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La juez asturiana del "caso Pokémon" se mueve con escolta en Lugo por amenazas

Pilar de Lara, que investiga una trama de corrupción con ramificaciones en Asturias, estaría siendo acosada por implicados en otras causas

 Oviedo, José A. ORDÓÑEZ  La juez asturiana de Lugo, la gijonesa Pilar de Lara Cifuentes, encargada de la instrucción del "caso Pokémon", supuesta trama de corrupción política y empresarial con epicentro en Galicia y ramificaciones en Asturias, trabaja bajo acoso y amenazas de personas que estarán relacionadas con la operación "Carioca", una presunta red de proxenetismo y corrupción policial en la capital lucense. Según publicó ayer el diario El País, en un polémico foro de internet denominado "El Rayo Verde", administrado por la Asociación Unificada de la Guardia Civil, un alias "60Folios", que el abogado de la magistrada gijonesa identifica como un agente muy conocido en Lugo y que respondería a las iniciales J. M. B., escribió las siguientes frases relativas de De Lara: "Marioneta, la venganza se sirve en plato frío, no te olvides de ello. Yo no me olvido" o "Penitencia, Marioneta, penitencia, te observo". "Marioneta" era un de los pseudónimos que las juez utilizó para rastrear delitos en la red. 

Como consecuencia de este acoso, De Lara que pasó por los juzgados de Mieres antes de ser destinada a Lugo, se ha visto obligada a variar sus costumbres. Así, por ejemplo, ha dejado el grupo de guitarra al que acudía habitualmente y también ha cambiado de parroquia dominical. Además, se le ha asignado un escolta ante las amenazas que sufre desde el mismo momento en el que envió a prisión, como uno de los cabecillas de "Carioca", al cabo de la guardia civil Armando Lorenzo Torre. Fuentes de los juzgados de Lugo citadas por el mismo diario aseguran que la juez ha llegado a ser seguida desde vehículos oficiales. Y no sólo eso. En 2013, Miguel García Gesto, uno de los imputados en "Pokémon", fue detenido por insultar y amenazas a la asturiana en un lugar público ante varios testigos. 

Pilar de Lara destapó el caso "Pokémon" a raíz de unas escuchas realizadas en el transcurso de la operación "Carioca", en la que investigó una red de proxenetas y propietarios de burdeles que, supuestamente, actuaban en connivencia con integrantes de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado. La magistrada ha tomado declaración a guardias civiles, policías locales, funcionarios, proxenetas y prostitutas. Además, ha imputado al excomisario y el ex teniente coronel jefe de la comandancia de Lugo. 

En "Pokémon", De Lara imputó, entre otros, a Joaquín Fernández, quien fuera vicesecretario general de PP de Asturias, y a Carlos Guerrero, ex alcalde de Pravia y asesor del regidor de Cangas del Narcea, José Luis Fontaniella, cargo al que renunció el pasado mes de marzo. 

La juez gijonesa, una profesional con gran capacidad de trabajo y de extremada discreción, está casada con Roberto Menéndez Mato, integrante del comité ejecutivo del PP de Lugo. En su trayectoria en los juzgados lucenses, además de sus investigaciones en los casos "Pokémon" y "Carioca", la magistrada también ordenó paralizar la construcción de un polémico bloque de viviendas de la ciudad, detuvo a una peligrosa banda de atracadores de bancos y desarticuló una banda de delincuentes que se dedicaba asaltar casas de empresarios y de personas de edad avanzada. Además, lleva el caso del exconselleiro de la Xunta Fernando Blanco, relacionado con la operación "Campeón", que salpicó al exministro José Blanco, e imputó al alcalde de Lugo, José Clemente López Orozco, por un pago a funcionarios y por las oposiciones de la Policía Local. 

Además de Pilar de Lara, también está sufriendo presiones y amenazas otra juez de Lugo, la vallisoletana Estela San José, instructora del "caso Campeón" y de la denominada "trama de las multas". Al igual que la magistrada asturiana, con la que mantiene una estrecha relación de amistad, ha sufrido en los últimos años un reguero de amenazas, insultos, vejaciones y pintadas denigrantes que atentaban contra su vida privada. La juez llegó a sufrir una crisis nerviosa en su despacho, tuvo que recibir asistencia psicológica y precisó de medicación. Detrás del acoso a San José también estaría el agente J. M. B, que llegó a ser denunciado por la juez y que se libró del juicio tras reconocer los hechos. Ahora, está de nuevo imputado por un presunto delito de injurias
TRIUNFO DE LA ABSTENCIÓN

Rafael del Barco Carreras

Barcelona 27-05-2014. Triunfo de la Abstención. En España la Corrupción por fin cala en el electorado y orada a la casta política dominante desde hace 35 años. 

