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Pladesemapesga denuncia como principal causa del Naufragio del pesquero Mar de Marín en la Ría de Vigo el fallo de las radiocomunicaciones

El secreto mejor guardado : el encaminamiento de las radiocomunicaciones.

El problema de las comunicaciones inadecuadas en un siniestro, es generalizado y bien reconocido ( OMI/COMSAR )

No existe comunicación oficial sobre la hora de activación de la Alerta de Socorro del pesquero portugués.

No hay referencias sobre la activación de la Radio Baliza.

No hay constancia de la activación del Distress Call de la Llamada Selectiva Digital.

La Dirección General de la Marina Mercante, Sasemar, continúan en un alarmante silencio.

Pladesemapesga, ofrece una guía sobre la minimización y eficacia del Sistema Mundial de Socorro en los siniestros marítimos

El secreto mejor guardado : el encaminamiento de las radiocomunicaciones.

El problema de las comunicaciones inadecuadas en un siniestro, es generalizado y bien reconocido ( OMI/COMSAR )

No existe comunicación oficial sobre la hora de activación de la Alerta de Socorro del pesquero portugués.

No hay referencias sobre la activación de la Radio Baliza.

No hay constancia de la activación del Distress Call de la Llamada Selectiva Digital.

La Dirección General de la Marina Mercante, Sasemar, continuan en un alarmante silencio.

Pladesemapesga, ofrece una guia sobre la minimización y eficacia del Sistema Mundial de Socorro en los siniestros marítimos

GALICIA. SALVAMENTO Y LUCHA CONTRA LA CONTAMINACIÓN

MEJORA DE LOS TIEMPOS DE RESPUESTA    

El Comité de Seguridad Marítima de la OMI ( MSC ), en su 83ª Sesión, del 3 al 12 de octubre de 2007, reconoció la importancia de minimizar los tiempos de respuesta de los medios de Búsqueda y Salvamento, caso de alerta de socorro.

El MSC, dejó constancia de que los Convenios y Reglamentos, facilitan Recomendaciones y Resoluciones para las Alertas de Socorro, mientras que el Manual IAMSAR para la Búsqueda y Salvamento, es una guía de rango inferior.

La Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones ( CMR 07 ) clausurada el pasado 16 de noviembre, demuestra en sus Actas Finales Provisionales, el riesgo que supone para la Seguridad de la Vida Humana en la Mar, la Seguridad Marítima y la Lucha Contra la Contaminación, la errónea metodología aplicada hasta ahora por SASEMAR, caso de incidente o accidente en la mar.

 En su art. 32.26, deja bien claro que  ” las estaciones costeras y las estaciones terrenas costeras apropiadas que reciban alertas de socorro o llamadas de socorro harán que éstas se cursen cuanto antes a un centro de coordinación de salvamento.

Además, el acuse de recibo de un alerta de socorro o una llamada de socorro debe realizarse lo antes posible por una estación costera, o por un centro de coordinación de salvamento a través de una estación costera o de una estación terrena costera apropiada.

También se retransmitirá ( Mayday Relay ) una alerta de socorro o una llamada de socorro costa-barco cuando el método de recepción justifique la radiodifusión de una alerta a la navegación o cuando las circunstancias del incidente indiquen que se necesitan otros auxilios.”

La CMR 07, en su art. 32.9, puntualiza que :

La transmisión de una alerta de socorro o una llamada de socorro indica que una unidad móvil o persona esta amenazada por un peligro grave e inminente y necesita auxilio inmediato.

En su art. 33.11:

El formato de llamada de urgencia y la señal de urgencia indican que la estación que llama tiene que transmitir un mensaje muy urgente relativo a la seguridad de una unidad móvil o de una persona.

Queda entonces, meridianamente claro que, los tiempos de respuesta para una operación de Salvamento o Lucha Contra la Contaminación, se inician cuando un buque en la mar emite una alerta o llamada de socorro, activándose de oficio el Plan Nacional de Salvamento y el Plan Nacional de Contingencias, desde el momento que una Estación Costera le da acuse de recibo emitiendo el preceptivo Mayday Relay.

