosa;
"En lo que
sí coinciden es que las comisiones que cobraron y trataron de ocultar al
fisco a través del entramado empresarial creado en el extranjero por
los holandeses Jacob Broers y John Willekes Macdonald es que todos ellos
regularizaron sus ganancias en 2012 o en 2014. Oleguer Pujol lo hizo en
noviembre de 2012. eSTE JUEVES tendrá la oportunidad de declarar ante el juez
por primera vez desde que fue imputado en junio de 2015 por el juez Santiago
Pedraz por la actividad que desarrolló en Drago Capital."
Drago es una plataforma de
inversión y gestión inmobiliaria que opera en la Península Ibérica desde el
2000, tanto con clientes institucionales como privados.
24 oct. 2014
- Drago Capital ve temblar el suelo bajo sus pies. La firma de inversión
creada por Iglesias y Pujol vive sus peores momentos tras la actuación ...
"Hasta
la fecha, la gestora de activos controla una variada cartera de inmuebles repartidos
por la Península. Uno de los más destacados es el edificio Gran Vía 32, antigua
sede de Prisa y ahora gancho comercial de Primark, a los que se suman un lote
de 100 sucursales de Bankia adquirido junto al hedge fund Cerberus,
varios edificios singulares en Portugal e inmuebles hoteleros y vacacionales en
Canarias. En total, activos bajo gestión por valor de 2.600 millones sobre los
que pesa la duda reputacional de su hombre clave."
¿Un 'hombre
clave' para invertir 3.000 millones de euros de clientes institucionales
y privados? ¿O el adecuado mecanismo para el dinero negro de los PUJOL? Drago
Capital creada precisamente el año 2000, cuando Pujol ya acosado por digo
los ordenadores de Hacienda, de los que se libra 'gobernalizando', se prepara
para su retiro de la Política nombrando a Artur Mas Conseller en Cap.
Estamos donde estábamos tras casi tres años de investigaciones en que se
descubriera la capacidad de OLEGUER PUJOL para captar unos capitales que
repito nadie conoce su procedencia más allá de oscuras sociedades. La única
novedad la íntima relación de los PUJOL con los DE LA ROSA conocida
desde hace unos meses por la documentación bancaria descubierta en PANAMÁ.
Pendiente la
oferta del jubilado SERAFÍN MÉNDEZ, ex director general inmobiliario del
Banco Santander, que si le citan como testigo puesto que está incluido en
tal lista, informará y dice que su declaración no gustará en el banco:
«Conozco la reputación de Oleguer Pujol y yo jamás habría vendido las oficinas
a fondos participando él. La venta se hizo además en un período de tiempo muy
corto tras mi marcha y yo no la dejé preparada. Es como si estuvieran esperando
a que yo me fuera»
Si Oleguer
carecía de reputación, la de los DE LA ROSA ¡la superaba!
Que se sepa y
por el momento no se dictan medidas cautelares...
Y la única
cita en los 3 tomos de MEMORIAS de JORDI PUJOL
Pag. 231 DEL
SEGUNDO TOMO
"De la
Rosa representaba en aquel momento a la Kuwait Investment Ofice, la KIO...
"Se me
ha criticado mucho que en un momento determinado yo hiciera un elogio de aquel
empresario y financiero que pasado el tiempo acabaría teniendo graves problemas
judiciales. De la Rosa era un hombre mal visto en los ambientes políticos de
Cataluña..."
Con
problemas judiciales o no PUJOL continuó su asociación con De la Rosa...
callada, de cloaca, pero multimillonaria.
Se puede vigilar con cámara a los empleados sin avisarles
POR Mercedes SerrallerMadrid
Los tribunales amparan a una empresa que puso cámaras para detectar quién robaba material y se lo comunicó al comité, pero le rogó que no lo contara a la plantilla para que la medida tuviera éxito.
Las empresas pueden vigilar a sus empleados con cámaras sin advertirles de que están siendo grabados. Así lo ha establecido el Tribunal Supremo (TS) en una sentencia que añade esta novedad a los pronunciamientos de los tribunales sobre el uso de cámaras en el lugar de trabajo, que suelen ser favorables al empresario siempre que haya avisado a sus trabajadores.
El caso afectó a la empresa dedicada a la fabricación de envases y botellas de plástico Alción, que detectó la desaparición de material empleado en producción que se encontraba almacenado en el centro de trabajo. Ante esta situación, decidió establecer un sistema de videovigilancia en sus instalaciones, que fue inscrito en la Agencia Española de Protección de Datos con un fichero con el nombre de "Videovigilancia" y con la descripción "grabación de imágenes para seguridad".