Por de pronto la abstención plantea al PSOE unas primarias, aunque en rueda de prensa Rubalcaba se resiste ante la insistencia de los periodistas sobre “primarias abiertas”, y contesta  liderará el proceso hasta la asamblea general de julio. Deduzco que intentará otro “a dedo”. Rajoy, con mayoría absoluta, y año y medio por delante, ni se va ni le echan. Y en Cataluña, donde ni en sueños se le ocurren unas primarias al Clan Pujol,  la Abstención obliga a los independentistas a gastar toda su munición electoralista. Como en la “cadena humana” del 11-S, con los medios y la Generalitat a toda máquina,  sus subvencionados y a sueldo movilizan el cien por cien de su electorado. La Razón:
Seis de cada diez votantes de PP y PSOE no acudieron a las urnas el 25-M 
Pero mi “lectura” de las elecciones europeas no busca adivinar, ni menos polemizar, la deriva política española ni europea, sino el panorama en Cataluña donde derrotado el PSC y en declive CIU, surja con todo su esplendor “LA GRAN CORRUPCIÓN” que nos ha gobernado hasta la quiebra estos últimos 35 años. Jordi Pujol presidía ayer la junta de CIU que celebraba la “victoria”:
CiU pide a Rajoy que “mueva ficha” tras la victoria ...


Me temo que Rajoy no moverá las fichas que desearía CIU ni mucho menos ERC. Su teoría del “no hacer nada”, y “dejar pasar el tiempo”, para que ellos solos se destrocen, puede ser más acertada de lo que parece. ERC ya sólo elevará su techo electoral hundiendo a CIU, y la puntilla al pujolismo se centra en la Corrupción, o en Suiza y Sudamérica. Pero además cómo me decía ayer y escribí en mi blog, el independentismo se halla en una encrucijada total: 


 “La ultraderecha de Le Pen ha sido la fuerza más votada en Francia”



“Merkel se impone en Alemania con  un 36% de los votos”

Y si Merkel augura poco recorrido al independentismo catalán por desestabilizador del euro y de la deudora España...  en Francia con Le Pen añadida al catalán Manuel Valls... la pared es infranqueable... 

Las vagnerianas tribus "godas" o "carolingias", creadoras de los condados de la "Marca Hispánica", fantásticos ancestros del germanófilo (o pro israelí según convenga) charlatán Jordi Pujol, deberán buscar otros valedores. Quizá los rusos sueñen con el puerto de Barcelona... o Suiza…

Tampoco ha sido una brillante idea recordar a Europa aquellos 1714 y sus dictaduras o monarquías absolutas en continuas guerras, donde el pueblo "catalán", o cualquiera, era carne de cañón, o víctima de hambrunas y peste, y poco más o menos un esclavo.

Y si el panorama admite pocas bromas ante una declaración unilateral de independencia, superan cualquier chiste las bobadas del nuevo líder alcanzando lo escatológico, el absurdo:  
  
Junqueras: 'Podremos ayudar más a España si Cataluña es un Estado'


Nuevos plazos para pasar la ITV


Tenía que ser desde Europa desde donde dieran un tirón de orejas a nuestros legisladores marcando unos nuevos plazos para pasar la ITV. Y no había para menos porque lo que no es de recibo es que el mismo mes en que vence la ITV tengamos que pasar la nueva inspección. Puede que no tenga importancia si el vencimiento cae a lo largo de la primera semana del mes, pero ¿y si la pasamos el 30 de abril por ejemplo? Al año siguiente tendremos que pasarla el mismo día, o antes, porque si nos esperamos al día siguiente ya nos pueden multar. Si encima tenemos en cuenta que el 1 de mayo es festivo y no se puede pasar la ITV, la cosa empeora.