A partir de la emisión de un Mayday Relay, es decir del Sistema Mundial de Socorro, se ejecutarán las medidas y respuestas necesarias para conseguir la eficacia de los salvamentos y la lucha contra la contaminación.

El problema de las comunicaciones inadecuadas en un siniestro, es generalizado y bien reconocido.

Disponer de un sistema de comunicaciones de último modelo y un volumen de información pertinente sirve de poco si no se sabe quién necesita esta información porque no se entienden las funciones de las otras personas en la red de respuesta, o no se sabe dar prioridad en la transmisión de información.

Es necesario un plan de comunicaciones bueno, claro, positivo y eficaz para garantizar el control y la eficacia.

Para ello se precisa :

1.- Reconocer que, de hecho, se ha producido un siniestro.-

Se han dado casos en que la respuesta se vio retrasada porque las personas involucradas no supieron reconocer, o simplemente no se creyeron, que se trataba de un siniestro.

2.- Tiempo de supervivencia.-

Las personas siniestradas, disponen de un tiempo de supervivencia limitado, debido a la falta de dispositivos salvavidas o al número limitado de éstos, por ejemplo, o a las condiciones en el lugar del siniestro, particularmente en el frio, por lo que su salvamento debe organizarse a tiempo.

3.- Información y falta de información.-

Habrá una gran cantidad de datos que deberán obtenerse, transmitirse, recibirse, asimilarse, evaluarse y sobre los que habrá que adoptar medidas.

Las personas involucradas, tienen que saber qué información requieren y cual no necesitan, para su propia función en la respuesta, cómo obtenerla, cómo asignarle prioridad y evaluarla y qué hacer con ella.

SASEMAR, lejos de ejecutar lo ordenado en el Reglamento de Radiocomunicaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones ( UIT ), ratificado en la Conferencia Mundial de octubre/noviembre de 2007, utiliza y a la vez malinterpreta la metodología OMI, que ya identificó en su Resolución A.887(21), adoptada el 25 de noviembre de 1999, la información que ha de incluirse obligatoriamente en las bases de datos de búsqueda y salvamento.

Los Centros Coordinadores de Salvamento, aprovechando esta información, no instruyen a las Estaciones Costeras para la emisión del preceptivo Mayday Relay, sino que utilizando el nombre, la dirección y el número de teléfono y, cuando proceda, el número de fax de la persona en tierra encargada de las llamadas de urgencia, lejos de minimizar los tiempos de respuesta  para una intervención inmediata, los retardan.

Son las estaciones costeras las encargadas de canalizar todas las comunicaciones que afecten a la seguridad de la vida humana en la mar sin tener que aguardar a que un Centro Coordinador de Salvamento autorice la retransmisión de un MAYDAY que no ofrezca duda, tal y como, por ejemplo, recoge el artículo 5.1.1.1 del Convenio internacional sobre Búsqueda y Salvamento Marítimos (SAR), Hamburgo 1979, así como el 3126 del Reglamento de Radiocomunicaciones, que otorga preeminencia a la estación costera a la hora de emitir el acuse de recibo a un mensaje de socorro.

Dos horas y media se perdieron en el naufragio del Siempre Casina porque la alerta de socorro de la radiobaliza fue considerada como una falsa alarma.

Lo demostró, la llamada al teléfono móvil del armador.

Dos horas y media, en las que pudieron haber intervenido cualquiera de los barcos en la zona si el Mayday Relay se hubiera emitido antes y los barcos estuvieran a la escucha del Canal 16 de VHF.

En el naufragio del pesquero Nuevo Pepita Aurora, naufragado hace tres meses en aguas del Estrecho de Gibraltar con un trágico balance de 5 muertos y 3 desaparecidos, se desconoce la hora oficial del naufragio y la hora de activación del alerta de socorro de la Radio Baliza, a pesar de que la Radio Costera de Tarifa, comunicó la llamada de socorro retransmitida de los pesqueros Benamahoma y Moby Dick, en tiempo y forma.