La empresa comunicó al comité la instalación de cámaras en diversos lugares visibles de los almacenes, rogándole que no lo trasladara a la plantilla con el objeto de velar por el resultado de la vigilancia. La sentencia apunta que, a pesar de que no se comunicó a los empleados que se les grababa, en el juicio se evidenció que tenían conocimiento del hecho.
Dos palés
En las imágenes grabadas en la madrugada del sábado 11 de mayo de 2013, a las 5.49 horas, puede verse como uno de los trabajadores fichó la salida del turno al haber finalizado su jornada de trabajo. No obstante, el empleado permaneció en las dependencias de la empresa, cogió una carretilla elevadora y se dirigió a una de las naves para coger, en sendos viajes, dos palés cargados de sacos de material cuyo valor ascendía a 1.890 euros. Depositando los palés en el suelo, el trabajador retiró la etiqueta identificativa de Alción Plásticos. A continuación, mantuvo una conversación con una persona no identificada en su teléfono móvil. Tras ello, abrió la puerta de entrada y permitió el acceso de un camión. Una vez dentro, el trabajador cerró la puerta y comenzó a cargar en el vehículo los sacos apilados en los palés y abrió de nuevo la puerta de la nave para permitir que el camión saliera, dejó la carretilla elevadora en su sitio y abandonó el centro de trabajo a las 6:31 horas.
Al día siguiente, en que el trabajador no tenía asignada jornada laboral, accedió al centro de trabajo a las 8:20 horas, sin fichar. Entró a la nave y recolocó los materiales e instrumentos de trabajo para dejarlos como estaban el sábado de madrugada. Y salió por la puerta de acceso de personal, de nuevo sin fichar, alrededor de las 8:41 horas.
La actuación del trabajador determinó su despido disciplinario y el que se siguieran diligencias previas ante el Juzgado de Instrucción. Frente a la sentencia de instancia, que declaró procedente el despido, el trabajador interpuso recurso de suplicación denunciando la infracción del artículo 18 de la Constitución y de los artículos 4.7, 5.1 y 26.1 de la Ley de Protección de Datos. El Tribunal Superior de Justicia (TSJ)de la Comunidad Valenciana desestimó el recurso y declaró que la colocación de las cámaras de videovigilancia respetaba los requisitos de idoneidad, necesidad y proporcionalidad.
Contra esta sentencia, el trabajador interpuso recurso de casación para unificación de doctrina alegando que no se le había informado previamente y aportando, como sentencia de contraste, la del Tribunal Constitucional 29/2013, que anuló las sanciones impuestas a un trabajador de universidad por faltas reiteradas al trabajo y manipulación de las horas de entrada, al que se grabó sin su conocimiento en el acceso al recinto universitario.Sin embargo, el Supremo entiende que no concurre el requisito de contradicción entre las sentencias y confirma el fallo del TSJ favorable a la empresa.
La doctrina del Tribunal Constitucional: el 'caso Bershka'
El Pleno del Tribunal Constitucionaldictó una sentencia de 3 de marzo de 2016 que establece que la instalación por Bershka en la entrada de uno de sus establecimientos del distintivo informativo de "Zona videovigilada" regulado por la Instrucción 1/2006 de la Agencia Española de Protección de Datos cumple con la obligación de informar al trabajador de la instalación de dichos sistemas. Por ello, estipula que la obtención a través de cámaras de videovigilancia de imágenes justificativas del despido del trabajador cumple con los requisitos legalmente previstos para la captura y tratamiento de esos datos, pues se han utilizado para la finalidad de control de la relación laboral exigida.
Según el Constitucional, este fallo tiene especial trascendencia constitucional, pues le permite aclarar su doctrina en relación con el uso de cámaras en la empresa, para aclarar el alcance de la información a facilitar a los trabajadores sobre la finalidad del uso de la videovigilancia en la compañía.Así, concluye que es suficiente la información general. En su sentencia 29/2013, de 11 de febrero, había estipulado necesaria la información específica.
Para el Constitucional, en su última sentencia del Pleno, la instalación de cámaras de videovigilancia en el lugar de trabajo no requiere del consentimiento del trabajador, pero sí que se le informe, aunque sea de forma genérica. Considera que el consentimiento se entiende implícito en la propia aceptación del contrato que implica reconocimiento del poder de dirección del empresario. Eso sí, subraya la necesidad de proporcionalidad.
El
tribunal confirma en su fallo que el informe de un colegio de abogados sobre la
minuta no es, en absoluto, vinculante.