Nuevos plazos para pasar la ITV gracias a Europa
Y hemos de tener claro que esto de la ITV tiene su parte buena y en algo mejora la seguridad, pero en gran medida es un asunto puramente recaudatorio y una manera de echar balones fuera tirando las culpas de accidentes al hecho de no haber pasado la ITV puntualmente. Y no digo que no pueda pasar alguna vez, pero ya me explicarán a mí qué tendrá que ver que el propietario de la retroescavadora contra la que chocó el microbús en el que fallecieron cinco niños no hubiera pasado la última ITV. Al escuchar las noticias parecía que ese y no otro fuera el motivo del accidente, y las cosas no son así. Ocurre lo mismo con las estadísticas de los accidentes cuando el conductor ha tomado alcohol... no por el hecho de haberlo tomado (y menos ahora que se da positivo con muy poco) el accidente tiene que haber sido a causa de ello; es como echarle la culpa al intermitente cuando el accidente ha sido por coger una curva a doscientos por hora. Cada accidente tendría que analizarse por separado y no deberían manipular las estadísticas como lo hacen.
Nuevos plazos para pasar la ITV
Pero bueno, que me voy por las ramas. De lo que trata el post es de que gracias a Europa que les da un tirón de orejas a nuestros dirigentes, podremos respirar tranquilos unas semanas y pasar la ITV en el mes siguiente al del vencimiento. Algo de lo más lógico y que incluso las compañías de seguros suelen hacer con sus pólizas.
Pero lo que más molesta es que tengan que venir de fuera para explicarnos estas cosas.
Ramón Cerdá

Sentencias del Tribunal Supremo y la Audiencia Nacional

ASÍ HAN INTERPRETADOLOS JUECES
LA REFORMA LABORAL



El 12 de febrero de 2012 el Gobierno aprobó la reforma laboral más controvertida de los últimos años. Al día siguiente, el ministro de Economía, Luis de Guindos, aseguró que esa reforma tendría “efectos positivos a medio plazo”. Pero ¿qué pasaría en el corto? La mayoría de los expertos coincidieron entonces en que la reforma abarataba y facilitaba los despidos, sobre todo los colectivos, y daba más poder al empresario y menos a los jueces. ¿Se ha cumplido este análisis? El despacho de abogados Olswang ha recopilado las principales sentencias del Tribunal Supremo y de la Audiencia Nacional, que marcan la interpretación judicial de los aspectos más polémicos de la reforma.

¿Tienen menos poder los jueces?
Una primera sentencia del Tribunal Supremo del 20 de septiembre de 2013 daba la razón a los legisladores del Gobierno, quienes en la exposición de motivos de la ley dejaban claro que los jueces ya no debían exigir la razonabilidad ni la proporcionalidad de las medidas tomadas. Y, por tanto, pasaban a tener menos poder interpretativo. Así dicha sentencia, cuyo ponente fue Aurelio Desdentado, indicó:“no corresponde en el derecho vigente a los órganos jurisdiccionales, al valorar las causas de los despidos económicos, efectuar un juicio de proporcionalidad en el sentido técnico jurídico de la expresión (...) sino un juicio de adecuación más limitado, que compruebe la existencia de la causa o causas alegadas”.

Sin embargo, tras la jubilación de este ponente, el Supremo dijo lo contrario. Fue en un proceso de modificación de condiciones salariales del caso Cortefiel, donde indicó que “tras la reforma laboral, a los tribunales corresponde emitir un juicio no solo sobre la existencia y legalidad de la causa alegada, sino también acerca de la razonable adecuación entre la causa acreditada y la medida propuesta”.
Por su parte, la Audiencia Nacional en su pronunciación ante la impugnación del laudo arbitral en el caso Iberia (sentencia del 28-6-2013) indicó que la justificación de un despido exige, además de acreditar la causa, justificar la pérdida de funcionalidad de ese contrato a extinguir y cómo va a contribuir a hacer frente a la necesidad de la empresa.
En definitiva, según el experto laboralista de Olswang, Daniel Cifuentes, –quien ha elaborado esta recopilación de jurisprudencia– “los jueces siguen teniendo una gran capacidad para valorar la proporcionalidad de las medidas de despido o ajuste”.



¿Es más fácil justificar un despido?

La jurisprudencia conocida hasta ahora parece que así lo indica. Los jueces prácticamente no están analizando los aspectos técnicos de las causas económicas. Así, a pesar de que tras la reforma la ley concreta la definición de lo que se entiende por pérdidas, no hay ninguna sentencia que alegue esta situación concreta. Por el contrario, hay varios pronunciamientos judiciales que avalan despidos por “pérdidas actuales” o “pérdidas y disminución de ingresos en los dos años anteriores”, según sendas sentencias del Supremo. Mientras que la Audiencia aceptó que concurre causa económica por algo tan genérico como “una espiral negativa”. Estos mismos jueces respaldaron despidos producidos para volver a contratar a los despedidos más baratos a través de una subcontrata, como ocurrió en el caso NH (15-7-2013). O que una caída del 40% de las ventas o pérdida de clientes suponen causas productivas u organizativas por sobredimensioamiento de platilla.

