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Facebook, Twitter… y Hacienda

Ya lo he dicho más de una vez... cuidado con lo que se publica en Facebook, Twitter y otras redes sociales, y no hablo de la foto del cumpleaños en calzoncillos, sino de publicaciones o anuncios que evidencien que desarrollamos una actividad no declarada. A veces son anuncios inocentes que apenas sirven para nada pero que a Hacienda le bastarán para presuponer que nos estamos forrando a su costa. No importará que los ingresos sean ridículos, entre otras cosas porque al ser economía sumergida nadie podrá saber con certeza lo que se ha facturado. Así que insisto... cuidado. Tal vez se te ocurra poner un inocente anuncio diciendo que haces chapuzas a domicilio y antes de que te llame ningún posible cliente, puede que ya tengas la inspección encima. A ver cómo justificas que no has tenido ingresos.
#facebook, twitter
Hacienda vigilará de cerca las redes sociales: Facebook, Twitter...

Facebook, Twitter: ¿Por qué vuelvo a insistir sobre este tema?

Porque ya es oficial que Hacienda va a revisar con mucho detenimiento las cuentas de Facebook, Twitter y otras redes sociales, y analizará cualquier anuncio o cualquier indicio que pueda ser una pista válida para descubrir focos de economía sumergida.
Por lo visto no se limitará a las redes sociales; también visitará las páginas webs de las empresas y valorará su facturación en función de las visitas («se contrastarán las visitas que tienen y los ingresos que declaran»), algo que, sinceramente, no parece tener mucho sentido a priori, aunque por lo visto esta afirmación se refiere solo a las empresas que tienen ingresos por publicidad.
Lo de controlar el tráfico de internet es una de las novedades incluidas en el Plan Anual de Control Tributario presentado por la Agencia Tributaria... ¿qué buscarán? Prácticamente cualquier cosa, pero ante todo irán a por lo más evidente: anuncios de reparaciones y servicios a domicilio, fontanería, electricidad, peluquería... Según Santiago Menéndez, director de la Agencia Tributaria: «Hay mucha información ahí fuera con relevancia tributaria» que permite detectar «economía sumergida».
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Las tres líneas de actuación contra las empresas digitales serán las siguientes:
·         a) Información disponible en internet que permita descubrir actividades ocultas.
·         b) Actuaciones de control sobre las personas físicas o entidades titulares de páginas web receptoras de publicidad.

·         c) Control sobre fabricantes o prestadores de servicios que comercialicen sus bienes o servicios a través de internet para garantizar la adecuada tributación en España.

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