La sala de lo civil del Tribunal Supremo ha
decidido rebajar los honorarios que solicitaba un letrado por considerar su
minuta excesiva. Así, ha pasado desde los 534.433,76 euros iniciales, que se
duplicaba al haber dos recurrentes (1.068.867,52 euros), hasta finalmente los
140.000 euros, a razón de 70.000 euros por cada uno de ellos, con el IVA
incluido, a pesar de que en casación ya se había dado la razón a los
empresarios y se había hecho una primera rebaja hasta los 120.000 euros por
cada recurso.
El Supremo insiste en que "en materia de
impugnación de los honorarios de letrado por excesivos, debe atenderse a todas
las circunstancias concurrentes, tales como trabajo realizado en relación con
el interés y cuantía económica del asunto, tiempo de dedicación, dificultades
del escrito de impugnación o alegaciones, resultados obtenidos, etcétera, sin
que por tanto sean determinantes por sí solos ni la cuantía ni los criterios
del colegio de abogados, precisamente por ser éstos de carácter orientador".
Con ello, confirma que el informe de un colegio de abogados sobre la minuta no
es, en absoluto, vinculante.
Carga
real de trabajo
A pesar de que los intereses en juego ascendían a
85 millones de euros, el auto insiste en que, para fijar los honorarios, hay
que valorar "la real carga de trabajo del escrito de oposición objeto de
minutación, sin dejar de lado tampoco que no debe minusvalorarse el trabajo de
un letrado en un recurso extraordinario ante el Tribunal Supremo".
Por este motivo, recuerda que "no se puede
obviar que el trabajo del letrado en estos recursos extraordinarios está
condicionado y en cierto modo aligerado por el previo estudio de las instancias
anteriores en las que se reproduce la cuestión o cuestiones que acceden al
recurso de casación, punto de partida que afecta a la valoración de la propia
complejidad del asunto tratado y a la labor efectivamente desarrollada, objeto
de retribución en la condena en costas".
Pladesemapesga estudia trasladar a las instituciones europeas el uso de Fondos Feder para la acuicultura en Galicia cuando se destinan presuntamente a importación de panga asiático.
La Consellería do Mar utilizando fondos europeos FEDER en campañas publicitarias para el producto gallego, ejemplo, 'PescadeRias de onde se non?' cuando a la contra los hospitales públicos gestionados por la misma Xunta de Galicia, sirven en su menú PANGA ASIÁTICO, presuntamente contaminado.
– En primer lugar, estamos valorando remitir copia a los eurodiputados de la Comisión de Agricultura y pesca, al Consejo de la Unión Europea (la legislación europea actualmente nace de dos órganos colegisladores que son el parlamento europeo y el consejo) y a la Comisión Europea.
Sabemos que estas formas de proceder por un lado justificar las partidas de fondos FEDER para el desarrollo de la acuicultura y pesca mientras a la contra se podrían estar usando esos fondos europeos para financiar importaciones de PANGA ASIÄTICO, para hospitales públicos por las mismas autoridades de Galicia, y consideramos que al financiar estas peticiones o partidas económicas con fondos europeos, se ha producido un error de bulto en el mismo seno de los órganos normativos de la Unión Europea en su falta de control.
Un error desde luego impropio de su alta función y responsabilidad. Nadie parece haberse preocupado de averiguar de dónde salía y quién estaba detrás de esas partidas multimillonarias que nunca llegan a sus destinatarios que, como verá enseguida, ni de lejos representa intereses de la acuicultura o de la Pesca en Galicia.
Es más, podrían incluso estar utilizándose de forma ILEGAL los ingenieros navales como expertos en acuicultura para justificar erróneamente, según afirma la sentencia de 15 de abril de 1998 (RC 5748/1990 ), que la mención de "técnico titulado competente" ha de integrarse con las normas que regulan lo que constituye el núcleo esencial de cada Ingeniería de modo que ha de concurrir la capacidad técnica y la capacidad legal: "La jurisprudencia de esta Sala, cuyas últimas manifestaciones pueden encontrarse en las sentencias de 29 de abril de 1.995 , 25 de octubre de 1.996 y 28 de noviembre de 1.997 , superando un criterio vacilante anterior, orientan la determinación de las respectivas competencias técnicas por los derroteros del principio de accesoriedad o complementariedad de las instalaciones de que en cada caso se trate, huyendo de la determinación de una competencia exclusiva general cuando se refiera a obras proyectadas en su conjunto, en las que intervienen aspectos de naturaleza diversa. Sin embargo, este criterio jurisprudencial no puede aplicarse cuando se trate de obras, como la que es objeto del proyecto denegado, que tienen una propia autonomía, pues,
--------------sin perjuicio de reconocer que los Ingenieros Navales, de acuerdo con sus planes de estudios, poseen capacidad técnica para redactar un proyecto--------
-----sus funciones, por su naturaleza y definición, deben desarrollarse en el campo naval, que es el ámbito en el que se ejercita el objeto de su profesión----------------
Y en el caso que nos ocupa la Sra Rosa Quintana, induce los ingenieros navales al campo de la Acuicultura entrando en conflicto directo con los Doctores Biólogos, siendo inclusive la propia profesión de la Sra Conselleira, que nada tienen que ver los navales con la acuicultura donde les cataloga como "expertos de acuicultura" para informes destinados a la Comunidad Europea para fundamentar la petición o justificación de fondos europeos sin ningún control.