Cifuentes resume que aunque a la hora de ver si concurren los motivos alegados “seguimos en parámetros similares a los anteriores a la reforma, los jueces están más abiertos a aceptar las causas”.

Lo más conflictivo
La forma procedimental de diseñar un ERE o negociar unas modificaciones sustanciales de trabajo han sido los aspectos que más sentencias han generado. Y, también los que más anulaciones de despidos han provocado, por ejemplo por no entregar las cuentas del año en curso. En este sentido, los jueces han dictaminado cómo debe ser la comisión negociadora, invalidando la negociación centro por centro o por colectivos. Y ha determinado cómo deben actuar los grupos de empresas. Si bien, según Cifuentes, dentro de las cuestiones procedimentales, las últimas sentencias apuntan a que la próxima pelea de los jueces será la nulidad de los despidos por no existir una clara fijación de los criterios de selección ni antes, ni durante el periodo de consultas, como ocurrió con el pronunciamiento de la Audiencia en el caso Tragsa (1-4-2013). Otras nulidades de despidos no relacionadas con el procedimiento han estado provocadas por haber detectado el Supremo ánimo fraudulento en un ERE previo a una sucesión de empresas; o haber aumentado los afectados por despido en el proceso de consultas tras una huelga de la plantilla (caso Celta Atlántica, TS 20-9-2013).
Modificación sustancial de condiciones
Junto a las facilidades en los despidos, el otro gran cambio legal de la reforma afectó a las facilidades a la hora de modificar las condiciones sustanciales de los trabajadores, sobre todo, los salarios. En este terreno los jueces han dictaminado que estos procesos se pueden realizar a la vez que un despido colectivo. El Supremo ha indicado que un cambio en el plan de incentivos es una modificación sustancial y es nulo si no hay consultas(caso Sanitas, 21-2-2013). También que es posible la reducción de las comisiones por ventas si hay disminución de ventas (caso Cortefiel). O que un cambio normativo referente, por ejemplo al horario de apertura del comercio exige un proceso de modificación del artículo 41 y no se puede hacer unilateralmente por el empresario (caso Carrefour, 13-3-2013).

La ultraactividad: aún sin solución
Es el aspecto que cuenta aún con más incertidumbres. De hecho, hay sentencias contradictorias sobre si una regulación, anterior a la reforma, que permita la vigencia del convenio hasta que no se pacte uno nuevo puede considerarse pacto en contrario a las nuevas limitaciones de la ultraactividad. Tampoco hay casi pronunciamientos sobre qué ocurre si se aplica la ultraactividad y no hay convenio de ámbito superior que aplicar. Si bien, Cifuentes, cree que pronto habrá sentencias que irán en la línea de la del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco que, en ese caso, obliga al empresario a realizar un proceso de modificación de condiciones sustanciales si quiere cambiar las condiciones del convenio.


ROSELL PIDE MÁS CAMBIOS PARA RESTAR PODER A LOS TRIBUNALES
El presidente de la patronal CEOE, Juan Rosell, reclamó ayer “menos leyes, que sean mucho mejores, que duren mucho más tiempo y más simples”. De esta forma respondió tras ser preguntado por la anulación de parte de los despidos de Panrico por parte de la Audiencia Nacional, durante la inauguración del XXIII Congreso de la Federación de Asociaciones de Concesionarios de la Automoción (Faconauto).
En este sentido, insistió en que aún hacen falta “muchas más reformas laborales para adaptar la realidad de las empresas a la legalidad de las leyes” y para “no estar pendientes de lo que dicen los jueces”. Así, el líder patronal consideraba ayer que aún tras los cambios operados en la reforma, la jurisprudencia conocida hasta ahora los jueces siguen valorando la razonabilidad o la proporcionalidad de las medidas. En el caso de Panrico, el tribunal ha aceptado la causa solo parcialmente, respaldando los despidos de 2014 pero no los previstos para 2015 y 2016. “Esto indica que los jueces no van a ser tan flexibles con los ERE abiertos” explicó el abogado de Olswang, Daniel Cifuentes


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