El Centro de Coordinación de Salvamento  de Tarifa, no sólo no instruyó a la Radio Costera de Tarifa Radio para la emisión del preceptivo Mayday Relay para – requerir la asistencia inmediata de todos los buques en la mar – sino también alteraron el rango de los comunicaciones al instruir al CCR de Tarifa ( Radio Costera ) para la emisión de un mensaje de urgencia PAN PAN, que alertara a los buques, caso de un posible avistamiento de restos del naufragio o de los náufragos.

El mensaje PAN PAN ( Urgencia ), fue emitido por primera vez a las 144OUTC, es decir, 2 horas y 3 minutos después del Mayday Relay de los pesqueros Benamahoma y Moby Dick.

Todo ello no se ajusta a lo establecido en el Reglamento de Radiocomunicaciones, ni es  lo más correcto verificar, evaluar y

coordinar, antes que emitir el preceptivo Mayday Relay.

Las autoridades marítimas españolas hacen caso omiso a la

obligación internacional de comprobar, verificar y actualizar la

Base de Datos del Sistema MARS.

Este dispositivo, así lo repite desde 1998 la Unión Internacional de Telecomunicaciones (ITU/UIT), está concebido fundamentalmente como soporte del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítimos (SMSSM ), cuyo objetivo es que las autoridades de búsqueda y salvamento en tierra, así como los buques que se encuentran en las inmediaciones de otros barcos en peligro, sean alertadas rápidamente para que puedan intervenir.

Resulta sorprendente que la Dirección General de la Marina Mercante, alerte a los buques a que desechen la utilización de la telefonía celular y permita a SASEMAR su utilización para  verificar las alertas de socorro de los buques en la mar.

El pasado día 15 de noviembre, la Dirección General de la Marina Mercante, presentaba en A Coruña, la Campaña Nacional de Difusión del Reglamento de Radiocomunicaciones y Sistema Mundial de Socorro ( RD 1185/2006, de 16 de octubre ).

En este importante acto, se presentó el Reglamento de Radiocomunicaciones como – la tutela – de  la Seguridad Marítima y la Seguridad de la Vida Humana en la Mar, permitiendo además a los responsables de las radiocomunicaciones en la mar y en tierra, identificar los cambios efectuados por la Unión Internacional de Telecomunicaciones y la Organización Marítima Internacional con

respecto a nuevos procedimientos operacionales de los sistemas y subsistemas en los equipos y técnicas empleadas en el sistema mundial de socorro y seguridad marítima desde su implementación a la fecha, aplicando estos cambios en las comunicaciones que puedan afectar a la seguridad de los buques en situaciones de emergencias.

Uno de los objetivos de esta Campaña es identificar todo lo concerniente a la situación actual del Sistema Mundial de Socorro y sus aplicaciones.

En España, el RD 1185/2006, de 16 de octubre, regula las radiocomunicaciones de  la Marina Civil, compuesta por las marinas mercante, de pesca y de recreo.

Tras una largo período de implementación del Sistema Mundial de Socorro y con la regulación de las radiocomunicaciones de los tres segmentos que conforman la Marina Civil en España, la Dirección General de la Marina Mercante, siguiendo las recomendaciones de la Organización Marítima Internacional (OMI) elaboró unos Criterios de Alta Prioridad para que a través del Reglamento de Radiocomunicaciones, se garanticen los tiempos de respuesta de los medios de salvamento desde tierra y en la mar.

Por ello es de vital importancia el conocimiento y aplicación de la Disposición Transitoria Segunda del citado Reglamento de Radiocomunicaciones, donde se contempla la obligatoriedad de la escucha continúa del Canal 16 de VHF.