Pero a mayor conciencia, los Ingenieros Navales, consideran que el Gobierno de España actúa incorrectamente y le someten a costosos procedimientos judiciales que nos obligan a pagar a todos los españoles, así en la Audiencia Nacional. Sala de lo Contencioso Sección: 8 Nº de Recurso: 7/2013 bajo SENTENCIA EN APELACIÓN del siete de marzo de dos mil catorce en la que reclaman la no ingerencia de las Capitanías Marítimas en las actividades que le son inherentes y que comparten legislativamente.. Contradiciéndose de forma evidente en los supuestos convenio entre la Sra Quintana y el AINE.
Ahora ya sabemos lo que todos sabíamos , quién ordenaba a nuestros compañeros ASESINAR. Los mismos que ordenaron y organizaron la delictual operación columna, y los mismos que ordenaron no ejecutar las sentencias ganadas por los Guardias Civiles Democráticos y los que ordenaron ejecutar las sentencias favorables a los asesinos de ETA. Ahora qué va hacer Fiscalía, Qué harán nuestros responsables políticos, se quedarán mirando para otro lado. Una cosa tenemos clara, exigimos el mismo trato para los miembros de las FSE que se les ha dado a ETA y un proceso de paz que termino consolida la paz.
La contrición de Amedo
fuente : El Mundo.
José Amedo Fouce durante la presentación de su libro en verano. JAVIER BARBANCHO
Firma un documento de interés periodístico en el que asegura que está totalmente arrepentido y que reniega de sus acciones
El documento que hoy publicamos, rubricado por el ex subcomisario José Amedo Fouce, es de extraordinario interés periodístico por dos motivos. El primero es que expresa su «total arrepentimiento» por haber participado en la organización de los GAL y asegura que «reniega» de su pertenencia al «grupo parapolicial» que perpetró el asesinato de etarras en el sur de Francia en los años 80. Y el segundo motivo es que pide al Estado que reconozca que los GAL fueron creados por la cúpula de Interior y que asuma las responsabilidades correspondientes.
Amedo solicita también el mismo trato para las víctimas de ETA que para las de los GAL, argumentando que el sufrimiento ha sido igual para todas ellas. Para valorar la importancia del texto que damos a conocer es preciso recordar que el subcomisario Amedo Fouce fue detenido por el juez Garzón en 1988 bajo la acusación de haber participado activamente en la guerra sucia contra ETA en el sur de Francia. Fue condenado en 1991 a 108 años de cárcel por la Audiencia Nacional. Salió en libertad condicional en el año 2000. Seis años antes, José Amedo y su compañero Michel Domínguez habían confesado a EL MUNDO su implicación en los hechos tras dejar constancia de que no querían ser cómplices de la corrupción que había detrás del montaje del Ministerio del Interior.
Gracias a sus revelaciones y las pruebas que aportaron, el Tribunal Supremo abrió una investigación penal que, tras una serie de accidentes, acabó con José Barrionuevo, ministro del Interior; Rafael Vera, director de la Seguridad del Estado; Julián Sancristóbal, gobernador civil de Vizcaya, y otros mandos policiales en el banquillo. El Supremo los consideró responsables del secuestro de Segundo Marey y los condenó a penas de cárcel, pero el Gobierno presidido por Felipe González jamás asumió su responsabilidad política ni reconoció su implicación en los hechos.
Han pasado más de 30 años desde el primer crimen de los GAL y, al margen de estas sentencias, ningún Gobierno ha querido investigar lo sucedido, ni se han abierto los archivos policiales ni tampoco se ha asumido lo que hoy parece obvio: que la guerra sucia fue organizada desde el Ministerio del Interior, probablemente con el auxilio de los servicios secretos y algunos cuerpos de la Seguridad del Estado. Amedo enfatiza esta pasividad y escribe: «Considero ineludible que el Estado asuma la responsabilidad en la creación de los GAL y explique a la sociedad española sin ningún tipo de ambages las causas que llevaron a su Gobierno a decidir luchar contra ETA de manera ilegal e inmoral».
Una exigencia que choca todavía con serios obstáculos, ya que la banda asesinó a más de 800 personas y no ha entregado las armas ni se ha disuelto. Las heridas siguen vivas a pesar del transcurso del tiempo y todavía hay cientos de etarras que cumplen sus condenas. Nuestro periódico es consciente de que las propuestas de José Amedo pueden provocar un rechazo moral en las víctimas y un sector de la sociedad española, pero también creemos que carece de sentido que el Estado no haya investigado los hechos ni asumido su participación, que ya reconocen sus propios protagonistas.
JOSÉ AMEDO FOUCE
La Historia nunca hay que olvidarla, y si ha sido nefasta para nuestro país mucho menos. Aun así, la madurez genera reflexión y desde esa perspectiva considero que ETA no debió existir, pero también estoy totalmente en contra de que se crearan los GAL y reniego de mi pasado vinculado a este grupo parapolicial, de lo que estoy totalmente arrepentido. Es posible que una cosa conllevase la otra, pero los Grupos Antiterroristas de Liberación fueron creados, amparados y financiados por el Estado y eso fue totalmente deleznable. El Estado es imprescindible, es instrumento, pero instrumento necesario, de manera que si se destruye, nos quedamos sin los objetivos que lo legitiman y que constituyen su razón de ser, la buena razón de Estado. La primera tentación contra el Estado es el olvido de su legitimidad y de sus límites, es decir, la utilización del poder para, luchando contra los terroristas, emplear sus mismos métodos, sus crímenes. El mayor enemigo del Estado es la mala razón de Estado, como la empleada con la creación y puesta en funcionamiento de los GAL, además de la coraza justificatoria de los desmanes y de la conducta del poder político, simplemente utilitarista, pragmática e inmoral que se interpuso para evitar el esclarecimiento de las actividades de este grupo que activaron políticamente para actuar ilegalmente contra ETA en el sur de Francia.
Bajo mi criterio, son perfectamente rebatibles las afirmaciones del Gobierno de que no existe constancia de ninguna responsabilidad política en la creación de los GAL y, por consiguiente, tampoco en los crímenes que cometieron. Resulta inadmisible que los gobernantes no reconozcan todas las responsabilidades que les conciernen, derivadas del uso abusivo del poder que les otorgaron los ciudadanos. Su obligación es investigar para esclarecer -en el caso de los GAL- estos hechos ante la sociedad y la Justicia, facilitando que esta indague por el uso de los fondos reservados, cuando ya hace años que los jueces han manifestado que existen fundadas sospechas de que con ese dinero se financiaron las actividades de este grupo parapolicial. En general, hemos asistido asombrados e indignados a una serie de exculpaciones de las actuaciones criminales de este grupo, que han procedido del Gobierno y de su partido, y que parecen una confirmación implícita de haber estado implicados en ellas.
Hemos escuchado que la mayoría de los delitos cometidos por este grupo entre 1983 y 1987 son explicables si se atienden a las circunstancias de aquellos años. Como si en aquellos años los gobernantes, cual poder absoluto, esto es, no democrático, estuvieran exentos de cumplir las leyes y tampoco tuvieran que rendir cuentas de sus actos ni a la Justicia ni a los ciudadanos. Insinuar la prescripción de aquellos hechos, además de ser jurídicamente falso es políticamente irresponsable. Nunca prescribe la obligación de los gobernantes de dar cuenta de sus actuaciones ante la opinión pública, sobre todo cuando al cabo del tiempo le llega a esta la información de nuevos elementos, hasta entonces desconocidos.
Sugerir que amplios sectores de la sociedad aprobaron este tipo de crímenes de Estado, además de no estar contrastado, no debe interpretarse como una justificación de los mismos, sino que, de ser cierto, debería producir una gravísima alarma acerca de la salud de nuestra democracia, pues esta se basa en el reconocimiento general del imperio de la ley, igual para todos. Si este fuera el caso, es obligación de los gobernantes no apoyarse en tal estado de opinión, sino hacer todo lo posible por contrarrestarlo con conductas ejemplares, pues tales ideas significan un ataque directo a la esencia del Estado de Derecho. Por consiguiente, considero imprescindible que el Estado asuma sus responsabilidades en la creación de los GAL y explique a la sociedad española sin ningún tipo de ambages las causas que llevaron a su Gobierno a decidir luchar contra ETA de manera ilegal e inmoral
En consecuencia, el reconocimiento por parte del Estado del daño causado por la actuación de los GAL al margen de la ley contra la banda terrorista vasca contribuiría de manera sustancial a su disolución y desarme. Circunstancia esta que afecta de lleno al propio Estado en cuanto a su responsabilidad de crear las condiciones oportunas para que el cierre definitivo de ETA sea claro, algo que choca con un final estrictamente policial. Como ha dicho el protavoz del Gobierno vasco, Josu Erkoreka, «alguien, en nombre de ETA, debe decir claramente que han tomado la decisión colectiva de abandonar su actividad y hacerlo de manera incondicional, unilateral, entregando las armas, reconociendo el daño injusto causado y con el compromiso efectivo de no reanudar más la actividad terrorista». Hay que resaltar la importancia de un «final ordenado», no sólo para garantizar un cierre definitivo de ETA, sino también como pilar fundamental en la mejora de la convivencia en Euskadi. De esta manera se reconocería que «la violencia como instrumento de acción política es siempre injusta, negativa y despreciable» y la propia banda asumiría el «injusto daño causado». Hay que acreditar que su final es definitivo y comprometido porque el desmantelamiento estrictamente policial no garantiza que el abandono de las armas es incuestionable.