Sin esta escucha en la mar, el Sistema Mundial de Socorro, carecerá de eficacia.

Con la instalación a bordo de equipo radioeléctrico del SMSSM, las falsas alertas de socorro se han convertido en un gran problema para el funcionamiento eficiente de los servicios de búsqueda y salvamento, lo que puede tener repercusiones potencialmente graves en situaciones reales de socorro que afectan a la seguridad de la vida en la mar y a la lucha contra la contaminación.

Puesto que el problema se mantiene en niveles muy altos, se decidió compilar datos sobre las causas de las falsas alertas.

Distintos informes de los Subcomités de Radiocomunicaciones, Búsqueda y Salvamento (COMSAR) de la OMI, demuestran y alertan de que las estadísticas procedentes de los Centros Coordinadores de Salvamento Marítimo (MRCC) de todo el mundo, suponen el 95/98% de falsas alertas procedentes de Radiobalizas, Llamada Selectiva Digital e Inmarsat,  lo que se debe principalmente a la falta de conocimiento de los Convenios, Códigos y Reglas pertinentes por parte de los responsables de los Certificados de Operador SMSSM.

En los próximos años se producirá un gran incremento del número de nuevos usuarios del SMSSM a medida que los buques no regidos por el Convenio SOLAS y las embarcaciones de recreo empiezan a utilizar el SMSSM, en consecuencia, se incrementarán también a bordo de los buques, los equipos adaptados al SMSSM.

Basándonos en la experiencia adquirida durante el período de implantación del SMSSM, es de esperar que se sigan produciendo muchas falsas alertas e interferencias, lo que perjudicará la eficacia del SMSSM.

La supervisión de la eficacia general del sistema y de las posibles anomalías tiene, por consiguiente, una importancia vital.

Si los orígenes de las falsas alertas fueran analizadas separadamente, ayudaría a identificar sus causas reales, particularmente aquellas transmitidas por las Radio Balizas e INMARSAT-C, instaladas a bordo de miles de naves no-SOLAS.

Una de las principales razones que causan las Falsas Alertas, es el uso inapropiado del equipamiento del SMSSM por operadores sin entrenamiento.

El Subcomité STW 37/2006 (Titulación, Formación y Guardias para Gente de la Mar)  reconoció recientemente la carencia de capacitación de los Operadores del SMSSM y que la solución a largo plazo de este problema podría lograrse mediante la normalización del equipo y de los procedimientos de funcionamiento.

En este contexto, el STW 37/2006 ( Subcomité de Formación, Titulación y Guardias para Gente de la Mar ), acordó pedir al Subcomité de Radiocomunicaciones, Búsqueda y Salvamento (COMSAR 10), que incluyera este aspecto en la declaración de coordinación de la OMI en la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones de la UIT 2007  (CMR 2007) clausurada el 16 de noviembre pasado en Ginebra.

Como solución inmediata, el Subcomité STW/2006, preparó una circular para el Comité de Seguridad Marítima (MSC) para promover y verificar la familiarización continuada de los operadores del SMSSM a bordo de los buques e invitó al Comité de Seguridad Marítima (MSC) a que lo aprobara.

La Campaña de Difusión, pretende mostrar importantes aspectos prácticos del SMSSM que siendo eficientemente operados, mejorarán significativamente las radiocomunicaciones de socorro y seguridad, búsqueda y rescate y así, la seguridad de la vida humana en la mar.

El Subcomité de Radiocomunicaciones, Búsqueda y Salvamento (COMSAR 6/2002) y el Comité de Seguridad Marítima (MSC/75/2002) instaban a los Estados Miembros al uso con carácter voluntario de las guías o cuestionarios para prevenir falsas alertas.

El Master Plan 2007 del Sistema Mundial de Socorro, demuestra que muchos países no actualizan “en tiempo y forma” las bases de datos sobre los buques del sistema MARS (Sistema de acceso y recuperación del servicio móvil marítimo).