Además, el final controlado de la actividad terrorista de ETA por el Estado es la forma más efectiva de atajar definitivamente este dramático problema que tanto daño ha causado a nuestro país. Es la fórmula irrevocable que han utilizado otras naciones que han padecido similares lacras violentas. Sería determinante que todo esto fuese así porque a todos nos afecta este problema, muy especialmente a familiares, a toda la sociedad del Estado y en particular a la de Euskadi. Creo que estamos ante una nueva etapa en la que con buena voluntad y descartando cualquier tipo de prejuicios o recelos se consolidará la paz, la reconciliación y el entendimiento entre vascos y el resto del Estado, estoy seguro de que va a ser así sin género de dudas. Todos debemos esforzarnos en aportar lo mejor de nosotros para alcanzar esta inconmensurable finalidad que tantos años está tardando en llegar.
Y me refiero en estos términos a la pacificación definitiva del País Vasco y al fin ordenado de ETA, puesto que ya lo decidieron así todos los partidos políticos cuando firmaron el Pacto de Ajuria Enea en 1988 y acordaron que el fin de ETA conllevaría la salida de todos sus presos. En este sentido, el ex lehendakari José Antonio Ardanza desveló en su libro de memorias que el Pacto de Ajuria Enea tenía un apartado no escrito en el que sus firmantes contemplaban incluso la excarcelación de los presos con «delitos de sangre».
José Antonio Ardanza afirmaba en sus memorias que en las negociaciones del Pacto de Ajuria Enea, suscrito el 12 de enero de 1988, todos los partidos firmantes aceptaron la excarcelación de los presos de ETA cuando se produjera el fin de su actividad terrorista. Aquellos que no tuvieran delitos de sangre serían indultados, mientras que los que hubieran participado en atentados con muerte serían enviados al exilio unos años.
Ardanza explica que fue el representante de Alianza Popular en la Mesa, Julen Gimón, quien puso la condición de que lo relativo a ese apartado no se hiciera público, aunque admitía que aquellas medidas eran «servidumbres que exigía la solución del problema». El Pacto de Ajuria Enea fue rubricado por PNV, PSE, AP, CDS, EA y EE y hasta la fecha los firmantes de este acuerdo no han anulado el contenido de este documento.
En cualquier caso, todos los gobiernos que han regido los destinos de nuestro país desde la Transición han tratado de llegar a acuerdos con ETA en plena actividad terrorista con el fin de acabar con la violencia que acosaba a Euskadi y al resto del Estado. Desde la instauración de la democracia, los diferentes gobiernos han protagonizado varios intentos de pactar con ETA un fin de la violencia a través del diálogo. De la etapa UCD, destacan los acuerdos de 1981 entre el ministro del Interior, Juan José Rosón, y los máximos representantes de ETA político-militar. La etapa socialista se caracterizó por las negociaciones de Argel y las llevadas a cabo por el Gobierno de Zapatero, y los gobiernos de Aznar quedaron marcados por las conversaciones de Zúrich.
De hecho el primer Ejecutivo que negoció con ETA y de manera efectiva fue el de la UCD. Así, en octubre de 1982, y como resultado de las conversaciones entre Euskadiko Ezkerra y el Ministerio del Interior, los miembros históricos de ETApm, los poli-milis de la VII Asamblea leyeron un documento en el que asumieron su trayectoria pasada y se comprometieron a seguir luchando por sus objetivos políticos a través de métodos no violentos, en el marco de un partido de izquierda vasca, cuyo nombre no se especifica, pero que obviamente era Euskadiko Ezkerra. Como consecuencia de las referidas negociaciones se acordó la vuelta de todos los refugiados y la salida de los presos que se acogieron a esta negociación, que debía producirse en el plazo de seis meses. Fueron indultados y excarcelados sin entregar las armas, sin que tuviese ninguna consecuencia política que enfrentase a la UCD con el resto de partidos democráticos.
El día 17 de mayo de 2005, el Congreso de nuestro país aprobó el diálogo con ETA si dejaban las armas. La moción, inspirada en los pactos de Ajuria Enea y Madrid, defendía el papel de la política en el final dialogado de la violencia y la importancia de la unidad de todas las fuerzas democráticas en la consecución de este fin. Los alemanes y los franceses se reconciliaron enseguida y dejaron la memoria histórica para la literatura y la historia. Hay que mirar adelante. No hay que agrandar las grietas. Es un error, fomentado en muchas ocasiones por quienes crean opinión revolcándose en los odios del pasado, que no hace más que generar más visceralidad.
Tomando en cuenta todas estas consideraciones que se fundamentan en posicionamientos anteriores y actuales, y ahora que existe un Gobierno sin mayorías, es un buen momento para que los representantes políticos de toda la sociedad española, independientemente de su adscripción ideológica, sean capaces de afrontar definitivamente el fin ordenado de ETA y faciliten el acercamiento de sus presos a cárceles vascas para ir reinsertándolos en un plazo razonable de tiempo y que rehagan sus vidas. Eso sí, después de que asuman el daño causado como lo hacemos los demás, entreguen las armas y se disuelvan. Estimo objetivamente y sin ningún tipo de menoscabo que este grave acontecimiento de nuestra Historia no se debería cerrar en falso, dado que a medio y corto plazo serían más los inconvenientes que los beneficios dadas las circunstancias sociológicas que ETA ha venido arraigando en una gran parte de la sociedad vasca. Sobre todo teniendo en cuenta que gran parte de ella considera que el origen de ETA se vincula a las juventudes del PNV -EGI-, de las que salieron quienes posteriormente fundaron la banda terrorista al estimar que el partido nacionalista actuaba sin la necesaria contundencia en la oposición al franquismo por la defensa de la identidad vasca, por lo que podría entenderse que el inicio de ETA es de carácter político en su esencia cognitiva, que el transcurso del tiempo ha dado en calificar el problema terrorista de la banda armada vasca como un conflicto político.
Igualdad entre víctimas de ETA y los GAL
Está claro que, además de lo expuesto hasta este momento, es una realidad incuestionable que tanto la actuación de ETA como la de los GAL produjeron un elevado número de muertos, sin lugar a dudas por parte de la banda terrorista vasca muchos más que por la organización parapolicial puesta en marcha por el Estado. Pero lo que resulta claro, al margen de cualquier otro cuestionamiento sociológico o de carácter político, es que bajo ningún concepto se pueden establecer diferencias entre unas y otras víctimas de las distintas violencias, es decir, entre las de ETA y las de los GAL, porque esencialmente el intenso dolor y el inconmensurable daño que para el resto de la vida se causa a los familiares es idéntico para unos y otros. Es incuestionable que el sufrimiento del ser humano carece de ideologías, bandos o bien tendencias partidarias. Es tan profundo e intenso como el disparo que lo produce. Tan fulminante y expansivo como la explosión que lo genera. Así es el dolor que sienten las personas víctimas del terrorismo, un dolor al que se añaden la incomprensión, porque no hay razones que justifiquen semejante daño; la soledad, porque determinados sectores de la sociedad parecen no querer enfrentarse con la mirada desolada de las víctimas, y hasta en ocasiones la culpa por ser unas de las que sobrevivieron a las acciones criminales.
Las víctimas del terrorismo, en cualquiera de sus formas, han sufrido en persona una agresión dirigida a toda la sociedad. La decisión de la Audiencia Nacional de avalar las tesis del Gobierno y negar que víctimas de los GAL perciban la indemnización debida en cuanto a víctimas del terrorismo, vulnera principios constitucionales como la presunción de inocencia o la separación de poderes. El tratamiento jurídico y político que las autoridades del Estado español brindan a las víctimas de ETA y de la violencia política institucionalizada a través de los GAL es notoriamente peor en el segundo de los casos. Esta discriminación entre víctimas añade un motivo de sufrimiento para quienes se ven relegadas a un segundo plano en las políticas públicas de reparación y reconocimiento.
La discriminación provoca una nueva causa de victimización para quienes integran la segunda categoría de las víctimas. En este caso, las víctimas de los Grupos Antiterroristas de Liberación (GAL) sienten que las instituciones del Estado pretenden esconder su relato de sufrimiento y desamparo y negarles el rol debido en las políticas públicas de memoria y construcción de una paz justa. Así, mientras no se sitúe también a estas víctimas en el centro del espacio público y ciudadano, difícilmente podremos hablar de sociedad pacífica, justa y ordenada. Decisiones como las adoptadas por el Gobierno y la Audiencia en nada contribuyen a este objetivo.