En esas fichas constan las características básicas de los barcos que cruzan aguas españolas, así como los sistemas de seguridad con que cuentan, además de los detalles de la infraestructura costera y los servicios proporcionados por los Estados Miembros.

La propia Unión Internacional de Telecomunicaciones, en cuya página web se pueden consultar los datos de los buques, alerta de la necesidad de acometer esas actualizaciones, aspecto al que obliga en su Resolución 340.

Las razones no son otras que evitar el gran número de falsas alarmas que ha provocado el Sistema Mundial de Socorro desde su implantación en 1999.

La última versión del “GMDSS/SMSSM Master Plan 2007 “ demuestra que muchos países no dan cobertura en áreas marítimas A1 y A2 que deberían estar disponibles desde 1999.  Ejemplo próximo de ello es Portugal, que a día de hoy no tiene implementado el SMSSM.


Todo ello deja bien claro que la implementación del SMSSM no es una tarea fácil y la OMI no puede llevarla a cabo por sí sola.

El Sistema Mundial del Socorro debe ser ejecutado totalmente por sus Estados Miembros.

Por todo ello, debemos destacarlo, la Dirección General de la Marina Mercante, siguiendo las recomendaciones de los distintos Subcomités de Radiocomunicaciones, Búsqueda y Salvamento y de los Comités de Seguridad Marítima de la Organización Marítima Internacional ( OMI ), ha establecido diferentes Criterios de Alta Prioridad, que pretende divulgar y llevar a efecto en esta Campaña de Difusión iniciada en Galicia y que culminará en 2009.

CRITERIOS DE ALTA PRIORIDAD

1.- Se compilarán datos sobre falsas alertas utilizando los cuestionarios que con carácter voluntario recomienda la Organización Marítima Internacional ( OMI ).

2.-  El análisis de estos datos servirá de base para la aplicación de medidas correctoras.

3.-  Se supervisará la eficacia general del sistema mundial de socorro en España y de sus posibles anomalías.

 4.-  Se promoverá y verificará la familiarización de los operadores del Sistema Mundial de Socorro a bordo de los buques, en los Centros Coordinadores de Salvamento y en los Centros de Radiocomunicaciones Marítimas (Estaciones costeras).

5.- Se aplicarán las conclusiones del anexo a la resolución 343 de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones (CMR 97) donde se contempla el programa de estudios para obtener el certificado de operador de radiocomunicaciones necesario para los buques que utilizan frecuencias y técnicas del sistema mundial de socorro con carácter no obligatorio.

6.- Se planteará la elaboración de un plan sectorial e integral de radiocomunicaciones para embarcaciones menores y de rías y caladeros nacionales e internacionales con el fin de garantizar la seguridad de la vida humana en la mar.

7.-  Se impulsará la colaboración entre las autoridades españolas y portuguesas para la implementación del Sistema Mundial de Socorro en sus zonas de cobertura.

8.- Actualización de la base de datos del Sistema Mundial de Socorro de los buques mercantes, pesqueros y de recreo en el Sistema MARS.

La implementación del SMSSM no es una tarea fácil y la OMI es consciente de que  no puede llevarla a cabo por sí sola.

El recientemente firmado Plan Nacional de Salvamento 2006-2009 contempla la mejora de los tiempos de respuesta de los medios de salvamento y la formación del personal que gestiona los siniestros marítimos.

De nada vale que se incrementen las unidades marítimas y aéreas de Salvamento y lucha Contra la Contaminación, si persiste :

1. El carácter prioritario que continúa dándose a la respuesta desde tierra.

2. El desprecio a la respuesta desde la mar.

3. El error de concepto de los Centros Coordinadores de Salvamento en cuanto a la aplicación del Reglamento de Radiocomunicaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT).

4. El incumplimiento sistemático del Protocolo de Telefónica-DGMM-SASEMAR, que está generando no pocos problemas para la emisión inmediata de los preceptivos Mayday Relay, contraviniendo incluso lo prescrito en normas internacionales.