¿Cómo es posible asumir ese dolor, convivir con él y transformarlo en esperanza? Cuando son incapaces de resolver sus duelos, esta situación coloca a los familiares de las víctimas en un estado de gran vulnerabilidad afectiva y emocional.
La comprensión de las víctimas es una de las claves para un proceso de paz verdadera. La sociedad y su representación política no pueden huir de su responsabilidad frente a este colectivo para contribuir a su recuperación en un doble sentido: facilitarles el proceso de curación y permitir que las víctimas aporten sus experiencias en la construcción de una sociedad mejor. La discriminación entre víctimas añade un motivo de sufrimiento para quienes se ven relegadas a un segundo plano en las políticas públicas de reparación y reconocimiento. Todas tienen derecho a ser reparadas, con independencia de las circunstancias que provocaron su victimización. La discriminación provoca una nueva causa de victimización para quienes integran la segunda categoría de las víctimas. Inmersos en esta dinámica de discriminación que durante años se ha venido utilizando para diferenciar a unas víctimas de otras, existen desde hace tiempo distintos ejemplos de personas que han sufrido las consecuencias de la violencia tanto de ETA como de los GAL que vienen dando un claro ejemplo a la sociedad de que no establecen diferencias entre unas y otras. Así, por ejemplo Sara Buesa reclamaba «para todas las víctimas» lo mismo que para ella, «verdad, justicia, memoria, reconocimiento y reparación». La hija de Fernando Buesa, dirigente socialista asesinado por ETA en el año 2000, abrió con estas palabras el seminario que cada año organiza la fundación que lleva el nombre de su padre y de la que es vicepresidenta.
El título de esta XIV edición del seminario, Víctimas: ¿Todas iguales o todas diferentes? Caracterización y respuesta ante un fenómeno complejo, profundiza en una materia que centra el debate sobre la convivencia en Euskadi y que a juicio de Buesa debe abordarse bajo la premisa de que todas las víctimas, «del signo que sean, son iguales» en su sufrimiento y tienen los mismos derechos, que las de ETA no lo son más que las asesinadas por los GAL o que cualquier otra persona que haya visto vulnerados sus derechos fundamentales. Así, según Buesa, «cualquier víctima tiene derecho a acceder a la reparación y ver reconocidos estos derechos» dada su condición de haber sufrido un «trauma». La diferencia entre unas y otras, añadió, está en el «origen», en «las causas» de su victimización, y por ello los «abordajes globales y superficiales, que mezclan diversos hechos históricos, generan confusión, disuelven y desdibujan» la realidad de cada víctima.
Para mí, desde la más objetiva consideración y valoración desde el punto de vista del sufrimiento de las víctimas del terrorismo, indiferentemente de su origen, estas han de unirse a través del sufrimiento, más allá de ideologías y prejuicios. Construir la paz, buscar la resolución política del conflicto, pero también una resolución apoyada en los derechos humanos. Para una gran parte de ciudadanos de Euskadi y de las distintas víctimas, la paz pasa ahora por respetar la legalidad; acercar a prisiones vascas a los presos etarras desvinculados de la banda, entre ellos los enfermos y ancianos; y reconocer la condición de víctimas de ETA, pero también de los GAL y de otras muchas que se consideran dañadas después de décadas de conflicto.
Todas estas reflexiones las hago desde la más estricta serenidad, la objetividad y el sosiego que trasmite el paso del tiempo. Y todo ello después de haber dedicado toda mi vida profesional a la lucha contra el terrorismo de ETA y de haber sido víctima de cinco intentos frustrados de asesinato por parte de la referida banda armada. Ahora es tiempo para la paz definitiva, la convivencia y el perdón.
Ser capaz de perdonar es un regalo para uno mismo. No sólo beneficia a la persona perdonada, sino también a la que perdona. Al no perdonar, la persona dañada está encadenada a la persona que le hizo el daño y, mientras no la perdone, no podrá sustraerse al poder que tienen el ofensor y la ofensa sobre ella. Aun así, se da el caso muy frecuente de que el culpable se niega a ofrecer sus disculpas o a mostrarse responsable del daño. Es importante en estos casos ser muy consciente de que el verdadero acto de perdonar se produce con independencia de que el culpable se excuse.
Por consiguiente, y teniendo en cuenta todas estas reflexiones que nacen de lo más profundo de mi alma, pido perdón por el sufrimiento que haya podido causar y al mismo tiempo perdono sinceramente a quienes intentaron asesinarme en cinco ocasiones.