El Epígrafe XII del Dictamen de la Subcomisión del Prestige del Congreso de los Diputados, recoge en uno de sus puntos, dar cumplimiento a lo dispuesto por el Subcomité de Radiocomunicaciones, Búsqueda y Rescate de la OMI  ( COMSAR 10 ) y realizar un plan común de formación para los que planifican, para los centros de control, para los coordinadores de salvamento y para quienes participan en la búsqueda y rescate, incluyendo a las Radio Costeras, así como potenciar la formación y el entrenamiento, incrementando los niveles de conocimiento, experiencia y especialización de todas las personas implicadas en la prevención y lucha contra la contaminación.

La formación, es evidente, debe ser contínua para la actualización y repaso de la nueva normativa internacional 

SASEMAR, adolece actualmente, de falta formación y entrenamiento en materia de radiocomunicaciones 

NOTA

En la actualidad, año 2014, el Sistema Mundial de Socorro, lo gestiona Abertis Retevisión en lugar de Telefónica.

Antón Salgado Clavo. 981 666 333 solo para medios de comunicación

Hola somos Hacienda y nos pasamos el Estado de Derecho por donde amargan los pepinos

domiciliaciones impuestos primer trimestre


Lo peor que le puede pasar a un Estado democrático es que sus propias instituciones se pasen el Estado de Derecho allá por donde amargan los pepinos. Si observáis la captura que adjunto al post, la web de la AEAT lanza un aviso para navegantes que dice que los plazos de domiciliación del mes de abril se cierran el 14 de abril. Ni una sola explicación más, ni una sola aclaración.


El plazo de domiciliación de impuestos está regulado por una Orden Ministerial, concretamente la Orden EHA/1658/2009, de 12 de junio, que regula los plazos de domiciliación, tributos y demás cuestiones relativas a este procedimiento. La última vez que se modificó esta orden fue en noviembre de 2013 y fija claramente cómo el plazo tope de domiciliación para el primer trimestre finaliza el 15 de abril. Por tanto, a la AEAT y a Cristóbal Montoro, se les sigue viendo el plumero con su “calidad democrática” y respeto por el Estado de Derecho, puesto que este cambio unilateral va en perjuicio del contribuyente y no está apoyado sobre la correspondiente Orden Ministerial publicada en el BOE.

Podéis pensar que esto es una mera pataleta mía y un mero formalismo legal, pero concretamente, para este primer trimestre se conjuran varios factores que a muchas asesorías y empresas, las va a colocar contra las cuerdas. El primer factor es la obligatoriedad de presentar de manera telemática los impuestos para todos, no solo las sociedade limitadas. La inmensa mayoria no están capacitados para autoconfeccionarse de manera telemática sus impuestos, puesto que requiere firma electrónica. Aquí oiremos los lamentos cuando comiencen a sancionar y los bancos no cojan las declaraciones trimestrales en papel puesto que la forma rápida y “fácil” para todos, es domiciliar el impuesto y no anexar el NRC en el mismo.

La segunda y peor todavía es que coincide el cierre del trimestre con las vacaciones de Semana Santa, con horarios reducidos para las entidades financieras, un par de días festivos en la recta final y adelantar el plazo de domiciliación implica tener que sacar los NRCs (pago del impuesto) bien por la banca electrónica o bien, de manera presencial en las oficinas desde el 15 de abril en adelante.
Tengo una curiosidad importante por saber a qué razón y criterio lógico y fantástico se debe la eliminación del día 15 de abril para la domiciliación de los impuestos y tengo aún más curiosidad por saber si alguna asociación sectorial, colectivo empresarial o de autónomos, se dignará en decirle al ministro que es un cacique que ya se salta el BOE hasta para lo más evidente. Supongo que “el defectillo” de saltarse el BOE lo solventará en esta semana y modificará la orden ministerial de domiciliación, pero está claro que este Gobierno no piensa nunca en las consecuencias de sus actos.

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